Fide y la Fundación Garrigues presentan las recomendaciones para el uso correcto del análisis de ADN en las investigaciones penales

Publicado el miércoles, 20 marzo 2019
Antonio Alonso, Antonio Garrigues, Lourdes Prieto, Ángel Carracedo y Cristina Jiménez

Antonio Alonso, Antonio Garrigues, Lourdes Prieto, Ángel Carracedo y Cristina Jiménez

La Fundación para la investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE) y la Fundación Garrigues presentaron hoy en Madrid el documento: “Recomendaciones para el uso correcto del análisis de ADN con finalidades forenses”.

Intervino al inicio del acto Cristina Jiménez Savurido, Presidente de Fide, quien presentó el Grupo de Trabajo, constituido por ambas Fundaciones, y destacó la rigurosa labor de análisis y reflexión realizada. El trabajo de este grupo se enmarca dentro de los trabajos de análisis e investigación que realiza la Comisión Ciencia y Derecho*.

El objetivo primordial con el que se convocó este Grupo de Trabajo, desde la sociedad civil, fue elaborar una serie de recomendaciones para el uso correcto del análisis de ADN con finalidades forenses, planteando el valor de las pruebas forenses y el límite de su uso. Para ello, el grupo se reunió en enero y junio de 2018, en dos intensas sesiones de trabajo.

El documento presentado reúne las principales conclusiones adoptadas por el Grupo de Trabajo. Entre ellas, destacan cuestiones como que se estima proporcional el uso del ADN forense para fines de identificación en casos penales y que se aconseja el desarrollo de estándares de buenas prácticas en la gestión de las bases de datos de ADN. Se plantea, además, la necesidad de que profesionales del mundo del derecho, y en especial jueces y fiscales, sean instruidos para un correcto entendimiento del concepto de cociente de verosimilitud. El documento también aborda la posibilidad de detectar en la escena del crimen perfiles de ADN de personas que no han tenido nada que ver con el delito, cuestión que debe ser tenida en cuenta en la valoración de la prueba. En este sentido, se considera exigible el desarrollo de bases de datos de eliminación de los perfiles de ADN de todos aquellos profesionales implicados en la toma de muestras y en cualquier paso de la investigación. Respecto a las nuevas técnicas de secuenciación masiva y los nuevos marcadores de ADN que aportan información biométrica sobre la apariencia física, se recomienda una reforma legal en muchos países europeos, incluido España. Por último, se recomienda dotar a la genética forense de los medios técnicos, humanos y económicos necesarios para poder llevar a cabo proyectos de investigación relacionados con la Administración de justicia.

El Grupo de Trabajo ha sido dirigido por: Ángel Carracedo, Catedrático de Medicina Legal, Instituto de Ciencias Forenses, Universidad de Santiago de Compostela; Antonio Alonso Alonso, Facultativo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y Vocal y Secretario de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN y Lourdes Prieto; Investigadora colaboradora, Instituto de Ciencias Forenses, Universidad de Santiago de Compostela, quienes intervinieron en la sesión presentando las recomendaciones propuestas por el grupo y aportando información sobre las cuestiones planteadas en el debate.

Tras un análisis detallado de cada uno de estos 7 grandes temas, el grupo propone 8 recomendaciones:

ADN y ciencias forenses:

1ª Recomendación: La tecnología de ADN forense es completamente válida y eficaz, pero la información que se deriva del análisis no es absolutamente neutral en términos de información relacionada con la salud o condiciones del individuo.

Habría que desterrar de la legislación y de la doctrina la idea errónea de que el ADN no codificante no es informativo en términos de información adicional a la meramente identificativa en algunos casos (trisomías, ligamiento de variantes a enfermedades, etc).

En todo caso, se estima proporcional el uso a los fines de identificación en casos penales, del ADN forense, aunque pudiera proporcionar cierta información sensible del sujeto.

Los perfiles STRs y las bases de datos de ADN:

2ª Recomendación: El creciente intercambio internacional de perfiles de ADN entre países con diversas legislaciones, así como la expansión en el número de regiones de ADN analizables en el futuro, hace aconsejable el desarrollo de estándares de buenas prácticas en la gestión de las bases de datos de ADN forense que aseguren: el derecho a la protección de la información genética y a las medidas de seguridad y acceso de acuerdo con la normativa europea de protección de datos, los derechos de cancelación de perfiles de ADN de inocentes, absoluciones y situaciones similares (Sentencia Marper del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y reciente sentencia  también del TEDH en contra de la base de datos de ADN Francesa con tiempos fijos de cancelación de 40 años), se salvaguarde el derecho de apelación, se minimice el potencial de riesgo “racial” o étnico y se realice una gestión transparente de las bases de datos de ADN con publicación de memorias públicas.

Los cocientes de verosimilitud:

3ª Recomendación: El uso de cocientes de verosimilitud se ha convertido en el estándar de valoración de la prueba de ADN y está admitido por todos los laboratorios y los tribunales, ya que permite interpretar de forma equilibrada (y neutral) la probabilidad de encontrar un perfil genético (completo o parcial, individual o mezclado) bajo las distintas hipótesis que puedan plantearse en el proceso judicial (por la fiscalía/acusación y la defensa, fundamentalmente). Su uso en la interpretación de otras pruebas y análisis forenses es también aconsejable.

4ª Recomendación: La comprensión del concepto de cociente de verosimilitud e integración del valor de la prueba de ADN con otras pruebas no es intuitiva y exige un aprendizaje y entrenamiento. Los peritos forenses deben de ser entrenados en su correcto cálculo y comunicación y, por otra parte, los profesionales del mundo del derecho y en especial jueces y fiscales, así como los investigadores policiales, deben de ser instruidos en su correcto entendimiento, en evitar sesgos en la interpretación (como las conocidas como falacia del fiscal y de la defensa, o la confusión entre la tasa de error de la prueba y el LR) y en la correcta integración del valor de la prueba genética con otras pruebas que no pueden ser cuantificadas de forma tan exacta.

El ADN de fondo y las transferencias primarias y secundarias de ADN:

5ª Recomendación: La prueba del ADN nos indica con una alta probabilidad la procedencia individual del indicio, pero en general no nos dice nada de cómo o cuándo llegó el indicio a la escena del crimen. La posibilidad de detectar en la escena del crimen perfiles de ADN de personas que no han tenido nada que ver con el delito (“ADN de fondo”), debe tenerse en cuenta en la valoración de la prueba en especial en aquellos perfiles de ADN obtenidos de indicios biológicos que puedan transferirse fácilmente (por contacto, aerosoles…) o cuya naturaleza celular no haya podido establecerse en el análisis forense. En otras palabras, la identificación mediante ADN en estos casos no tiene por qué ser un signo de culpabilidad. La valoración de la prueba del ADN debe de realizarse, por lo tanto, en el contexto del caso y en relación con el conjunto de otras pruebas forenses si las hubiere. Así mismo, cuando las personas investigadas han tenido acceso previo a la escena del delito, se debe de valorar la posibilidad de que la presencia de su perfil de ADN en la escena del crimen pueda explicarse por una transferencia “inocente”.

La contaminación de ADN:

6ª Recomendación: Las medidas para monitorizar la contaminación de ADN en los laboratorios de genética forense cobran especial importancia al comprobarse que es prácticamente imposible reducir a cero la probabilidad de contaminación de ADN en un laboratorio forense. Entre estas medidas es exigible el desarrollo de bases de datos de eliminación lo más extensas posibles, es decir que no solo contengan los perfiles de los peritos de ADN de los laboratorios, sino también los perfiles de ADN de todos aquellos profesionales implicados en la toma de muestras y en cualquier paso de la investigación. Así mismo los laboratorios deben de ser conscientes de esta posibilidad y en caso de producirse, averiguar sus causas y aplicar las medidas correctivas pertinentes. Asimismo los laboratorios deben de tratar de establecer cuál es su tasa de contaminación de ADN anual.

La implementación de las nuevas técnicas de secuenciación masiva y los nuevos marcadores de ADN:

7ª Recomendación: La aplicación de la nueva tecnología de secuenciación masiva y los nuevos marcadores de ADN, muchos de ellos localizados en genes, que aportan información biométrica sobre nuestra apariencia, requerirá una reforma en el sistema de muchos países europeos incluido 4 España cuya normativa está basada expresamente en el estudio de regiones repetitivas de ADN (STR) no codificantes.

La investigación en ciencias forenses:

8ª Recomendación: Se recomienda dotar a la medicina forense, y a la genética forense en particular, de los medios técnicos, humanos y económicos necesarios para poder llevar a cabo proyectos de investigación relacionados con la Administración de justicia.

Estas recomendaciones son fruto de las aportaciones e intervenciones de todos los participantes en el Grupo, que, si bien lógicamente no representan la opinión unánime del grupo, sí reflejan las cuestiones en las que se ha centrado el debate y la reflexión colectiva.

 

Han participado en este trabajo de reflexión y debate colectivo: José Andradas Herranz, Funcionario Facultativo del Cuerpo Nacional de Policía, Administrador Base de Datos ADN; Jesús Agudo Ordoñez, Director, Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Departamento de Madrid; Amaya Arnaiz Serrano, Profesora titular Interina, Universidad Carlos III de Madrid. Investigadora, Instituto Alonso Martínez de Justicia y Litigación; Gemma Barroso Villareal, Comisaria de Policía Nacional, Jefa de la Unidad Central de Análisis Científicos de la Comisaría General de Policía Científica; María Jesús Buitrago de Benito, Médico Forense Asesora de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia; Rosario Cospedal García, Directora General, GENOMICA

S.A.U., Grupo Pharma Mar; Jesús de la Morena Olías, Director, Fundación Garrigues; Antonio del Moral García, Magistrado, Tribunal Supremo; Juan Manuel Fernández Martinez, Vocal del Consejo General del Poder Judicial; José Miguel García Sagredo, Académico de Número, Real Academia Nacional de Medicina. Profesor Honorífico,

Universidad de Alcalá de Henares; Amaya Gorostiza Langa, Gerente, Laboratorio de Identificación Genética

GENOMICA S.A.U., Grupo Pharma Mar; Eusebio López Reyes, Inspector de Policía Nacional, responsable de la 5 Base de Datos de ADN de la Comisaría General de Policía Científica; José Juan Lucena Molina, Coronel de la Guardia Civil. Director, Escuela de Especialización de la Guardia Civil; Víctor Moreno Catena, Director Del IAMJL. Catedrático de Derecho Procesal, Universidad Carlos III de Madrid. Abogado. Presidente, UEAP; Mª Dolores Moreno Raymundo, Médico Forense asesor en el Ministerio de Justicia; Jaime Moreno Verdejo, Fiscal de Sala, Tribunal Supremo; Luis Rodríguez Ramos, Catedrático de Derecho Penal y Abogado y Ágata María Sanz Hermida, Profesora titular de Derecho Procesal, Universidad de Castilla la Mancha.

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