Hacia la definitiva uberización de la actividad económica

Publicado el martes, 26 marzo 2019

Esther Comas, abogada laboralista de Colectivo Ronda.

El punto y final a la huelga que durante 16 días mantuvo en Madrid el sector del taxi no supuso en absoluto que se bajase el telón sobre un conflicto que sigue enquistado y huérfano de verdaderas soluciones. Al menos resulta evidente que no será a través de la prometida e inminente modificación del Reglamento del Taxi como se apagará un malestar que solo puede aliviarse enfrentando el verdadero problema: cómo diferenciar las características del servicio prestado por empresas como Uber y Cabify respecto a los habituales usos del taxi, evitando solapamientos y prácticas susceptibles de poder encuadrarse con naturalidad en la definición de competencia desleal.

A pesar de los ríos de tinta y desinformación vertidos sobre el tema, lo cierto es que la raíz del conflicto es sencilla de explicar en su planteamiento. Las licencias VTC -expedidas en un número que supera con mucho la proporción de una licencia VTC por cada 30 licencias de taxi que establece la legislación y la doctrina firme del Supremo- autorizan a prestar un servicio de transporte de viajeros diferente al de los taxis. Y esta diferencia se concreta, básicamente, en una exigencia esencial: la obligación de pre-contratar el servicio y la prohibición de tomar pasaje en la calle o a través de puntos preestablecidos de recogida análogas a las tradicionales paradas del taxi.

Cuando Cabify o Uber claman contra la voluntad de reglamentar estos aspectos intrínsecos a la naturaleza de su propia actividad económica, lo que están haciendo es, sencillamente, exigiendo que se cambien sobre la marcha y a su favor las reglas del juego que ellos han querido jugar. Una postura evidentemente censurable pero que, además, se torna inmoral cuando se toman como rehenes y moneda de cambio a los miles de trabajadores que operan diariamente estas licencias, tal y como ambas multinacionales han hecho en Barcelona amenazando con una destrucción masiva de ocupación y responsabilizando de ello a la supuesta intransigencia del taxi. Si antes hablábamos de encajar en la definición de “competencia desleal”, ahora podríamos hacer lo propio pero con la definición de “chantaje”.

Esther Comas, abogada laboralista de Colectivo Ronda

Las empresas VTC han impuesto a sus trabajadores la condición de peones sacrificables cuya suerte laboral está supeditada al interés de Uber y Cabify por conseguir una regulación a medida que suponga la liberalización cuasi absoluta de su actividad, permitiéndoles ofrecer un servicio equiparable al del taxi pero sin ninguna de las cortapisas y limitaciones -tarifas fijas, días de inactividad obligada, uso regulado de paradas…- que actúan sobre éste.

Y ya de paso, consiguiendo tender una densa cortina de humo que desvíe la atención respecto a las condiciones laborales impuestas a sus conductores y que en algunos casos incluyen largas jornadas de 12 horas de disponibilidad para atender servicios o la obligación de hacerse cargo de multas y reparaciones que afecten a los vehículos de la empresa o la imposición de sanciones pecuniarias por no alcanzar las expectativas de la empresa. Por no hablar de otros incumplimientos de las disposiciones del convenio colectivo de empresas de autotaxi y alquiler de vehículos con conductor que resulta de aplicación. No en vano -y convendría no olvidarlo con facilidad- hace ya unos años se dio en llamar “uberización de la economía” al principio de desregulación acelerada y pérdida de derechos en el marco de las relaciones laborales.

Difícilmente Madrid podrá mantener la postura actual de mirar hacia otro lado frente a la obligación de establecer una verdadera regulación a las empresas VTC para evitar posibles abusos. Al fin y al cabo, en la práctica totalidad de países y ciudades donde operan estas empresas se han impuesto medidas hasta cierto punto coincidentes con las establecidas por el gobierno de la Generalitat. Siendo así, no es aceptable que Uber y Cabify puedan pretender extinguir miles de contratos de trabajo con la excusa de no ser asumible aquí medidas con las que transigen y se adaptan en otros muchos sitios.

Nuestro ordenamiento jurídico exige que los despidos colectivos han de tener justificación y proporcionalidad y corresponde a las empresas demostrar que la necesidad de imponer extinciones contractuales tiene una causa técnica, organizativa, económica o de producción. Despedir no puede ser una cruel estratagema para conseguir regulaciones a medida y un viento que sople permanentemente a favor de estas multinacionales. Y harían bien las autoridades en recordarlo en lugar de agachar la cabeza y avivar el fuego del conflicto que enfrenta a los trabajadores del taxi con los trabajadores de las VTC, donde los perdedores están destinados a ser todos ellos en su conjunto y los ganadores, si no ponemos remedio, las grandes empresas y sus enormes beneficios.

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