Juan Gonzalo Ospina consigue la absolución de dos trabajadores de una empresa de transporte, despedidos e investigados por un presunto delito de hurto por un valor superior a 500.000€.
Los hechos tuvieron lugar a finales de agosto de 2016, cuando la empresa encargada del almacenaje de las piezas de vehículos denunció a la empresa transportista la falta de varios de los palés que se encontraban al recaudo de dos almacenes. Una vez se revisaron las cámaras, los dueños concluyeron que dos de los conductores, responsables del transporte del material entre los almacenes, situados en Torrejón de Ardoz, habían sido los responsables del robo y la reventa de las piezas sustraídas en distintas chatarrerías cercanas.
Sin embargo, la defensa ejercida por Juan Gonzalo Ospina, socio del despacho penalista especialista en robos y hurtos, Ospina Abogados, demostró desde el primer momento una falta de diligencias por parte de la empresa denunciante, ya que, durante los últimos 4 años, se rechazaron sistemáticamente las solicitudes del abogado de entregar como pruebas las grabaciones de varias cámaras de seguridad de agosto, denunciando que se presentaran fotocopias de tickets de 2004 cuyo importe y registro no guardaba relación alguna con el material presuntamente extraviado, con el objetivo de aumentar el importe e inflar la indemnización hasta 1.110.669 €.
Durante el juicio oral, Ospina esclareció que la empresa denunciante no llevaba un registro de personal, ni siquiera de los movimientos del inventario que se entre realizaban entre almacenes, por lo que no se podía acreditar el momento en el que se produjo el robo, los responsables o la cantidad total hurtada.
La magistrada del juzgado de lo Penal nº1 de Alcalá de Henares no ha encontrado evidencias suficientes para enervar la presunción de inocencia y condenar a los dos investigados en un procedimiento por hurto con agravante de abuso de confianza. La jueza ha considerado “nada probatorio” la grabación de las cámaras, donde aparecía uno de los encausados corrigiendo su ángulo de visión, ya que, entre sus funciones estaba la de corregir su posición los días de viento o al ser golpeada.
De esta forma, se ha desestimado la petición del Ministerio Fiscal de 2 años y 9 meses de prisión y la indemnización por un importe de 523.584€ a la empresa transportista, responsable solidaria de los trabajadores denunciados, decretando la libre absolución de los investigados.
A las preguntas de este diario, Ospina ha aclarado que “era el resultado justo y esperado, pero este procedimiento por hurto tendría que haber sido archivado en instrucción. Nadie debería sentarse en el banquillo sin pruebas que acrediten la posible comisión de unos hechos.” Sobre la actual situación de los transportistas, explica que “ahora les queda un largo camino para recuperar sus vidas y sus trabajos. Nuestros clientes se reservan la posibilidad de tomar medidas judiciales, una vez demostrada su inocencia”.