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publicado el 26 de Septiembre 2011
Rafael López-Dieguez Piñar, Grupo RLD

“Cada vez son mas los empresarios, responsables de compañías y family offices que acuden a nosotros para que les contemos en que consiste un programa de corporate compliance.”

 

Rafael López-Dieguez Piñar, Grupo RLD


- La reforma del código penal con la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, ha supuesto un cambio relevante para las empresas españolas. ¿Nos puede explicar en qué sentido se ha producido este cambio?


La reforma del código penal trae consigo un cambio de filosofía total dentro de las organizaciones. Es un cambio que afecta en todos los ámbitos de las empresas.
Hasta ahora en España, nuestra legislación, a excepción de las compañías cotizadas no tenían la necesidad o no existía ningún reglamento por el cual las empresas tuviesen que tener un sistema para evitar ciertos comportamientos, desde la entrada en vigor del nuevo código penal las empresa ya no solo cotizadas se les recomiendan que tenga un sistema para prevenir ciertos delitos contemplados en el código penal, este sistema es el denominado Corporate Compliance.
Es un medio que busca un buen fin, un fin en el cual las empresas y compañías ya no solo previenen dichos delitos si no que son mas responsables de sus actuaciones, y buscan por medio de diferentes canales una buena actuación tanto interna como frente a la sociedad.


- Ustedes han creado un departamento específico de Corporate Compliance para asesorar en este sentido. ¿Cuál es el objetivo de este departamento?

El departamento de Coporate Compliance que hemos creado en el Grupo RLD es un departamento que involucra a una gran mayoría de los profesionales que forman RLD, es un departamento integrado en todos los ámbitos y que responde a las necesidades reales de las compañías.
El objetivo del departamento es brindar a nuestros clientes la oportunidad de integrar en su organización un sistema eficiente, real y adaptado a sus necesidades.
Dicho departamento en el cual hay especialistas con gran experiencia busca encontrar una solución a la realidad social, una solución especifica para cada uno de nuestros clientes. Gracias a nuestra propia filosofía podemos ofrecer a cada uno de nuestros clientes una solución especifica alejándonos de grandes moldes de grandes despachos. El objetivo es ofrecer una solución integral aportando un seguimiento continuo en todo el proceso.


- Su despacho es referencia dentro del área mercantil, ¿Qué aporta un departamento Corporate Compliance a un despacho como el suyo?

Es cierto que RLD es un despacho de referencia en el área mercantil, que hemos intervenido en grandes operaciones, lo cual nos permite esa independencia que hemos logrado tener con los años, hemos conseguido una exclusividad y un servicio privilegiado y de alto posicionamiento. Al igual RLD es un despacho de referencia en las expansiones e implantaciones internacionales, por medio de sus colaboradores los cuales se han forjado con los años de experiencia en el sector.
El nuevo departamento trae consigo dar respuesta a la necesidad real de las empresas, al ser un despacho integrado el nuevo departamento es la consecución de todas sinergias, aportamos un valor añadido más a las empresas, familias y capitales privados a los que asesoramos, aportamos ese valor añadido que nuestros clientes buscan, un trato exclusivo y personal.
El grupo RLD consigue gracias a la creación de este departamento dar una vez mas respuesta a una necesidad cada vez mas creciente y a una realidad social existente.
RLD aporta el valor añadido necesario para que las empresas nos elijan como despacho de referencia en la integración y resolución de procesos como este, ya que aportamos la experiencia y la profesionalidad necesaria en la implantación de un sistema de Corporate Compliance.


- Todos hablamos de la importancia del Corporate Compliance pero sabemos en que consiste realmente estos programas. ¿Cómo los definiría?

El Coporate Complaince como tal, nace hace años en Estados Unidos a raíz de diferentes polémicas empresariales con las cuales todos estamos familiarizados. El Coporate Compliance puro busca dar una respuesta por medio de diferentes sistemas, a la realidad social en la que al empresa opera.
En España a diferencia de Estados Unidos y otros estados Europeos nace a raíz de esta ultima reforma del código penal, si bien es cierto que de alguna forma las empresas cotizadas ya habían integrado un sistema de Coporate Comnpliance, pero en España podríamos definir el Corporate Compliance como el sistema por el cual toda empresa tiene que dar respuesta a las necesidades de su entorno, ya no solo buscar la forma de evitar que se cometan los nuevos delitos que el Código Penal contempla en esta ultima reforma si no buscar la forma de ser mas socialmente mas responsables.
Hay que tener muy presente que un programa de Corporate Compliance no es algo homogéneo a todas las empresas, es algo muy particular y no existen dos iguales, es un programa que cada empresas tiene que tener adaptado a el y no global para todo un grupo. Un programa de Corporate Complaince tiene que ser eficaz, eficiente y real, no puede ser algo que se tenga y se deje guardado en un cajón, un buen programa tiene que dar respuestas, tiene que ser la guía de actuación de una sociedad y tiene que marcar unos objetivos claros en las diferentes materias en que la empresa opere.
Desde RLD nos preocupamos mucho por ofrecer todo ello, por dar y buscar las respuestas que cada empresas necesita, adaptarnos a su entrono y a su realidad social.
Por lo tanto un programa de Corporate seria por definición un sistema eficaz y eficiente, real, por la cual las empresas y compañías tiene que guiarse para ser responsables tanto hacia ellas como hacia la sociedad, evitando en todo momento actuaciones negligentes en cualquier ámbito.


- En su opinión ¿Por qué es necesario crear un programa Corporate Compliance?

Un programa de Corporate Complaince es necesario y fundamental en cualquier empresa, la razón ya no solo la deberíamos buscar en como evitar las sanciones contempladas en el código penal (multa, suspensión de la actividad, disolución…), si no que, es necesario conseguir que las empresas sean socialmente responsables, hacia el medio ambiente y hacia las personas, hacia la forma de negociar y hacia la forma de distribuir dividendo, hacia cualquier ámbito y cualquier realidad.
Es necesario y fundamental que el sistema sea exclusivo para cada empresas, es necesario un programa que de respuestas y no que las oculte, es necesario que todas las empresas tengan un sistema de Corporate Compliance para ayudar de alguna forma a la sociedad, para devolverle a la sociedad eso que tanto nos ha dado.
Un programa de Corporate es necesario para las empresas, independientemente de su tamaño o volumen de facturación, del numero de empleados o de sedes, es necesario para las empresas porque es la guía de la compañía es un decálogo de funcionamiento y de operatividad.


- ¿Qué riesgos supone para las empresas no tenerlo implantado?

Los riesgos son muchos y variados. El código penal habla de diferentes tipos de penas, desde pequeñas multas pecuniarias ha la obligación de tener que disolver la propia compañía, cada caso es una situación muy variada y el riesgo viene a depender mucho del entorno en el que se mueva la empresa, su implantación, personal…
Aparte del propio riesgo de ser sancionado nos encontramos con otro no menos importante, incluso en ocasiones un riesgo mayor, como es el posible riesgo reputacional. El cual para muchas compañías y entidades es pero que las propias sanciones que un juzgado o tribunal pudiese imponer, lis ejemplos son muchos y variados. Por ello cada vez son mas los clientes que acuden a nosotros para encontrar solucione y medidas acorde


- Su despacho convive a diario con empresarios, ¿son conscientes de la importancia de este asunto? ¿están preparados para afrontar el cambio?

Habría que decir que en un principio todo sonaba raro, que todo lo nuevo asusta y complica, pero lo cierto es que cada vez son mas los empresarios, responsables de compañías y family offices que acuden a nosotros para que les contemos en que consiste, que es lo que hacemos y como podemos ayudarles.
Como en cualquier otra medida nueva que se tenga que tomar en una empresa, no es fácil, asusta y en ocasiones se prefiere no introducir nada nuevo, pero lo cierto es que cada vez que acuden a nosotros es porque verdaderamente quieren saber el alcance al que están expuestos y se conciencia que es algo necesario y vital para toda compañía.
Muchas pequeñas empresas, familiares y no familiares que acuden a nosotros creen que la implantación es cara y no va a servir para mucho, pero para ser francos todo cambio implica una inversión, mayor o menor, por eso desde RLD siempre hacemos un plan acordado con al empresa, a sus necesidades y a la inversión posible.


- ¿Cuál diría que es la situación actual de las empresas españolas en materia de prevención de posibles responsabilidades legales?

La empresa española goza de una característica muy singular, respecto a empresas internacionales asentadas en nuestro país o empresas extranjeras. Las empresas españolas son en la mayoría empresas con profundas raíces culturales, las cuales se han regido siempre por la legislación española sin contemplar la posibilidad de una influencia extranjera, es por ello que toda esta reforma junto a otras que en estos últimos años se está dando son completamente nuevas, y en muchas ocasiones no están preparadas.


- ¿Existe algún sector empresarial más concienciado? ¿por qué?
Lo cierto es que si, hay sectores como el farmacéutico, biotecnológico, tecnológico o multinacionales españolas con capital extranjero que si que están mas concienciadas, la razón o la justificación es fácil, primero porque son sectores muy regulados en el que estas medidas ya existían de alguna forma, y segundo porque en la legislación internacional ya existían medidas como estas, que son de obligado cumplimiento.


- En su opinión ¿que resulta más efectivo gestionarlo de manera interna o externalizar el servicio? Como suponemos que nos dirá que externalizarlo nos podría comentar que ventajas supone tomar esta decisión.

Mi opinión aunque pareciese ser sesgada, es la opinión de la experiencia y de los diferentes casos con los que nos hemos encontrado.
Un servicio externo es siempre mas favorable, la razón podríamos resumirla en al independencia que se tiene al ser un órgano externo, a la operatividad que se tiene cuando no es un órgano mas de la compañía, y se trata de un consultor externo que puede decir y opinar de forma abierta y con libertad, un servicio externo es más favorable por el hecho que los riesgos son mas fáciles de ver y mas fáciles de solventar y no se está “atado” a la estructura propia de la compañía. Habría que destacar que en organizaciones internacionales estos departamentos aun siendo propios de la compañías están formados por agentes externos, es una segunda formula valida y que desde RLD solemos aplicar.


- ¿Esta reforma del código penal ha supuesto una nueva posibilidad de negocio para los despachos?

Lo cierto es que en un primer momento pareció ser que si, pero para los despachos integrados y boutiques como somos RLD no, ya que es un servicio que hay que dar, es un servicio que necesitamos dar por propia responsabilidad con nuestros clientes. Aunque es cierto que se abre una nueva línea de negocio para nosotros.


- ¿Están los despachos españoles preparados para asesorar en esta materia?

La verdad es que creo que si, por las diferentes conversaciones que he tenido con otros colegas veo que se han tomado las cosas muy enserio, y veo que cada vez son mas los despachos que están asesorando en esta materia, la diferencia se basa al final en el trato y la exclusividad que se quiera recibir.
Nosotros como política general del bufete nos centramos en la formación y nuestros profesionales aparte de gozar de experiencia cuentan con la formación necesaria para asesorar en esta materia.

 

 

 


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