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La exigencia de “tasas judiciales” para poder recurrir es algo inaceptable
MADRID, 12 de DICIEMBRE de 2012 - LAWYERPRESS
 

Cuando un Estado tiene que recurrir a la exigencia de unas tasas bastante elevadas para que el justiciable pueda hacer uso del derecho fundamental a los recursos es algo incompresible en un Estado social y democrático de Derecho. Es algo inaceptable por incomprensible. El recientemente nombrado Presidente del Tribunal Supremo ha confesado en televisión, sin tapujos de ninguna clase, que “no lo comprende” tampoco.

Las tasas judiciales, tal y como han sido aprobadas, son de una iniquidad total. Sólo desde la osadía, insensibilidad, ignorancia y plutocracia puede llevarse a cabo semejante atropello. Restringir, como ya es tradición en España, el derecho fundamental de defensa no es más que expresión, dicho sea con toda consideración, de un objetivo desprecio hacia el ejercicio del más importante derecho fundamental de la Constitución, que sólo desde la insensatez puede intentarse fundamentar.

Eso pasa, por poner al frente de un Ministerio como el de justicia a personas de escasísima experiencia profesional en la aplicación del Derecho, como sucede en este caso, lamentablemente. Tampoco un Registrador de la propiedad tiene la menor experiencia profesional en materia de orden procesal.

La verdad es que en el Consejo de Ministros no existe ni un sólo miembro que sea ducho en tan delicados menesteres. Han sido estudiantes y opositores; pero no profesionales de la aplicación de la Ley. Las excusas y excepciones que, verbalmente, se han manifestado para defender una Ley tan impía que no hace mas que poner de manifiesto su fragilidad e inconsistencia resulta en mi opinión, anticonstitucional. ¿Por qué no se han incluido a los pensionistas?, ¿también tienen que pagar 1.200 euros para poder recurrir al Tribunal Supremo? ¿Y 500 a la Audiencia? En el primer caso, la cantidad puede ser superior, incluso, a su pensión mensual. Recurro pero no como. Ni pago el alquiler de la casa, ni el agua, ni el gas, ni la luz ni las medicinas, etc, etc. Con el frío reinante, a morir por recurrir a tan alto órgano jurisdiccional. Se convierte así al pensionista jubilado en un héroe en su esperanza por su fe en el Derecho (aplicable).

También la derecha recurre y flaco favor se le hace a esos recurrentes por la exacción incomprensible que se les lleve a cabo, que no es baja. Me ha parecido muy bien que jueces y fiscales se pongan a grito pelado en la puerta de los edificios en los que trabajan para mostrar a la sociedad española que ellos no tienen nada que ver con tan feo asunto. Han hecho bien y lo deberán hacer más veces para que la cosa quede clara y que “cada palo aguante su vela”. La “vela” terminará quemando, al tiempo, a los intrépidos fautores de tamaño desaguisado.

Buena prueba de la hostilidad social existente contra las llamadas “tasas judiciales” ha sido la encuesta encargada por el Consejo General de la Abogacía Española que ha dado un resultado que debiera hacer que se pensara dos veces el mantenimiento de semejante exacción: el 80% de los encuestados se ha pronunciado en contra de manera rotunda. El señor Carnicer ha tenido un muy buen acuerdo al encargar la referida encuesta y tocar la realidad social del impacto de dicha carga económica.

Desde un punto de vista estrictamente jurídico la vigencia de tamañas tasas hacen peligrar el ejercicio del derecho fundamental a la defensa y, asimismo, el derecho a la igualdad procesal, pues estimo que están siendo muy obstaculizados y, en algunos casos, impedidos y consecuentemente, contradiciendo abiertamente la Constitución Española que proclama que, en ningún caso, se puede producir la menor indefensión y el derecho a la igualdad de armas en el proceso judicial. Quizá hubiese sido mejor un ligero incremento de las costas procesales, si tan necesitado está el Ministerio de justicia, que no lo estará tanto, cuando ha permanecido impávido con comentarios que no son del caso sobre los temas inacabados del escandaloso despilfarro de lo que pudiéramos llamar, suavemente, “turismo judicial y constitucional”, a pesar de ser ambos altamente preocupantes.

El profundo descontento social producido con tal legislación, que se entiende como irracional e infundada, no guarda parangón alguno con reformas de ninguna clase. De todas formas, si no se declara nula la Ley, debiera exigirse seriamente la taxatividad legal y concreción extrema sobre los destinatarios de los fondos recaudados, para evitar suspicacias y tentaciones en el empleo de los mismos, que además, estoy seguro, no valdrán la pena, en cifras globales, por su cuantía, si se compara con el grave y extenso descontento social producido. Ni un sólo profesional se ha pronunciado favorablemente. Resulta raro, desde luego.

Manuel Cobo del Rosal, Catedrático de Derecho Penal y Abogado.

 


 





 


 

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