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Herrero & Asociados valora positivamente la incorporación de México al sistema de registro internacional de marcas
MADRID, 05 de FEBRERO de 2013 - LAWYERPRESS

 

El próximo 19 de febrero entrará en vigor en México el llamado Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas. Con esta incorporación son 89 los miembros de este sistema y el tercer país de Latinoamérica. Herrero & Asociados valora de forma muy positiva ésta incorporación de México, donde el despacho desarrolla una creciente actividad a través de su despacho en México, D.F.
Esta incorporación implica que las marcas en México se podrán solicitar a través del sistema de marca internacional que se tramita ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en Ginebra (Suiza) lo cual resulta sumamente atractivo para las empresas con intereses en México. Para ello la propia Ley de Marcas de México se ha tenido que adecuar a dicho sistema.
México se convierte con ello en el cuarto país de habla hispana del sistema de Madrid. En 2004 se introdujo el español como idioma de trabajo del sistema de Madrid lo cual ha facilitado la expansión y consolidación del sistema de Madrid en América Latina.
En el marco del sistema de Madrid, el propietario de una marca puede protegerla en hasta 88 países, además de la Unión Europea (con las marcas comunitarias), mediante la presentación de una única solicitud en idioma español, francés o inglés. Los solicitantes que deseen utilizar el sistema de Madrid deberán solicitar la protección de sus marcas ante la correspondiente oficina nacional o regional de marcas antes de solicitar la protección internacional. El registro internacional en el marco del sistema de Madrid produce los mismos efectos que una solicitud de registro de marca presentada en cada uno de los Estados o Partes designadas por el solicitante.
Mª Angeles Moreno, Directora Departamento Exterior de Herrero & Asociados comenta:
“La entrada en vigor del Protocolo de Madrid sin duda será de interés para aquellas empresas que tengan intereses comerciales en una multiplicidad de países ya que podrán utilizar este mecanismo para solicitar sus marcas de forma simultánea en varios de ellos. Para quienes solo tengan intereses en México seguirá siendo más rentable la presentación de la solicitud directa ante la Oficina Mexicana de Patentes y Marcas, no solo porque el registro será más económico sino porque la obtención del registro será más rápida. En este sentido debe tenerse en cuenta que en estos momentos se puede obtener el registro de una marca en un plazo que está en torno a los seis meses.
No debe olvidarse además que la protección solicitada en México a través del organismo internacional deberá ser posteriormente tramitada por las autoridades mexicanas, que dispondrá de la facultad de manifestar sus objeciones al respecto mediante la emisión de la correspondiente notificación. Esta notificación deberá ser replicada por un profesional, en concreto por un agente mexicano, que deberá personarse previamente ente las autoridades mexicanas.
Sin duda la gran ventaja del sistema internacional es la económica unida a la inicial simplificación administrativa.”
 

 

 


 



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