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IURE Abogados informa sobre la autorización de venta de la unidad productiva “Fábrica de Granada” dentro del procedimiento concursal de GRUPO DHUL SL
MADRID, 15 de MAYO de 2013 - LAWYERPRESS

 

En relación al procedimiento concursal seguido frente a la mercantil GRUPO DHUL S.L., el Juzgado Mercantil nº1 de Granada, ante el cual se tramita el procedimiento, ha notificado a las partes el Auto de fecha 10 de mayo de 2013, por el cual se autoriza judicialmente a la administración concursal a proceder a la venta directa de la unidad productiva “Fábrica de Granada”.
Se ha dado un paso más en el largo proceso de venta de la Fábrica de Granada perteneciente a la concursada. En primer lugar se plasmaron por escrito las condiciones que la administración concursal estimaba necesarias para proceder a dicha venta y se dio traslado a las partes personadas en el procedimiento para que realizaran las alegaciones que consideraran necesarias. Entre otros los representantes de los trabajadores, la CAIXA como acreedor relevante en el procedimiento realizaron dichas alegaciones.
Pues bien, una vez recibidas por el Juez todas esas alegaciones y condiciones presentadas por la Administración Concursal, ha valorado si la venta resulta beneficiosa para los acreedores y las personas afectadas por la actividad de la concursada como sus trabajadores. Teniendo en cuenta, que el pasivo de la concursada es de una gran cuantía y que las deudas siguen aumentando continuamente como consecuencia de los contratos de trabajo que siguen vigentes por la concursada, la venta directa garantiza una mayor probabilidad de satisfacer en mayor medida los créditos de los acreedores que mantener la actual situación.
Adicionalmente, la venta solicitada garantizará la continuidad de la actividad de la unidad productiva con los beneficios que ello conllevará para los trabajadores de la concursada que verán incrementadas sus posibilidades mantener sus puestos de trabajo así como de cobrar sus salarios.

¿Qué pasará con el dinero que se obtenga?
Todo el dinero que se ingrese como consecuencia de dicha venta, deberá constar en el activo de la concursada, y con ello la administración concursal procederá al pago de los créditos reconocidos en los textos definitivos en el estricto orden establecido en la ley.
Los trabajadores de grupo DHUL, 210 empleados, permanecerán en la empresa con las mismas condiciones laborales existentes hasta la fecha, lo que no podrá ser de ningún modo eludible por la sociedad adquirente, pasando a partir de la fecha de la transmisión, a ser la responsable del pago de todas las cantidades que deriven de dicha relación laboral.

¿Cuál es el precio mínimo para la adquisición de la Fábrica?
Se ha establecido como precio mínimo la cantidad de 2.000.000 €, el cual resulta adecuado para garantizar que la venta beneficie a los acreedores. Esa cantidad mínima deberá abonarse en un solo plazo en el momento de la transmisión.

¿Qué deben hacer las empresas que estén interesadas en adquirir la unidad productiva?
Toda entidad interesada en dicha Fábrica, deberá presentar antes del 24 de mayo, un sobre cerrado en la Secretaría del Juzgado, en el que indique la cantidad que, respetando el mínimo de los 2.000.000 €, esté dispuesta a abonar en concepto de precio de venta.
Adicionalmente, a la presentación de dicho sobre, deberá consignarse en el juzgado, es decir, depositarse en la cuenta titularidad del juzgado el 50% del precio mínimo de venta, es decir, 1.000.000 €, o en su defecto, un aval solidario de duración indefinida emitido por entidad de crédito por dicho importe.
Una vez llegado el 24 de mayo, se abrirán los sobres, y se proclamará la identidad del oferente que haya ofrecido mayor cantidad, en el caso de ser varias, se realizará un sorteo entre ellas. A partir de entonces, quedará autorizada la venta a favor de dicha entidad.

¿Qué ocurre si no se presentan ofertas?
La venta quedará igualmente autorizada, pudiendo cualquier interesado en un futuro dirigirse a la administración concursal manifestando su intención de compra por el precio mínimo de venta.
 


 




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