Desde
hace
varios
años,
impulsado
por
la
Comisión
Europea,
el
Consejo
Europeo
y
las
Autoridades
de
Protección
de
Datos,
el
28
de
enero,
se
celebra
el
“Día
Europeo
de
la
Protección
de
Datos”.
Este
año
2014,
podría
haber
sido
especial,
si
la
tan
ansiada
reforma
europea
de
protección
de
datos
se
hubiese,
por
fin,
aprobado.
Han
pasado
ya
dos
años
desde
que
se
iniciasen
formalmente
los
trámites
para
la
modificación
de
la
vigente
Directiva
95/46,
del
Parlamento
Europeo
y
del
Consejo,
de
24
de
octubre
de
1995,
relativa
a la
protección
de
las
personas
físicas
en
lo
que
respecta
al
tratamiento
de
datos
personales
y a
la
libre
circulación
de
estos
datos,
con
la
publicación
de
la
Propuesta
de
Reglamento
del
Parlamento
Europeo
y
del
Consejo,
más
conocido
como
“Reglamento
General
de
Protección
de
Datos”.
Este
texto
ha
sido
modificado
posteriormente
por
la
Comisión
de
Libertades
Civiles,
Justicia
y
Asuntos
de
Interior
del
Parlamento
Europeo,
más
conocida
por
sus
siglas
como
LIBE,
introduciendo
cambios
en
aspectos
como
el
Delegado
de
Protección
de
Datos
(DPO),
la
posibilidad
de
utilizar
iconos
para
cumplir
con
el
derecho
de
información,
las
formas
de
articular
el
consentimiento
de
los
menores
de
edad,
así
como
la
cuantía
de
las
sanciones
económicas,
y
eliminando
el
artículo
que
expresamente
recogía
el
polémico
“Derecho
al
olvido”.
Para
los
profesionales
de
la
privacidad,
estos
dos
años
han
sido
tremendamente
apasionantes,
analizando
y
discutiendo
esta
reforma.
Ha
sido
un
tiempo
en
que
han
entrado
a
formar
parte
de
forma
definitiva,
en
el
lenguaje
técnico-jurídico
de
la
protección
de
datos,
términos
como
la
“accountability”
(la
responsabilidad
del
responsable
y
encargado
del
tratamiento),
la
privacidad
por
diseño
y
por
defecto,
o
los
PIA
(“Privacy
Impact
Assesment”).
Esta
reforma,
que
ha
sido
impulsada,
sobretodo,
por
la
Comisaria
Europea
de
Protección
de
Datos,
Viviane
Reding,
y
por
el
Diputado
del
Parlamento
Europeo
debería
estar
aprobada
antes
de
mayo
del
presente
año,
puesto
que
hay
elecciones
europeas.
Sin
embargo,
todo
parece
indicar
que
no
lo
será
hasta
el
año
2015,
sin
perjuicio,
de
que
tras
las
citadas
elecciones
se
produzcan
los
correspondientes
cambios
políticos,
que
acarreen
a su
vez,
más
modificaciones
en
el
texto
actual,
como
antes
he
indicado,
de
la
Comisión
LIBE,
y se
retrase
aún
más.
Como
muchos
ya
conocerán,
una
de
las
principales
novedades
que
trae
la
reforma,
es
la
aplicación
de
la
normativa
europea
de
protección
de
datos
a
aquellas
empresas
que
ofrezcan
bienes
y
servicios
a
los
ciudadanos
europeos,
y
también
el
motivo
del
retraso
debido
al
lobby
realizado
por
las
grandes
multinacionales
americanas.
No
obstante,
recientemente,
y
sin
esperar
a
que
el
Tribunal
de
Justicia
de
la
Unión
Europea
dictamine
en
el
caso
“Google”
vs “Costeja”,
si
la
Directiva
95/46
es
de
aplicación
a la
primera,
tanto
la
Agencia
Española
de
Protección
de
Datos
como
la
CNIL
(Autoridad
Francesa
de
Protección
de
Datos),
han
sancionado
económicamente
a
Google
por
la
política
de
privacidad
de
sus
productos.
En
este
sentido,
la
Comisaria
Reading
ha
aprovechado
a
criticar
sendas
sanciones
por
su
escasa
cuantía
económica
en
relación
con
el
volumen
global
de
negocio
de
la
citada
empresa,
cuestión
que
no
habría
tenido
lugar
si
la
reforma
ya
estuviese
aprobada,
ya
que
contempla
multas
de
hasta
100
millones
de
euros
o el
5%
del
volumen
de
negocio.
A lo
anterior,
hay
que
añadir
que,
tras
haberse
agotado
el
mandato
de
Peter
Huxtins
como
Supervisor
Europeo
de
Protección
de
Datos,
todavía
no
ha
sido
nombrada
la
persona
que
deberá
sustituirle,
nombramiento
que
se
va
dilatando
cada
vez
más,
y
que
no
hace
otra
cosa
que
entorpecer
la
propia
reforma,
ya
que
el
Supervisor
es
una
figura
capital
en
el
impulso
de
la
misma.
Ni
siquiera
el
llamado
caso
“Snowden”,
con
el
espionaje
al
que
hemos
sido
sometidos
los
ciudadanos
europeos,
con
la
posible
suspensión
del
Acuerdo
Puerto
Seguro
para
el
intercambio
de
datos
entre
las
empresas
americanas
y
las
europeas,
ha
servido
para
desbloquear
la
situación.
Por
tanto,
no
parece
que
esta
norma
vaya
a
ser
aprobada
en
un
futuro
muy
próximo,
si
tenemos
en
cuenta,
además,
que
el
programa
de
la
actual
presidencia
griega
de
la
Unión
Europea,
apenas
dedica
un
par
de
frases
a la
reforma,
que
se
pueden
resumir
en
un
“seguiremos
avanzando”.
Mientras,
aparecen
nuevos
problemas
que
afectan
a la
privacidad,
como
puede
ser
el
cada
vez
uso
más
frecuente
de
los
drones
(para
diversas
funcionalidades)
así
como
la
recopilación
indiscriminada
de
datos
de
algunas
Smart
TV’s,
o
incluso
que
exista
una
página
web
donde
se
pueden
consultar
las
fotos
de
perfil
de
los
usuarios
en
Whatsapp
(http://fotowhatsapp.com/).
Además
de
la
aprobación
del
Reglamento,
sería
aconsejable
modificar
la
mal
llamada
“Ley
de
Cookies”,
que
debido
a su
nefasta
redacción
está
produciendo
numerosos
problemas
de
aplicación
práctica.
Recientemente,
la
Agencia
Española
de
Protección
de
Datos
ha
impuesto
la
primera
sanción
económica
por
no
cumplir
con
la
información
que
debe
facilitarse
sobre
las
cookies
que
utiliza
una
página
web.
Sin
embargo,
hay
que
ver
el
lado
positivo
de
estos
dos
últimos
años:
nunca
se
habló
tanto
de
privacidad,
sobre
todo,
en
los
medios
de
comunicación,
lo
cual
permitirá
que
cada
vez
más,
los
usuarios,
titulares
de
los
datos,
se
vayan
concienciando
sobre
el
uso
que
le
dan
a
los
mismos.
Celebremos
el
Día
Europeo
de
la
Protección
de
Datos,
y
esperemos
que,
aunque
todo
parece
indicar
lo
contrario,
esta
reforma
no
tarde
tanto
en
aprobarse. |