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La internacionalización y la innovación, retos de futuro de la empresa familiar
MADRID, 04 de FEBRERO de 2014 - LAWYERPRESS
 

- La planificación a largo plazo, la agilidad y flexibilidad mediante la concentración de la propiedad, la estabilidad de las líneas estratégicas y la alta calidad de los servicios y bienes producidos se perfilan como los factores de éxito de una empresa familiar.
- El secuestro del dinero de los ahorradores minoristas a través de la venta indiscriminada de participaciones preferentes supuso “el primer rescate” de las Cajas.


La operativa práctica de la empresa familiar y los productos financieros tóxicos han centrado la jornada de trabajo organizada por la firma de abogados Hispajuris esta mañana en Santander dirigida a los socios de la Asociación Cántabra de la Empresa Familiar. Su presidenta, Mar Gómez, ha sido la encargada de presentar el acto afirmando que para las empresas familiares “es importante avanzar en la estructuración de sus sociedades o grupos empresariales con el fin de asegurar una correcta sucesión y por lo tanto su pervivencia”. Por otro lado, Gómez también ha señalado que “puede ser conveniente para regular la intervención de los familiares en la gestión y optimizar los recursos, de modo que las compañías resulten más eficientes y optimicen la satisfacción de sus obligaciones tributarias”.
A continuación, el abogado y presidente de Hispajuris Fernando Escura se ha centrado en explicar la estructura jurídica y la organización de la empresa familiar, destacando que “las que se han desarrollado y consolidado en el tiempo son las que saben conjugar propiedad, familia y gestión”. Escura ha subrayado que los principales retos a los que se enfrenta la empresa familiar son la continuidad generacional, el incremento de su dimensión, la profesionalización, la permanente innovación y la internacionalización.
Escura también ha afirmado que el principal inconveniente de la empresa familiar reside en la “dificultad para garantizar su continuidad generación tras generación”. Según datos del Instituto de la Empresa Familiar sólo un 25% de las empresas familiares logran mantener su carácter en una segunda generación y únicamente un 9% de las empresas familiares logran alcanzar la tercera generación. Por otro lado, el presidente de Hispajuris ha afirmado que es conveniente “reorganizar la empresa familiar realizando una serie de operaciones que permitan dotar a la misma de la estructura de sociedad holding familiar” mediante la aportación a la misma de las acciones o participaciones en la o las sociedades familiares. Escura también ha recomendado elaborar un protocolo familiar, un documento marco en el que una familia empresaria establece las reglas de actuación y comportamiento que deben regir las diferentes relaciones entre la familia y la empresa.

Los productos financieros tóxicos
La segunda parte de la jornada dirigida a la Asociación Cántabra de la Empresa Familiar se ha dedicado a explicar las características de los productos tóxicos financieros a cargo del abogado Ángel Sánchez y Resina, director de AESYR & Abogados, despacho socio de Hispajuris en Cantabria y consejero de Hispajuris. Sánchez y Resina ha explicado que se denomina productos tóxicos financieros a todos aquellos productos “que no son simples” como cuentas corrientes, libretas, IPF, fondos de inversión y acciones cotizadas en bolsa. El consejero de Hispajuris ha explicado que la principal diferencia entre bonos, obligaciones subordinadas y participaciones preferentes está en “el condicionamiento del cobro de interés (cupón) a que haya o no beneficios”.
Sánchez y Resina también ha afirmado que la venta de estos productos financieros tóxicos resultó en el primer rescate de la banca ya que el objetivo era aumentar el Core Capital, y las preferentes fueron “el instrumento perfecto”. “Éste fue el primer rescate y a pesar de ello se hizo necesario el segundo”, concluyó Sánchez y Resina, que ha añadido que “se engañó a los ahorradores”. Finalmente, el director de AESYR & Abogados recomendó a los afectados por estos productos “exigir la nulidad de sus contratos por falta de información y abuso de la confianza que tenían en los empleados de banca, por no decir engaño de las entidades a sus empleados para que engañaran a sus clientes”.
 

 

 

 

 

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