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LP emprende - Especial Informativo: Tarifa Plana y Contratación Indefinida

 
La nueva tarifa plana para contratos indefinidos
MADRID, 07 de MARZO de 2014 - LAWYERPRESS

Por Raúl Rojas, Director de RRHH de Ecija

Raúl Rojas, Director de RRHH de EcijaCon la aprobación del Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, el Gobierno ha apostado firmemente por la estimulación del empleo estable con importantes reducciones de las cotizaciones sociales a cargo de la empresa a través de lo que se denomina “tarifa plana” de cotización para contratos indefinidos.

Esta nueva medida consiste en la reducción de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes a la cuantía de cien (100) euros mensuales en los supuestos de contratos celebrados a tiempo completo, y a setenta y cinco (75) euros o cincuenta (50) euros mensuales en los contratos a tiempo parcial en función de la jornada de trabajo que se pacte con el trabajador de, al menos, entre un 75% y un 50% de la jornada de un trabajado a tiempo completo comparable.

El objetivo del Gobierno con la aprobación de esta tarifa plana, es el incentivo de la contratación indefinida y creación de empleo en el contexto de recuperación económica en el que parece estar apuntando los nuevos datos que se ofrecen en el mercado laboral. En este sentido la Encuesta de Población activa del último trimestre de 2013 reflejó, por primera vez desde el año 2008, una creación neta de empleo en términos desestacionalizados, manteniéndose dicha tendencia en los primeros meses de 2014.
Entre las diversas medidas existentes para la incentivación de la contratación, el Gobierno en esta ocasión ha optado por la reducción del coste de cotización derivado de dichas contrataciones que, sumándose a otras aprobadas recientemente mediante bonificaciones en contratación aplicables a emprendedores, simplificación de los modelos contractuales existentes o medidas de flexibilización interna y externa, en su conjunto si pueden suponer un atractivo para el empresario a la hora de contratar de forma indefinida.

En lo que respecta a la nueva tarifa plana se podrán beneficiar, siempre que reúnan todos los requisitos y condiciones establecidas en la norma, todas aquellas empresas, con independencia del tamaño de su plantilla, tanto si la contratación es a tiempo completo como si es a tiempo parcial, respecto de los contratos celebrados entre el 25 de febrero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014, siempre que dicha contratación suponga creación de empleo neto.

La duración de la reducción será de 24 meses con carácter general computados a partir de la fecha de efectos del contrato, sin embargo aquellas empresas que cuenten, al momento de celebrar el contrato, con menos de 10 trabajadores tendrán derecho, durante los 12 meses siguientes, a obtener una reducción equivalente al 50% de la cotización empresarial por contingencias comunes correspondientes al trabajador empleado con contrato indefinido.
Entre los requisitos que se establecen para poder acceder a esta tarifa plana es que la contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo neto, y por lo tanto no servirá para sustituir a trabajadores de la plantilla por otros nuevos, así como el mantenimiento de la contratación durante al menos 3 años.
Sin duda deberemos esperar para ver el impacto de esta nueva medida en la creación de empleo en el corto y medio plazo.
 

 

 

 

 

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