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Mis primeros pasos profesionales (XII): Asesora jurídica en extranjería
MADRID, 24 de ABRIL de 2014 - LAWYERPRESS

Por Carolina García Hervás, Asesora jurídica en extranjería en ACCEM, Málaga

Carolina García HervásApenas hace unos meses que empecé a trabajar como asesora jurídica en extranjería. Desde siempre me ha apasionado el Derecho Internacional Público y Privado y tener el privilegio de trabajar en lo que te gusta no está al alcance de todos.
Gracias a una compañera de carrera, que me ofreció la oportunidad de ayudarla en su Asociación comencé mis primeros pasos como asesora jurídica en extranjería. Aún recuerdo aquella primera mañana de un lunes de julio en la que no sabíamos que caso nos podía tocar, normalmente las consultas eran sobre nacionalidad o inscripción de matrimonios e hijos en el Registro Civil. Yo en los días previos había leído la Ley de Extranjería, repasado cada uno de los formularios que nos podrían solicitar cualquier usuario, leí una y otra vez el manual de Derecho Internacional Privado, visite varias webs relacionadas con la materia etc. Tras media hora en la sede de la Asociación nos llegó el primer caso del día (el primer caso en mi vida profesional).
Se trataba de un hombre español y empadronado en España que llevaba un tiempo viviendo en Alemania por motivos laborales, pero se encontraba de vacaciones en España. Su consulta era la siguiente: llevaba un tiempo planeando casarse con su pareja de nacionalidad alemana y ambos tenían la intención de casarse en la ciudad natal de ella en Alemania. El problema era el siguiente, como ciudadano español aún no se había dado de baja del empadronamiento español en su localidad y no estaba registrado en la Embajada de España en Alemania como ciudadano español residente en el extranjero. Lo cual a priori podría suponer un problema de índole burocrática para contraer matrimonio en un país extranjero de la Unión Europea. Tras revisar con mi compañera el C.C y las leyes de DIPR dimos con la solución al problema rápidamente.
Los siguientes documentos eran los necesarios para poder contraer matrimonio por lo civil en Alemania: Se presenta en el Registro Civil en Alemania: certificado de Capacidad Matrimonial según el Convenio de CIEC del 5.9.1980 de Munich con el cuño de la Haya, certificado de Nacimiento en español y alemán, certificado de Empadronamiento (del Ayuntamiento del español en España), DNI. Tras resolver la duda sobre los documentos que él tendría que presentar en Alemania, pasamos otro rato analizando que documentos tendría que presentar su pareja para contraer matrimonio con un extranjero en su país.
En el caso de la ciudadana alemana sólo tendría que presentar los siguientes documentos: documento nacional de identidad o similar, certificado de empadronamiento (del Ayuntamiento del alemán), certificado de Nacimiento. Nuestro usuario quedo muy contento con las explicaciones y la ayuda recibida y pudo conseguir finalmente todo lo necesario para contraer matrimonio. Para evitarle futuras dudas también le explicamos cómo debía registrar su matrimonio en la Embajada de España en Alemania y cuales eran los trámites para inscribirse como residente español en un país de la UE..
Después de este primer caso, me di cuenta de que cada caso es diferente y que cada día se aprende algo nuevo en esta profesión que no viene explicado en ningún manual de la carrera. Es por ello que deberían de implantar más prácticas en los actuales planes de Graduado en Derecho, para que el día de mañana los futuros abogados, mediadores, procuradores, asesores etc. tengan la experiencia suficiente y poder desenvolverse con soltura ante estos primeros casos de la vida profesional.
 

 

 

 

 

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