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Concentraciones: La Comisión aprueba la adquisición de ONO por Vodafone
MADRID, 07 de JULIO de 2014 - LAWYERPRESS
 

Por consiguiente, la Comisión ha llegado a la conclusión de que la operación no obstaculizará de forma significativa la competencia efectiva en España.

La Comisión Europea ha autorizado la propuesta de adquisición del Grupo Corporativo ONO (en lo sucesivo, «ONO») por Vodafone Group Plc con arreglo al Reglamento sobre concentraciones de la UE. Ambas empresas prestan servicios de telecomunicaciones fijas y móviles en España. La Comisión ha llegado a la conclusión de que la operación no plantea problemas de competencia, ya que las actividades de las partes son en gran medida complementarias: la principal actividad de ONO está relacionada con las telecomunicaciones fijas, mientras que la actividad de Vodafone se centra principalmente en las telecomunicaciones móviles.
Las actividades de Vodafone y ONO se solapan en una serie de mercados en los mercados de telecomunicaciones fijas y móviles en España. Sin embargo, la Comisión llegó a la conclusión de que los efectos de la operación en estos mercados pueden ser limitados, dado que la entidad resultante de la concentración va a seguir enfrentándose a la competencia de otros importantes agentes del mercado, por ejemplo, el operador histórico, Telefónica, y otros operadores como Orange y Jazztel.
La operación da lugar también a algunas relaciones verticales y de conglomerado en los mercados de las telecomunicaciones fijas y móviles en España, en particular en relación con la prestación de servicios múltiples incorporados. Sin embargo, la investigación de la Comisión reveló que la entidad fusionada no estará en condiciones de excluir operadores fijos o móviles de los mercados de servicios múltiples, debido a la disponibilidad de operadores alternativos y a las obligaciones reglamentarias en relación con el acceso al por mayor a servicios móviles y fijos.
Por consiguiente, la Comisión ha llegado a la conclusión de que la operación no obstaculizará de forma significativa la competencia efectiva en España.

La operación se notificó a la Comisión el 23 mayo 2014.
Tanto Vodafone como ONO prestan servicios de telecomunicaciones fijas y móviles en España. Sin embargo, las actividades de las partes son en gran medida complementarias ya que ONO opera principalmente en el sector de las telecomunicaciones fijas, mientras que Vodafone opera principalmente en el de las móviles. ONO también presta servicios de televisión de pago, pero Vodafone, no.


Normas y procedimiento de control de las concentraciones
La Comisión tiene la obligación de evaluar las concentraciones y las adquisiciones en las que participen empresas con un volumen de negocios que supere ciertos umbrales (véase el artículo 1 del Reglamento sobre concentraciones) e impedir concentraciones que obstaculicen de forma significativa la competencia efectiva en el EEE o en una parte importante del mismo.
La gran mayoría de las concentraciones no plantea problemas de competencia y son autorizadas tras un examen de rutina. Desde el momento en que se notifica la operación, la Comisión dispone en general de un total de 25 días hábiles para decidir si la aprueba (Fase I) o inicia una investigación pormenorizada (Fase II).
Se puede encontrar más información en el registro de asuntos público de la web de competencia de la Comisión con el número de asunto M. 7231.

 

 

 

 

 

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