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JUSTICIA

 
El CGPJ propone concentrar en los Juzgados de lo Mercantil los asuntos relativos a la validez de patentes
MADRID, 24 de JULIO de 2014 - LAWYERPRESS
 

El Pleno de hoy estudiará otro borrador de informe en el que el CGPJ reclama la competencia para nombrar al Miembro Nacional de Eurojust

La propuesta de informe al Anteproyecto de Ley de Patentes que el pleno del Consejo General del Poder Judicial va a estudiar hoy propone la concentración en la jurisdicción civil, y concretamente en los órganos de lo Mercantil, el enjuiciamiento jurisdiccional de la validez de las patentes. En el texto, que ha sido redactado por la vocal Mar Cabrejas, se señala que la materia de patentes es sumamente técnica, al tiempo que muy importante en términos empresariales y de inversión, por lo que una concentración del conocimiento de los asuntos en esta materia aportaría solvencia y predecibilidad en la resolución, al lograrse una mayor uniformidad de criterios, lo que redundaría a su vez en una mayor seguridad jurídica y en una protección judicial más ágil y rápida.

Otra de las sugerencias contenidas en la propuesta de informe es la de que, en atención también a la especial complejidad de la materia, se amplíen los plazos de tramitación previstos con carácter general en la Ley de Enjuiciamiento Civil para este tipo de procedimientos, al resultar excesivamente breves.
Además, la ponente aboga por diferir a la fase procesal de ejecución de la sentencia que haya reconocido la violación del derecho de patente la determinación y cuantificación de las cantidades que correspondan en concepto de daños y perjuicios, así como la opción por el criterio alternativo de cuantificación de dicha indemnización.
Las razones que se exponen hacen referencia tanto a la dificultad de su determinación inicial como a la naturaleza sensible de la documentación y material en poder del supuesto infractor, lo que puede comportar una intromisión en secretos empresariales que no estaría justificada si la sentencia es absolutoria. En cambio, si ya se ha apreciado la comisión de una infracción, el texto entiende que debe prevalecer el interés del demandante en poder concretar el alcance de la indemnización a su favor.
El Consejo debate hoy la propuesta de informe al Anteproyecto de Ley por el que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las Relaciones de este Órgano de la Unión Europea, de las Redes Judiciales de Cooperación Internacional y los Magistrados de Enlace, elaborada por los vocales Nuria Díaz y Fernando Grande-Marlaska.

Eurojust es una unidad integrada por fiscales, magistrados o policías, cedidos temporalmente por cada Estado miembro para apoyar y facilitar la adecuada coordinación de las autoridades judiciales nacionales responsables de las investigaciones penales en los casos de delincuencia organizada, así como para cooperar estrechamente con la Red Judicial Europea.
En el texto que se estudia se propone que el nombramiento del Miembro Nacional –el representante de España en Eurojust- se haga por el CGPJ y no por el Ministerio de Justicia, como mantiene el Anteproyecto, en la medida en que se trata de cooperación judicial en materia penal y en el marco de la Unión Europea, donde la autoridad central no interviene.
Se considera asimismo que no resulta adecuado que la designación del miembro de la Autoridad Común de Control recaiga en el director de la Agencia Española de Protección de Datos y se sostiene que el nombramiento ha de corresponder también al CGPJ, que elegirá a un juez o magistrado para ese puesto ya que debe tratar con datos obtenidos en el seno de una investigación criminal.
La propuesta de informe, por último, sugiere trasladar a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a las normas reguladoras del régimen sancionador de la Carrera Fiscal, así como al Estatuto Básico del Empleado Público la previsión contenida en el artículo 15 del Anteproyecto, que regula el deber genérico de colaboración con Eurojust de los jueces y tribunales, los miembros del Ministerio Fiscal y todas las personas y entidades públicas y establece que la desatención a los requerimientos de la unidad será objeto de sanción disciplinaria.
 

 

 

 

 

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