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ENTREVISTAS

 
Jorge Bernal, socio del área procesal y arbitraje de Le Quid:
“Creo que se debería crear un colegio profesional o instituto de administradores concursales a nivel nacional”
MADRID, 18 de SEPTIEMBRE de 2014 - LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez
 

Jorge Bernal, socio del área procesal y arbitraje de Le QuidEl Foro Europa hizo entrega el pasado 18 de Julio en el Hotel Westin Palace de Madrid, de la Medalla de Oro al prestigio profesional en la Abogacía al Letrado Jorge Bernal Lancis, socio responsable del Área Procesal y de Arbitraje, de la Firma de Abogados Le Quid – The J. Dutilh Business Law Firm especializada en Derecho de los Negocios.  Nuestra publicación ha aprovechado un premio de tanto prestigio para hablar con el entrevistado y analizar la situación actual de la abogacía de los negocios: “Me parece una temeridad la elección por orden alfabético de los administradores concursales teniendo en cuenta los escasos requisitos que exige actualmente el legislador para darse de alta en las listas de administradores concursales de los colegios profesionales”, comenta. A su juicio, el actual sistema de designaciones es el menos malo y es el comúnmente aplicado en otros países de nuestro entorno. “Confiamos plenamente en la profesionalidad e independencia de los jueces de los mercantil”, añade. Entre las personalidades destacadas de la vida política, económica, jurídica y cultural que han recibido hasta la fecha la Medalla de Oro del Foro Europa 2001 se encuentran, entre otros, el ex ministro de Asuntos Exteriores Josep Piqué, el periodista Luis del Olmo, el presidente de la revista Hola Eduardo Sánchez Junco, el publicista Lluis Bassat, la escritora Carmen Posadas, el arquitecto Joaquín Torres Veres, el oftalmólogo Joaquín Barraquer o la periodista Teresa Viejo, entre otros.

En primera persona

“Comienzo  mis primeros pasos en el año 1.997 como abogado junior en el despacho profesional de su padre, José Bernal García, abogado, economista y auditor. Entre 1.998 y 2.000 soy elegido tesorero de la Agrupación de Abogados Jóvenes de Zaragoza, participando activamente en diversas comisiones colegiales del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza entre 1.998 y 2.004, siendo su Decano Carlos Carnicer.

En Enero de 2.002 me  independizo y fundo junto a otros dos compañeros el Bufete Bernal & Asociados. En 2.003 se otorga a nuestro  despacho la certificación de calidad AENOR, siendo el primer Bufete de abogados aragonés en obtenerla.

Entre 2.001 y 2.003 soy elegido vicepresidente de la Federación de Agrupaciones de Abogados Jóvenes de Aragón.

En Abril de 2.004 abre sede en Madrid del Bufete Bernal & Asociados, y ante el crecimiento que experimenta el despacho, fijo su residencia en Madrid, cursando la alta como abogado residente del ICAM.

En Septiembre de 2.008, se escinden los despachos de Zaragoza y Madrid, quedándose sus otros socios la sede de Zaragoza y Jorge Bernal la sede de Madrid, la cual se integra en el Bufete barcelonés Pont Mestres & Asociados, de la que paso a ser Director de su sede de Madrid.

En Junio de 2.010 fundo junto con otros compañeros la Asociación Española de Letrados Administradores Concursales (AELAC), siendo elegido Secretario de su Junta Directiva.

Finalmente, en 2.011 ficho como socio de Le Quid, pasando a ser el Director de su Área de Derecho Procesal y Arbitraje.

Soy especialista en Derecho Procesal, Arbitraje y Administración Concursal. Es defensor del arbitraje como método alternativo de resolución de conflictos y se muestra expectante y algo escéptico ante la insuficiente regulación legal de la mediación como emergente método alternativo de resolución de conflictos

Igualmente, he escrito ponencias publicadas en diversos libros y manuales, así como  diversos artículos de opinión en prensa especializada y fue  ponente y profesor en universidades y escuelas de negocios.”

 

Sr. Bernal ¿Cómo describe la situación actual, cree que estamos saliendo de la crisis?

Hemos de partir de la base de que nos estamos enfrentando a una crisis terrible, sin precedentes. No se puede achacar a una sola causa, sino a varias, que desembocaron en una “tormenta perfecta”.

Han cerrado muchas empresas, se han destruido muchísimos puestos de trabajo y muchas familias están en quiebra.

Lo cierto es que el actual gobierno ha emprendido una batería de reformas que, en mayor o menor medida, han contribuido a que, con la debida prudencia, se empiece a ver la luz al final del túnel, como así han testimoniado los principales líderes de diversos organismos económicos europeos y mundiales.

Atendiendo a datos objetivos, según la estadística mercantil del Colegio de Registradores de España, un claro indicador es que en el segundo trimestre de 2.014 el número de concursos declarados por los Juzgados Mercantiles ha descendido en el conjunto de España un 33,04% respecto al mismo período del año anterior.

Como le digo, parece que la situación está mejorando aunque hay que mantenerse alerta porque, ni mucho menos, hemos salido de la crisis.

 

En este contexto, ¿cómo ha afectado la crisis a la abogacía de los negocios? ¿Ha cambiado mucho la relación con los clientes?

Creo que ha afectado y mucho, pues además de la pérdida de clientes que han cerrado, la práctica totalidad de los que han sobrevivido han visto reducida sensiblemente su cuenta de resultados, las asesorías jurídicas internas de empresas externalizan menos servicios, todo lo cual se ha traducido una competencia feroz al aumentar la sensibilidad de los clientes a los precios.

En Le Quid, la crisis ha hecho que hayamos enfocado en nuevos y mejores servicios al sector de las tecnologías de la información, telecomunicaciones, emprendedores y jóvenes empresarios, asesoramiento en procesos de internacionalización, planificación y reestructuración de proyectos empresariales, que es la base del futuro crecimiento y creación de riqueza.

La profesión se ha humanizado más que nunca, hemos sufrido junto a nuestros clientes durante la crisis y, con carácter general, hemos apostado por aconsejarles la internacionalización de la empresa para su implantación en otros países y asesorarles durante el proceso, su reestructuración, refinanciación, compraventa de unidades productivas, distress m & a, etc.

 

A nivel procesal, ¿qué habría que hacer para que la justicia no fuese tan lenta?

Está claro que mediante la implantación de tasas judiciales que cercenan el acceso de los ciudadanos a la justicia, no. En mi opinión es una solución injusta, técnicamente defectuosa, nada creativa y que atenta gravemente contra los derechos humanos.

Creo que habría que crear algún juzgado más, gestionar mejor los existentes y apostar decididamente por otros métodos alternativos de resolución de conflictos como la mediación y el arbitraje.

Por ejemplo, con respecto a la mediación, creo que debería ser obligatoria en determinados supuestos, en otros países lo es y se evitan más de la mitad de los litigios en materia civil y mercantil. Creo que el legislador español debería ser valiente y dar un paso adelante en este sentido.

 

¿Le preocupa el uso del Código Penal en el mundo empresarial, no cree que se debería usar en situaciones extremas?

No estoy de acuerdo con el uso generalizado del Código Penal en el ámbito empresarial ni con criminalizar la actividad mercantil, pero sí con la tipificación de nuevos delitos y con la exigencia de un plus de diligencia a empresarios y administradores de sociedades. Abogamos por menos normas pero por su efectivo cumplimiento.

En el pasado ha habido muchos escándalos financieros con multitud de afectados que han causado gran alarma social donde los culpables han sido absueltos, bien porque la conducta no estaba tipificada como delito, bien porque los culpables no han entrado o no van a entrar en prisión al no tener antecedentes y suspenderse la ejecución de la pena.

Partiendo del principio de intervención mínima del Derecho Penal, estoy de acuerdo en exigir un plus de diligencia a empresarios y administradores de sociedades mercantiles y en que se tipifiquen como delito conductas dolosas o culposas graves que, finalmente, afectan al patrimonio de una pluralidad de personas y que, en mayor o menor medida, al igual que la corrupción, acaban teniendo su impacto en la economía nacional.

 

¿Qué valoración puede hacer de la última reforma concursal, ayudará a potenciar la mediación concursal?

La primera valoración de las medidas contenidas en el Real Decreto-Ley 11/2014 es positiva, ya que trata de facilitar que el deudor pueda llegar a un convenio con sus acreedores ampliando los plazos de quitas y esperas, establece la posibilidad de hacer extensivo el convenio a los acreedores privilegiados siempre que se den determinadas mayorías, el privilegio especial sólo puede ya alcanzar los 9/10 del valor razonable del bien y se reconoce derecho de voto a los acreedores que han adquirido su crédito tras la declaración de concurso (siempre que no sea una persona especialmente relacionada con el concursado). También se introducen una serie de novedades respecto a la liquidación, dirigidas a lograr la continuidad empresarial.

Sin embargo, pienso que el legislador ha perdido una fantástica oportunidad para modificar el artículo 236.1 de la Ley Concursal que establece como límite del acuerdo extrajudicial de pagos una quita del 25% y una espera de 3 años, por lo que la reforma así como sí que va a ayudar a potenciar el convenio concursal, no va a tener ningún efecto en la potenciación de la mediación concursal.

 

¿Qué opina del nombramiento de administradores concursales por riguroso turno de las listas aportadas por los colegios profesionales incluida en el proyecto de ley de reforma de la ley concursal?

Me parece una temeridad teniendo en cuenta los escasos requisitos que exige actualmente el legislador para darse de alta en las listas de administradores concursales de los colegios profesionales.

El actual sistema de designaciones es el menos malo y es el comúnmente aplicado en otros países de nuestro entorno. Confiamos plenamente en la profesionalidad e independencia de los jueces de lo mercantil.

Creo que la administración concursal es una profesión autónoma que exige una sólida formación y experiencia, no ya sólo en derecho concursal sino también en derecho de sociedades, derecho mercantil, contabilidad, derecho laboral, derecho tributario, gestión de empresas y negocios, habilidades en la venta y liquidación de activos.

Para llegar a ese sistema de turno por riguroso orden en la designación de administradores concursales, creo que se debería crear un colegio profesional o instituto de administradores concursales a nivel nacional y a los aspirantes a formar parte de esas listas se les debería exigir una formación teórica específica, en mi opinión, de no menos de 300 horas, la superación de una prueba objetiva y la acreditación de una determinada experiencia en un despacho de administración concursal, así como a los ya inscritos acreditar periódicamente su formación continua. En definitiva, algo parecido a los requisitos para ser auditor inscrito en el ROAC.

 

Usted como experto en arbitraje, ¿qué prefiere, ser abogado de parte o árbitro?

Como jurista que soy, amante de mi profesión, puedo decirle que ambas.

Evidentemente, desde el punto de vista humano es más difícil ser árbitro, pues al fin y al cabo vas a decidir y a acabar resolviendo el litigio dando la razón a una parte y no dándosela a otra. Pero puedo decirle que tan bonita y estimulante desde el unto de vista profesional y humano es una como otra.

 

España tiene más cortes arbitrales que ningún otro país, ¿cómo valora este dato?

Sin duda, hay un exceso de cortes arbitrales y, tal vez, el legislador debería ser más exigente con los requisitos para su constitución al igual que, de alguna forma, fomentar su unificación.

 

¿Puede el desarrollo de la mediación inclinar a las empresas a que empleen este método en lugar del arbitraje?

En mi opinión, al igual que arbitraje y jurisdicción ordinaria son incompatibles, mediación y arbitraje no lo son. Es posible acudir primero a la mediación y después al arbitraje o a la jurisdicción ordinaria.

Creo que dependiendo del objeto de la controversia, puede ser más interesante para el empresario acudir primero a la mediación o, bien, directamente al arbitraje.

 

 

 

 

 

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