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19 de ENERO de 2015

Gonzalo Stampa, abogado, director de CIMA:
“Es necesario que el control judicial del arbitraje ofrezca más seguridad jurídica a las partes”

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez, Fotos: Hans A. Böck

Gonzalo Stampa, abogado, director de CIMA

Este año que dejamos atrás hace días ha sido un ejercicio intenso para el mundo del arbitraje. Varias de las instituciones arbitrales de prestigio internacionales han adaptado sus reglamentos a las necesidades actuales. Una de ellas CIMA, Corte Civil y Mercantil realizó importantes modificaciones a mediados de octubre, donde también conmemoró su veinticinco aniversario. Ahora bajo la dirección de Gonzalo Stampa, profesional de reconocida carrera profesional afronta una nueva etapa y socio director del despacho de abogados del mismo nombre: “Todos estos cambios que hemos visto producirse en el sector vienen propiciados porque el cliente final desea más claridad y transparencia en lo que es el procedimiento arbitral, Hablamos de una persona física o jurídica que desea que sea controversia se resuelva bien”, afirma. Con este experto en arbitraje pasamos revista a los principales acontecimientos de un sector cada vez más en auge, sobre todo por la internacionalización de las empresas. Stampa no pide que el Estado ayude al arbitraje en su desarrollo pero sí que si realmente apuesta por este método alternativo de resolución de conflictos se forme mejor a los jueces en esta materia para que puedan ejercer un control judicial de los laudos más lógico y con más seguridad jurídica.

En primera persona

“Reconozco que dedicarme al arbitraje fue más por los estudios de derecho internacional privado en quinto de carrera que por otras circunstancias. Era el año 1990 y hace dos se había aprobado la ley de arbitraje de aquel momento. Eso de resolver los conflictos de otra manera al procedimiento judicial me llamó mucho la atención.

Acabada la carrera tuve la suerte de recalar en el despacho de Bernardo Cremades. Gracias a él pude especializarme en esta materia y seguir estudiando en Inglaterra la práctica arbitral. El mundo del arbitraje le debe mucho a Bernardo, un profesional muy valorado dentro y fuera de nuestras fronteras.  No tengo más que palabras de agradecimiento para él.

Trece años estuve en su despacho, ahí pude aprender muchas cosas a su lado. Pocos profesionales conocen como él por dentro este mundo tan complejo. Pero quería probar trabajar por mi cuenta y así arranco Stampa Abogados en enero del 2011.

Siempre he creído en la abogacía tradicional. Un concepto que se va perdiendo porque todo se mercantiliza. En ese contexto  la confianza y el trato personalizado es fundamental hasta que te conviertes en un confesor de cabecera de tus clientes.

Aun recuerdo mi primer arbitraje, tras el viaje a Londres que he comentado, en 1994 lo afronté en solitario, antes había colaborado en otros. Era un asunto que se gestionó en CCI sobre un complejo hotelero y unos problemas que se suscitaron con terceros. No fue mal el asunto. Ahora ya he realizado mi arbitraje número ciento treinta pero me sigue motivando mucho este mundo tan peculiar.”

 

Sr. Stampa, ¿el hecho de haberse producido tantos cambios durante el pasado año en los Reglamentos de prestigiosas cortes arbitrales indica que podemos ir a un modelo único en este sentido?

No, para nada y eso no sería bueno para el arbitraje, uno de los rasgos que define al arbitraje es la libertad de competencia. De hecho esa variedad de reglamentos permite que cada uno de ellos se pueda adaptar mejor a diferentes controversias.  Al mismo tiempo se ofrece muchas facilidades a las partes para que desarrollen su procedimiento como ellas quieran

En este contexto internacional sigue siendo CCI de París la referencia a nivel internacional.

Estamos hablando de la institución arbitral por excelencia. Una de las más veteranas porque data de 1923 y hay que reconocer que ha sabido adaptarse a los nuevos tiempos. Su capacidad de gestión está fuera de duda con esos más de 15.000 arbitrajes que habrá gestionado hasta la fecha.

Su liderazgo en este sector está fuera de duda pese a que hay otras entidades en Londres, Estocolmo de primer nivel también.

Se ha sabido adaptar muy bien a las exigencias de las partes y supo actualizar su Reglamento hace tres años para mejorar la disponibilidad y trabajo de los árbitros.  Este es uno de sus logros haber hecho Reglamentos comprensibles casi para todo el mundo.

Nadie duda que CCI está ahí por el trabajo de José Ricardo Feris, secretario general adjunto de esta entidad…

Solo puedo decir que es un gran profesional siempre muy pendiente de los cambios que hay en el sector y la verdad que su visión del arbitraje ha ayudado a que CCI se adapte a los nuevos tiempos.

En este entorno global, la internacionalización que genera más salidas de empresas a otros países también genera más arbitrajes de inversión, al tener conflictos con ciertos países.

El arbitraje de inversión pese a que parece que se circunscribe al CIADI, se ha podido utilizar siempre tanto via UNCITRAL,  u otras cortes como CCI, Viena o Estocolmo.

Que se acuda a CIADI es por el respaldo que tiene del Banco Mundial como promotor de esta entidad. Todo depende del tratado bilateral de protecciones inversiones que se suscriba en el que suele venir a que corte arbitral acudir si hubiera alguna disputa.

Para la persona que le gusta el arbitraje, el de inversiones es un rolls, un diamante. En él confluyen todas las áreas del derecho; tiene mucho derecho administrativo, derecho internacional público y privado, derecho civil e incluso derecho puramente arbitral.  Este es parte de su encanto y de su complejidad.

Fuera del CIADI hay buenos profesionales y buenas instituciones arbitrales que también pueden gestionar cualquier arbitraje de inversión. Ya la respuesta al asunto depende de la complejidad del mismo pero puede estar sobre los dos años aproximadamente.

El arbitraje de CIADI permite la publicidad de los laudos frente al arbitraje convencional. ¿En el futuro puede haber algún punto de encuentro entre ambas prácticas?

Son dos formas de ver la controversia diferentes. El arbitraje CIADI tiene su manera de funcionar aunque si las partes deciden no dar publicidad a esos laudos no se da.

En el arbitraje comercial pasa lo mismo con una paradoja, sobre todo estás protegiendo la privacidad de la controversia en sí y cuando tienes que ejecutar el laudo tienes que ir a la via judicial, con lo cual ese laudo se convierte en público

¿En este terreno, una entidad como la IBA y sus recomendaciones en materia de arbitraje tienen mucho peso para ustedes los expertos?

Son sugerencias de peso específico de nuestros colegas anglosajones pero son solo eso para los profesionales que nos dedicamos al arbitraje.  En los últimos años se han centrado en la práctica de la prueba y en la independencia e imparcialidad de los árbitros, dos cuestiones clave para el arbitraje.

Y este año que acabamos, donde CIMA ha modificado su Reglamento y cumplido veinticinco años, ¿es un punto de inflexión importante de cara al futuro?

“Creo que CIMA se percibe como una entidad independiente de cualquier poder o ideología que se pueda pensar. Su financiación no depende de terceros y sí de su funcionamiento y actividad.”

Sí, eso pensamos. Creo que nuestra institución arbitral se percibe como una entidad independiente de cualquier poder o ideología que se pueda pensar.  Su financiación no depende de terceros y sí de su funcionamiento y actividad.

Estos primeros veinticinco años señalan la consolidación de CIMA en el panorama arbitral nacional e internacional y de su propio prestigio, avalado por unos árbitros de primer nivel. Ahora dentro de nuestro Plan Estratégico se ha adaptado el Reglamento a los nuevos tiempos, a la vez que se impulsa la imagen internacional de la institución.

Da la sensación que ahora, tras ese cuarto de siglo, CIMA ya no está en el pelotón de las entidades arbitrales sino que se ha puesto en la cabeza y tira del sector.

Es posible que sea así. Hemos trabajado duro estos últimos años, duro y con humildad,  y ahora intentaremos seguir como una de las instituciones de referencias del sector.

Siempre se ha dicho que CIMA era la Corte de los Abogados del Estado, con cierta sorna.

Ese comentario es más una leyenda urbana que real. Hasta donde sé, este abogado que habla con usted no es abogado del Estado, al igual que pasa con otros profesionales que la integran.

La verdad que hemos logrado crear un grupo humano interesante, desde el presidente Juan Serrada hasta cualquier colaborador nuestro se implican a fondo. De los abogados del Estado solo podemos decir que son profesionales muy cualificados con un conocimiento del derecho y de la administración del Estado importante.

¿Qué objetivos se han marcado cuando decidieron modificar el Reglamento de CIMA?

Sobre todo tres muy a tener en cuenta: Que el Reglamento fuera a la vez, mejor estructurado, más comprensible y más actualizado con los tiempos que vivimos. Con estas modificaciones se le ofrecen a las partes un abanico de muchas posibilidades de cara a que puedan diseñar su procedimiento arbitral desde unos mínimos que se contemplan en la actualización realizada.

Sobre otra leyenda urbana, Sr Stampa, ¿el arbitraje sigue siendo tan caro como dicen?

Efectivamente es otra leyenda urbana. Todo depende de cómo se mida si es caro o no. En mi opinión no lo es por el ratio tiempo que permite que los asuntos se solucionen de manera más rápida que en un procedimiento judicial.

Lo que sí parece complicado es que el arbitraje cuaje en el mundo de las PYMEs, da la sensación que es un terreno mejor para la mediación empresarial.

Arbitraje y mediación no son excluyentes. Hay que darse cuenta que a las partes hay que darles soluciones y sobre todo que sepan que tienen que asumir luego las consecuencias de esa decisión que tienen en cuenta.

Desde esa perspectiva el Estado tiene que ofrecer esos mecanismos de solución de controversia para que las partes elijan el que mejor les convenga.  Hay que darse cuenta que ni la mediación ni el arbitraje sirven para todo.

¿Cuál debe ser el papel del Estado en este contexto de métodos extrajudiciales?

Sobre todo el de dotar de organismos de control judicial que ofrezcan seguridad jurídica a las partes. No digo que no exista seguridad jurídica sino que se puede mejorar y reforzar este concepto.

Es fundamental que los fallos de los tribunales cuando se apela el laudo sean previsibles tal y como sucede en Francia e Inglaterra donde el arbitraje cumple unos parámetros con un control judicial previsible

No puede ser que el criterio de un laudo en un tribunal dependa del estado de ánimo del juez en ese momento. Si hay esa inseguridad en una institución como es el arbitraje, empresas y pymes dejarán de acudir a la misma.

Pero en principio, esa anulación del laudo es solo por aspectos formales, como dice la ley…

Esa es la teoría pero al final te das cuenta que los jueces sí entran en el fondo del asunto para argumentar cuestiones formales. No puede ser que tres sentencias dictadas por asuntos similares tengan fallos diferentes. Eso no crea seguridad jurídica.

Entonces, ¿necesitamos algún cambio normativo más en estos momentos?

“Más que nuevas leyes, lo que necesita el sector del arbitraje es que se invierta  en formación especializada. Que nuestros jueces puedan tras conocer a fondo el arbitraje unificar criterios en muchos asuntos similares.”

Más que nuevas leyes, invertir en formación especializada. Que nuestros jueces puedan tras conocer a fondo el arbitraje unificar criterios en muchos asuntos similares. Los criterios interpretativos deben ser uniformes esa es la clave de la seguridad jurídica de la que hablábamos antes.  Para que las pymes puedan aceptar el arbitraje como otro método de resolución de controversias hay que trabajar mucho en este tema aún.

No sería descartable y aportaría mucho que los propios TSJ que ahora ven las posibles impugnaciones pudieran tener secciones especializadas en materia arbitral con gente formada que conozca el arbitraje a fondo y tenga unos criterios uniformes.

En estos años de arbitraje contemporáneo, desde el 2003, ¿no tiene la sensación que el Estado no ha hecho nada por promocionar el arbitraje, salvo crear el marco legal adecuado?

No estoy de acuerdo con lo que se dice a este respecto. De hecho no soy partidario de la intervención de Papá Estado en este tipo de actividades. Tenemos una legislación muy buena, pese a la reforma del 2011 sigue siendo buena pero no creo que deba ser él quien haga el desarrollo de la actividad.

Este desarrollo y puesta en marcha corresponde a los especialistas o entidades del sector: instituciones arbitrales, jueces, árbitros y  a abogados, sobre todo y algunas asociaciones empresariales que quieran vincularse para su posterior desarrollo.

Lo que sí se podría hacer es crear un edificio centralizado como el de Londres o París donde tienes las salas de audiencia en el centro de la ciudad y tienes una infraestructura adecuada para que las instituciones arbitrales y las partes puedan acudir ahí.

Aunque las comparaciones son odiosas, ¿qué nivel tienen nuestras instituciones arbitrales respecto a las europeas?

El problema de un país como el nuestro es que tenemos una autoestima baja. Las instituciones que tenemos ahí están, hacen muy bien su trabajo y tienen detrás gente muy competente. Ahora mismo se alaba el trabajo de la Corte Española de arbitraje;  de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid y la propia CIMA

¿Qué nos falta para estar, entonces a su nivel?

Nos falta tiempo de cocción, es decir, madurez y apoyo institucional en aspectos como el que le he comentado de mayor formación de nuestros jueces en arbitraje, una cuestión que mejoraría sin duda la seguridad jurídica de sus decisiones posteriores. Y quizás algo de audacia en determinados momentos.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 

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