MARKETING

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

Q-LAWYER

DIRECTORIO

Noticias de Despachos

Operaciones

Vida Colegial Comunidad Legal Sistema Judicial Internacional
Arbitraje Mediación TIC Abogados Jóvenes Entrevistas Colaboraciones/Opinión Reportajes Agenda BLOGS LP emprende

 
 
 
29 de ENERO de 2015

Antonio Oliver, director jurídico del Grupo Barceló:
“El abogado in house es ahora clave en la empresa por su papel minimizador de riesgos”

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

El final de este mes de enero marca la puesta en marcha de FITUR, la Feria de Turismo Internacional en los recintos feriales de la capital de España. Todo un termómetro para saber si realmente la recuperación se está logrando en nuestro país. En este contexto hemos querido conocer la opinión de un abogado como Antonio Oliver, director jurídico del Grupo Barceló en los últimos dieciséis años. El Grupo Barceló, creado en Palma de Mallorca hace más de 80 años, es una de las compañías turísticas líderes en el mercado español y una de las más importantes a nivel mundial. A través de su sección de viajes del hotel y la sección de la empresa opera más de 140 hoteles en 17 países y más de 400 agencias de viajes en 22 países. El grupo es propiedad de la familia Barceló y ha sido gestionado por tres generaciones de miembros de la familia. Nuestro interlocutor reconoce que el papel del abogado inhouse va cambiando en el seno de la empresa. “El perfil  actual es más de gestor que especialista jurídico y cada vez más ligado a la dirección de la empresa”, comenta. Desde su punto de vista tender hacia contratos más flexibles es una buena idea siempre y cuando “los acuerdos sean ecuánimes y no produzcan diferencias entre las partes, desde el inicio contractual.”

 

Sr. Oliver, ¿cuál es la configuración del departamento legal que usted dirige?

Los servicios jurídicos de nuestra corporación han evolucionado mucho a lo largo de estos últimos años. Es evidente el peso estratégico de los mismos de cara a minimizar riesgos. Cuando me incorporé al Grupo hace dieciséis años poca influencia tenía en el seno de la empresa.

En la actualidad esta área legal está configurada por un responsable, un equipo de cinco  Abogados y personal administrativo en número de seis.  El Responsable del Departamento tiene dependencia directa con el CFO, lo que ayuda a compatibilizar las necesidades jurídicas con resto de necesidades del Grupo, de una manera más ágil y flexible.

“Los contratos flexibles se aceptan  siempre que los acuerdos sean ecuánimes, y no produzcan diferencias entre las partes, desde el inicio contractual”

El Tribunal Supremo ha hecho público un fallo, la famosa sentencia Accor, donde se aplica por vez primera la cláusula rec sic stántibus…

A la hora de hablar de este fallo es fundamental contextualizar este caso: Con independencia de las expectativas de la explotación del negocio, el contexto económico del momento de la celebración del contrato (1999 a 2004), de inusitado crecimiento y expansión y la promoción urbanística de la zona de ubicación de los hoteles, formó parte de la base económica del negocio suscrito.

No puede imputarse únicamente a la arrendataria (aun siendo empresa relevante del sector), la falta de previsión de la crisis económica en la realidad contractual, en los años posteriores a la firma del contrato, y durante la vigencia del mismo

La imprevisibilidad de la crisis económica es generalizada en Valencia a partir de 2009, con caídas del 42, 3% en el rendimiento por habitación, cierre de  hoteles emblemáticos y renegociaciones de rentas. En este sentido, la propia arrendadora accede a renegociar otro contrato con otra cadena hotelera en 2010, 50 % de la renta.

Excesiva onerosidad como exponente de la ruptura de la relación de equivalencia de las prestaciones, acreditado a través de las pérdidas acumuladas en épocas de crisis o incluso la ausencia de todo beneficio en la cadena hotelera.

En la actualidad, prima el principio del “favor contractus” o conservación del negocio sobre todo en contratos de arrendamiento de larga duración.

La significativa caída de la demanda en el sector y notable registro de pérdidas llevan a que la reducción de la renta propuesta por el informe pericial 29 % sea ajustada al reequilibrio de la economía. Se reduce la renta desde la presentación de la demanda hasta el final del ejercicio de 2015, al entenderse ajustado al contexto temporal afectado por la alteración de las circunstancias

Ello no significa, que pueda generalizarse a cualquier/todos los casos, que se nos ocurra, hay que ir supuesto a supuesto.

¿Está de acuerdo en la necesidad de contratos flexibles que recojan problemáticas que puedan surgir entre propietario y otros interlocutores?

Estos contratos flexibles que usted indica son interesantes  siempre que los acuerdos sean ecuánimes, y no produzcan diferencias entre las partes, desde el inicio contractual.

Sobre su sector, ¿la crisis ha elevado la conflictividad en la actividad hotelera?

Sí, efectivamente la conflictividad se está incrementando, sobre todo en impagados.

En el contexto entre acuerdos extrajudiciales o acudir a pleito, ¿donde se sitúa usted?

La voluntad e intención, siempre es llegar a acuerdos extrajudiciales que minimicen el riesgo de un proceso judicial largo y farragoso, pero no siempre es posible.

Me imagino la complejidad de su trabajo, normativa autonómica, estatal y otra legislación por la expansión de Barcelo a otros países.

Intentamos en la manera de lo posible estar actualizado ante tanta norma vigente, sobre todo en legislación municipal, autonómica y estatal. Las grandes cadenas hoteleras debemos conocer esa normativa donde están ubicados nuestros establecimientos. Suele ser siempre un condicionante importante a la hora de expandirte como grupo.

Le hablaría de la legislación de costas o de la llamada servidumbre de protección; la servidumbre de paso que, en una CCAA como Baleares está regulado por los Consells de Mallorca aunque hay competencias transferidas a los ayuntamientos.

Es complicado estar al día por tanta legislación existente pero es necesario hacerlo para evitar cualquier problema o sanción.  Ahí el apoyo de los abogados externos es clave para colaborar con nosotros en nuestro trabajo y en ese cumplimiento normativo.

¿Considera que los abogados inhouse son los grandes desconocidos de la profesión jurídica?

Sí, ya que la labor que desarrollamos es una labor sorda pero necesaria, que no tiene visibilidad mediática, aunque cada vez más, se está reconociendo nuestra labor.

¿Considera que la crisis ha cambiado el papel que ustedes tienen en las empresas?

Hay que darse cuenta que hemos sido hasta hace poco una pieza más dentro de la empresa. Ahora con la labor legislativa nuestro papel tiene más relevancia y es estratégico para cualquier compañía de cierto nivel contar con un departamento legal adecuado y bien formado.

Este entorno nuevo ha ayudado a subrayar y matizar  la labor propiamente jurídica del abogado inhouse, ahora necesario más que nunca. Nuestra labor ahora es la minimizar los riesgos que rodean a la empresa.

 ¿Qué rasgos deben definir este perfil?

 El perfil  actual es más de gestor que especialista jurídico.

¿Qué criterios ha empleado para buscar sus asesores externos?

Se supone que son buenos técnicos pero queremos también que conozcan el objetivo de la empresa. En nuestro caso, nos resulta fundamental que conozcan muy bien la problemática del sector en donde se desenvuelve nuestro grupo. Es clave que sean competitivos y que ofrezcan un asesoramiento multidisciplinar.

Dicho esto también hay que valorar a la hora de contar con esos abogados externos factores como la empatía que puedas tener con los letrados que van a ser tus interlocutores; el conocimiento del sector, como antes le indiqué; las facilidades para adaptarse a las necesidades de la empresa.  En este sentido creo que en disponibilidad se ha avanzado mucho, los despachos con los que trabajamos su disponibilidad es de cien por cien

¿Dónde está la clave de una mejor relación entre abogados inhouse y despachos?

Que los despachos conozcan exactamente las necesidades del cliente, en este caso de la Empresa que contrata sus servicios a través de los abogados inhouse.

También es fundamental que esos interlocutores que han “vendido” ese servicio legal del despacho sigan siendo tus interlocutores a lo largo del tiempo. Algunas ocasiones te encuentras con esa tesitura lo que no ayuda al abogado inhouse a realizar su trabajo dentro de su propia empresa.

Un experto como Susskind señala que las empresas quieran más servicio pero por menos coste legal. ¿Está usted de acuerdo?

Ha sido una tendencia habitual hasta la fecha, pero que va evolucionando hacia la seguridad jurídica. Creo que es un error que las empresas recorten el llamado gasto legal cuando ahora observamos el incremento de obligaciones que hay para cualquier empresa.

En nuestro caso, la tendencia es la inversa y nuestro Grupo apuesta por el asesoramiento legal sobre todo por ese factor de poder minimizar riesgos. Desde esa perspectiva nuestro trabajo ha dejado de ser un coste para la empresa y se le puede sacar una rentabilidad evitando ese tipo de problemas.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 

MARKETINGG

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

DIRECTORIO

Nosotros  /  Nuestro Equipo  / Contacto 

copyright, 2015 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain - 
Tel.: + 34 91 858 75 55  -  Fax: + 34 91 858 56 97
info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal