MARKETING

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

Q-LAWYER

DIRECTORIO

Noticias de Despachos

Operaciones

Vida Colegial Comunidad Legal Sistema Judicial Internacional
Arbitraje Mediación TIC Abogados Jóvenes Entrevistas Colaboraciones/Opinión Reportajes Agenda BLOGS LP emprende

 
 
 
06 de MARZO de 2015
Expertos reunidos en Bilbao por Forest Partners analizan la figura del experto en los conflictos

LAWYERPRESS

Magistrados, árbitros, abogados y empresas debatieron sobre el papel crítico que juega el profesional en los diferentes procedimientos

Notables personalidades del mundo de la judicatura, abogacía y empresa privada se dieron cita el pasado 26 de febrero en un evento organizado por Forest Partners, con la colaboración de la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi y del Departamento de Administración y Justicia del Gobierno Vasco, así como el apoyo de la Agencia Vasca de la Innovación (Innobasque), en el que se abordó el papel que juega el experto en los diferentes procedimientos existentes para la resolución de conflictos (judicial, arbitral, mediación y derecho colaborativo). Asimismo, se introdujeron las principales características y diferencias del derecho colaborativo, un método alternativo e innovador en la resolución de conflictos. Moderó el encuentro José Vicente Estrada, socio fundador de Forest Partners, e intervinieron como ponentes, Marcos Bermúdez Ávila, Magistrado del Juzgado Mercantil nº1 de Bilbao, María José de Anitua Trevijano, Presidenta de la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi, Ana Armesto Campo, Árbitra, Mediadora y miembro de la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi, y Alejandro Elejabarrieta Goyeneche, Responsable de los servicios jurídicos de Caja Laboral y Árbitro del Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi.

Es evidente que actualmente los juzgados en general, y los juzgados mercantiles en particular, están saturados con infinidad de procedimientos, debido tanto al impacto de la crisis en el incremento del número de los procesos concursales como a la cultura de confrontación y la tradición que tenemos de litigar. Esto provoca una sensación de insatisfacción, tanto de los ciudadanos como en ocasiones, de los propios profesionales jurídicos.

Asimismo, cuestiones de interés en el sector como los resultados de la aplicación de la mediación en el ámbito mercantil así como la aplicabilidad del derecho colaborativo en el mismo, aspectos destacables de la resolución de conflictos en el ámbito cooperativo, y los expertos de parte frente a los expertos neutrales fueron objeto de debate en esta jornada.

Maria José de Anitua  realizó una exposición del origen y las bases del derecho colaborativo, un método alternativo e innovador de resolución de conflictos, que se centra en las necesidades e intereses de las partes, y en la búsqueda y adopción de una solución acordada y satisfactoria.

Es una vía que persigue evitar la judicialización del conflicto y el acuerdo a través de una negociación privada donde las partes están apoyadas y asesoradas en todo momento por sus respectivos abogados y por otros profesionales de cualquier ámbito cuya intervención sea oportuna para obtener una solución adecuada.

Su base principal consiste en la negociación en equipo entre los abogados y sus clientes y otros profesionales (economistas, coaches, mediadores, árbitros, …) que puedan colaborar para alcanzar un acuerdo a largo plazo, para lo que se requiere la máxima transparencia y respetar la confidencialidad del proceso.

Explicó también que en este método, los abogados colaborativos participantes en el proceso se comprometen a que, en el caso de no llegar a un acuerdo satisfactorio, no podrán representar a sus clientes en un futuro contencioso sobre la materia.

Por su parte, Marcos Bermúdez realizó un repaso de los resultados del proyecto piloto entre los Juzgados de lo Mercantil de Bilbao y la Cámara de Comercio para extender la mediación como fórmula alternativa para la resolución de conflictos, precisamente para dotar de mayor agilidad y eficacia a los procesos judiciales.

En términos prácticos, resaltó como aspecto trascendental para el éxito de otros métodos de resolución de conflictos que las partes no estén inmersas en un procedimiento judicial con anterioridad, hecho que obstaculiza la disposición a negociar. En cuanto a la aplicabilidad de métodos alternativos en el ámbito mercantil, destacó los conflictos entre socios, en especial en el caso de que ambos mantengan un porcentaje de participación similar.

Experto, clave para resolver conflictos

Del mismo modo,  Bermúdez aludió a que el papel del experto es esencial en la resolución de conflictos, debiendo ser objetivos y fundamentar sus conclusiones, sin que el hecho de ser perito de parte menoscabe su independencia.

En su intervención,  Ana Armesto expuso las diferencias fundamentales entre el derecho colaborativo y otros métodos, definiendo el derecho colaborativo como “un paso más” a la mediación.

En el derecho colaborativo, a diferencia del Arbitraje, son las partes quienes deciden por sí mismas la solución que más les conviene, sin dejar que sea un tercero quien decida por ellas. En la Mediación, el mediador es y tiene que ser neutral, mientras que los profesionales que intervienen en el proceso colaborativo representan a las partes y requieren determinada cualificación profesional.

En cuanto al experto financiero, la diferencia fundamental con otros métodos es que debe ser neutral, trabajando con ambas partes hacia el establecimiento de metas financieras y de resolución de problemas. Este aspecto exige que los expertos reúnan habilidades adicionales y reciban formación técnica específica para poder actuar en un proceso colaborativo.

Alejandro Elejabarrieta por su parte, abordó los aspectos más significativos de la resolución de conflictos en el ámbito cooperativo, destacando la importancia del aspecto preventivo y de buenas prácticas corporativas como elemento para minimizar el riesgo de conflictos empresariales.

En este sentido, según apuntó el Sr. Elejabarrieta, en la mayoría de las ocasiones, los conflictos en una cooperativa de socios trabajadores tienden a resolverse a través de métodos tendentes a la negociación sin necesidad de acudir a métodos de confrontación, como consecuencia de tener implantadas medidas adecuadas para la prevención de los conflictos.

Resultó destacable el consenso entre los ponentes en relación al papel crítico que juegan los expertos en los conflictos dentro del ámbito económico y empresarial, así como la necesidad de adaptarse y formarse en las habilidades que se exigen en otros métodos de resolución de conflictos distintos a los tradicionales.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
Nosotros  /  Nuestro Equipo  / Contacto 

copyright, 2015 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain - 
Tel.: + 34 91 858 75 55  -  Fax: + 34 91 858 56 977
info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal