En
los
medios
de
comunicación
he
visto
que
un
fragmento
de
la
llamada
operación
Gürtel,
se
ha
movido
procesalmente.
El
juzgado
de
instrucción
ha
dado
traslado
a
las
defensas
para
que
lleven
a
cabo
su
escrito
de
“defensa”,
de
acuerdo
con
las
normas
que
regulan,
en
nuestro
país,
el
denominado
procedimiento
abreviado,
y
esto
ultimo,
como
es
sabido,
no
deja
de
ser
mas
que
un
perverso
eufemismo.
Después
de
casi
10
años
en
que
judicialmente
se
inició
la
investigación
procesal,
me
parece
de
un
cinismo
inaudito,
continuar
hablando
de
procedimiento
abreviado.
Y ya
nos
avisan
los
medios
de
comunicación
que,
con
toda
seguridad,
el
juicio
oral
no
será
para
el
2015,
en
todo
caso
seria
para
el
2016.
Mientras
tanto
todos
los
imputados,
o si
se
quiere,
acusados,
disfrutando
en
libertad
del
dinero
que,
en
propio
beneficio,
parece
ser
cobraron
o
desviaron
para
sus
bolsillos.
Me
parece
absolutamente
impresentable
el
espectáculo
que
está
dando
nuestra
administración
de
justicia,
que
no
puede
ser,
en
modo
alguno,
ignorado,
ni
menos,
silenciado.
Continuamos,
pues,
utilizando
una
supina
hipocresía,
cuando
se
afirma,
a
bombo
y
platillo,
que
en
España
hay
corrupción
pero
funcionan
las
instituciones
encargadas
de
su
represión.
No
es
verdad.
En
España
hay
corrupción,
y
mucha,
y en
muchos
niveles
y
áreas
del
sector
publico,
y
no
funcionan
las
instituciones
encargadas
de
su
persecución
y
castigo.
No.
Porque
si
funcionaran
bastantes
casos
pendientes
de
resolución
estarían
ya
completamente
resueltos
y
archivados,
en
toda
sus
instancias,
incluida
la
constitucional
y en
su
caso
hasta
la
europea.
Pero
aquí
no
funcionan.
No
caben
excusas
de
ninguna
clase,
y
menos
la
que
ya
es
tópico
como
es
la
de
la
“sobrecarga
de
trabajo
de
los
órganos
jurisdiccionales”.
Una
justicia
tardía
no
es
justicia
es
un
burdo
expediente
para
enmascarar
y
hacer
olvidar
los
hechos
penales
investigados.
Necesariamente
debemos
pensar
ya
que
si
el
poder
judicial
se
muestra
bastante
ineficaz
desde
el
planteamiento
de
su
invariable
morosidad,
pues
la
solución
debe
intentarse
desde
un
profundo
cambio
legislativo.
En
suma,
hay
que
reflexionar
seriamente
en
una
reforma
y
muy
a
fondo
de
las
leyes
procesales
con
la
mentalidad
de
acelerar,
sin
menoscabo
de
las
garantías,
la
tramitación
de
los
procedimientos
sobre
todo
penales
con
un
contenido
jurídico
penal
basado
fundamentalmente
en
la
corrupción
política
que
ahora,
parece
ser,
nos
asalta
por
doquier.
El
Congreso
de
los
diputados
debiera
activar
la
creación
consensuada
de
una
Comisión
con
esa
sola
finalidad,
y ya
es
bastante.
Relativa,
de
forma
exclusiva,
a la
morosidad
en
la
administración
de
justicia
y
que
se
plantee
los
puntos
relevantes
para
que
se
acelere
la
praxis
forense
en
materia
de
corrupción
política.
No
se
me
ocurre
otra
cosa,
mas
que
la
creación
de
un
procedimiento
especial
que,
honestamente,
sea
el
cauce
para
la
aplicación
del
Derecho
penal
sustantivo,
pues
este
ultimo
poco
puede
hacer
si,
con
posterioridad,
no
se
le
imprime
la
celeridad
exigible
en
la
persecución
de
los
hechos
imputados.
Los
políticos
deben
plantearse
tan
trascendental
cuestión
y no
deben
olvidar
que
la
corrupción
tan
generalizada
como
se
encuentra
en
España
no
es
mas
que
el
preludio
de
una
hecatombe
que
puede
terminar
hasta
con
el
mismo
sistema
político
imperante,
en
resumen,
con
la
propia
democracia
y
luego
vendrán,
con
toda
razón,
los
lamentos.
Pero,
entonces
ya
será
tarde,
y
ahora
estamos
al
borde
del
precipicio.
Manuel
Cobo
del
Rosal
Abogado
y
Catedrático
de
Derecho
Penal.
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