El
pasado
16
de
julio
se
aprobó
la
reforma
del
Sistema
de
Protección
a la
Infancia
y a
la
Adolescencia,
que
modifica
un
total
de
19
leyes
referidas
a
menores,
entre
ellas
la
Ley
de
Enjuiciamiento
Civil,
la
Ley
de
Adopción
Internacional,
el
Código
Civil
o la
Ley
Orgánica
de
Protección
Jurídica
del
Menor.
Para
analizar
su
alcance,
y su
impacto
sobre
el
sistema
de
acogimiento
familiar,
la
directora
general
de
Servicios
para
la
Familia
y la
Infancia
del
Ministerio
de
Sanidad,
Servicios
Sociales
e
Igualdad,
Salomé
Adroher,
y
expertos
del
campo
de
la
psicología,
el
derecho
y
representantes
de
asociaciones
de
acogida
participaron
hoy
en
el
Foro
Servimedia-Comunicación
“El
acogimiento
familiar
en
España
tras
la
modificación
del
sistema
de
protección
a la
infancia
y a
la
adolescencia”,
moderado
por
Arturo
San
Román,
director
de
Comunicación
de
Servimedia.
La
directora
general
de
Servicios
para
la
Familia
y la
Infancia
destacó
que
se
trata
de
“dos
leyes
mellizas”
que
han
sido
“profundamente
consensuadas”
por
todos
los
sectores
afectados.
En
su
opinión,
el
reconocimiento
de
“vivir
en
familia
como
derecho
fundamental
del
niño,
y
principio
general
de
las
administraciones”,
así
como
el
establecimiento
de
un
sistema
de
comunicación
estatal
que
permitirá
identificar
familias
de
acogida
entre
distintas
comunidades,
son
algunos
de
los
aspectos
decisivos
del
nuevo
marco
jurídico.
Según
Adroher
es
de
celebrar
que
se
“otorgue
por
fin
su
papel
a
las
familias
de
acogida”,
concibiéndolas
como
“protagonistas
absolutos
del
sistema
de
protección”.
La
institucionalización
“debe
ser
el
último
de
los
recursos
existentes”
en
el
sistema
de
protección
a la
infancia,
según
explicó
Jorge
Cardona,
miembro
del
Comité
Internacional
de
los
Derechos
del
Niño,
y es
por
esto
que
aunque
“no
hay
soluciones
perfectas
ni
únicas,
ya
que
cada
niño
necesita
una
solución
diferente”,
es
fundamental
que
la
actual
reforma
apuesta
explícitamente
por
el
acogimiento
familiar,
en
virtud
de
la
desinstitucionalización
de
los
niños.
La
reforma
actual
es,
según
Carmona,
la
“primera
Ley
en
el
mundo”
que
recoge
las
orientaciones
que
el
Comité
Internacional
de
los
Derechos
del
Niño
realiza
en
cuanto
a la
inserción
del
concepto
de
Interés
Superior
del
Niño
como
concepto
rector
de
las
normas
que
afecten
a
los
sistemas
de
protección
a la
infancia
y
adolescencia.
Paloma
Fernández,
presidenta
de
la
Asociación
Estatal
de
Acogimiento
Familiar
((ASEAF),
reforzó
también
esta
afirmación,
al
remarcar
que
la
reforma
actual
“posiciona
a
los
menores
como
personas”,
al
“priorizar
el
acogimiento
familiar
sobre
el
residencial
en
beneficio
del
niño”.
Fernández
aseguró
además
que
en
España
existe
todavía
un
“gran
desconocimiento”
sobre
la
figura
del
acogimiento
familiar,
y
comentó
que
“es
llamativo
que
siendo
la
sociedad
tan
generosa,
haya
tantos
niños
en
situación
de
desamparo”.
La
reforma
actual
implica
cambios,
tal
como
indicó
Clara
Martínez,
directora
de
la
Cátedra
Santander
de
Derecho
y
Menores,
“en
todo
el
sistema
de
protección”,
pero
es
en
el
acogimiento
familiar
donde
impacta
“de
forma
más
clara
y
con
mayor
potencial
en
la
realidad
de
los
niños”.
Según
Martínez,
el
hecho
de
que
la
reforma
se
dicte
desde
la
competencia
exclusiva
del
Estado
es
de
suma
importancia
para
“armonizar
criterios
esenciales
en
protección
a la
infancia
entre
las
distintas
comunidades”,
y
para
que
en
todas
ellas
sean
de
obligada
aplicación
los
aspectos
fundamentales
recogidos
en
la
legislación
estatal.
La
importancia
del
interés
superior
del
menor
Por
su
parte,
el
psicólogo
especializado
en
menores
José
Antonio
Reguilón
destacó
la
importancia
de
“pensar
en
el
Interés
Superior
del
Menor,
y
situarlo
en
el
centro
del
sistema
de
protección”,
ya
que
desde
punto
vista
clínico,
significa
“que
el
niño
pueda
nombrar
lo
que
le
sucede
y
sea
escuchado”,
y
“el
acogimiento
familiar
es
una
forma
de
escuchar
a
esos
niños
en
situación
de
maltrato
o
abandono”.
María
Araúz
de
Robles,
vicepresidenta
de
la
asociación
ADAMCAM
y
coordinadora
del
II
Congreso
Interés
Superior
del
Niño,
destacó
que
las
familias
de
acogida
creen
firmemente
en
la
“importancia
de
los
plazos
y
para
lo
que
un
niño
será
el
futuro”,
ya
que
“las
experiencias,
aunque
sean
cortas,
le
marcan
para
toda
su
vida”.
Según
Araúz,
la
reforma
es
bienvenida
porque
es
necesario
“invertir
el
sistema”
porque
no
es
posible
que
“haya
15.000
menores
en
diferentes
centros
residenciales
sin
poder
vivir
con
ninguna
familia”.
Javier
Huete,
Fiscal
General
de
Coordinación
de
Menores,
cerró
el
encuentro
celebrando
que
la
reforma
actual
recoja
“el
interés
superior
del
niño
no
sólo
como
derecho
sustantivo,
sino
como
principio
interpretativo
y
norma
del
procedimiento”.
La
actual
reforma
supone,
en
opinión
de
Huete,
un
bloque
normativo
que
“cambia
la
perspectiva
procesal,
normativa
y
constitucional
de
los
derechos
del
menor”,
y
que
establece
por
ley
aspectos
tan
importantes
como
la
“mayor
cercanía
en
la
actuación
de
los
fiscales”,
o la
concreción
en
una
materia
“tan
compleja”
como
es
la
del
acogimiento
residencial
de
menores
con
problemas
específicos
de
conducta.
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