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29 de SEPTIEMBRE de 2015

La futura Lecrim otorgará al juez el control de las investigaciones tecnológicas que se hagan para luchar contra el cibercrimen

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

El Ministro Catalá y el magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco explican en Deusto Business School el alcance de este importante cambio normativo

Será este próximo jueves cuando el Congreso de los Diputados apruebe la reforma parcial de la LECRIM, Ley de Enjuiciamiento Criminal, una reforma procesal que pretende agilizar la instrucción penal y reforzar su seguridad jurídica. Otro de los cambios más destacados tiene que ver en la lucha contra el cibercrimen. Por vez primera, nuestra normativa regulará cualquier tema relacionado con las investigaciones tecnológicas o medidas similares que tendrán una duración restringida de año y medio y estarán controladas por el juez de instrucción.  La presentación del Programa de Innovación de Ciberseguridad de Deusto Business School en la capital de España tuvo a Rafael Catalá, Ministro de Justicia y a Eloy Velasco, Magistrado de la Audiencia Nacional y director del curso, sus padrinos.  España en estos momentos es el segundo país del mundo que más ciberataques sufre: entidades financieras, medios de comunicación y empresas energéticas se llevan la palma en este tipo de agresiones virtuales que pueden causar pérdidas de información importante.

Según cuentan los expertos en ciberseguridad es complicado verse ajeno a un ciberataque. Lo mejor es intentar minimizar sus efectos. Desde esta perspectiva nada mejor como invertir en tecnología, cada vez más sofisticada y cumplir con la normativa, también más exigente a medida que Internet se complica. “Nuestra Estrategia Nacional de Ciberseguridad se aprobó en el 2013 y apuesta por un ciberespacio, seguro y libre donde se puedan proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos. No es fácil encontrar un equilibrio entre seguridad y esa salvaguarda de esos derechos”, apuntó Rafael Catalá. Al mismo tiempo el propio Código Penal ha introducido otro tipo de delitos relacionados con el uso de las tecnologías que pretende proteger a mujeres, menores o víctimas de trata. “Creo que desde ese punto de vista la reforma penal es bastante realista y busca soluciones prácticas”, destacó. Y recordó como la Ley 2/2015 pretende completar esa reforma penal con la regulación de otros delitos relacionados con la exaltación del terrorismo.

En opinión del Ministro de Justicia, uno de los valores añadidos de esta nueva LECRIM, que se aprobará este jueves y entrará en vigor en diciembre, es que por vez primera ofrece multiples variantes para regular las investigaciones tecnológicas que se hagan para perseguir el delito. “Esta reforma ha contado con el apoyo de jueces, fiscales, y abogados expertos en estos temas que han coincidido en la necesidad que sea el juez quien controle desde la instrucción este tipo de investigaciones y toda la tecnología que se use para perseguir el delito”, destacó.  Y aseguró que los derechos de los ciudadanos estarán protegidos porque lo que pretende esta regulación es perseguir aquellos que van contra el orden establecido y el propio Estado de Derecho. “Las nuevas tecnologías son importantes y en muchos países aportan hasta el 20 por cien del PIB de muchos países pero también ofrecen riesgos y amenazas, sobre todo a nivel de delincuencia cada vez más sofisticada”, indicó.

Fue Eloy Velasco antiguo alumno de Deusto, magistrado de la Audiencia Nacional, con quien ya habíamos hablado hace tiempo de la necesidad de regular el ciberterrorismo y otros delitos que utilizan las redes como plataforma http://goo.gl/TWf6oY , quien explicó a los asistentes los detalles de la citada reforma procesal y su parte tecnológica. “Es importante que exista un control judicial en las comunicaciones y en la investigación tecnológica. En este contexto, la Lecrim deja claro que sólo fiscales y policía pueden pedir al juez el uso de estos medios para mejorar la investigación y perseguir el delito.” Otro aspecto de esta reforma es que obliga a operadores tecnológicos que gestionen datos a colaborar de forma obligatoria. “Los cambios normativos pretenden que se gestionen piezas individuales, secretas y que esas medidas que se van a utilizar tengan un tope, ahora marcado en año y medio”. También queda regulado que se hará con esa información que se almacena o si se destruye y el llamado hallazgo casual que se consigue de una causa en otra abierta por otro motivo.  Este cambio normativo también regula el uso de las cámaras de televisión por la policía de forma represiva, siendo el único agente social que lo pueda emplear; la regulación de dispositivos que almacenan datos de forma masiva, al igual que el uso remoto de equipos informáticos para la investigación. “ La figura del agente encubierto informático aparece por vez primera y también necesitará de la autorización del juez”, recalcó.

Para este magistrado la regulación cibernética de muchos delitos y la aparición de otros muchos queda complementada con el Código Penal y su amplia reforma, ya en vigor desde el pasado 1 de julio. Así  aparecen nuevos tipos para figuras como el sexting, acoso pornográfico a menores a través de internet, el uso y el visionado de videos pornográficos también es delito así como el perfil de los acosadores en el artículo 172.3. “Gracias al caso Hormigos también es un delito tipificado el uso de videos grabados pese a la autorización de la persona implicada, tanto a nivel pornográfico como en otras situaciones”, recordó.  La reforma penal también recoge la incitación al odio en su artículo 510 y hace una llamada al ciberterrorismo en el 573.2, cuestión que ahora preocupa y mucho a todos los estados occidentales con la expansión del yihadismo. La reforma penal en su artículo 33 habla también de otros delitos como la estafa informática; el espionaje informático o el blanqueo de capitales vía telemática, cuestiones para que las empresas aún no han encontrado el antídoto para frenarlos.

 

 

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
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