El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy, por una mayoría
de catorce votos, el nombramiento del magistrado Miguel Pasqual del Riquelme
como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en ejecución de la
sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que el pasado 10 de mayo anuló
la anterior designación de este mismo candidato y ordenó retrotraer las
actuaciones al momento de la deliberación y votación entre las distintas
solicitudes presentadas.
En esta ocasión, el presidente y los vocales del órgano de gobierno de los
jueces solo han podido optar entre Pasqual del Riquelme y la magistrada de la
Audiencia Provincial de Murcia Pilar Alonso Saura, ya que un tercer aspirante
que en enero de 2015 fue incluido por la Comisión Permanente en la terna que se
elevó al Pleno –el expresidente de la Audiencia de Murcia Andrés Pacheco
Guevara- presentó esta misma semana su renuncia a figurar de nuevo como
candidato al cargo.
Resultado de la votación
En la votación celebrada esta mañana, Pasqual del Riquelme ha obtenido 14 votos,
dos más de los que consiguió en el Pleno de 29 de enero de 2015.
Este candidato ha recibido el apoyo del presidente del Tribunal Supremo y del
CGPJ, Carlos Lesmes, y de los vocales Mar Cabrejas, Ángeles Carmona, Álvaro
Cuesta, Nuria Díaz, Juan Manuel Fernández, Rafael Fernández Valverde, Fernando
Grande-Marlaska, Vicente Guilarte, Carmen Llombart, José María Macías, Juan
Martínez Moya, Gerardo Martínez Tristán y Wenceslao Olea.
Por su parte, Alonso Saura ha recibido 7 votos, los de los vocales Roser Bach,
Victoria Cinto, Enrique Lucas, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo,
Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda.
Motivación del nombramiento
El acuerdo del Pleno detallará ampliamente la motivación del nombramiento, tal y
como exigió la Sala Tercera en la sentencia en la que estimó parcialmente el
recurso contencioso-administrativo interpuesto por Alonso Saura y anuló la
primera designación de Pasqual del Riquelme.
Los fundamentos de la decisión adoptada hoy por el Pleno son los siguientes:
Programa de actuación
El Pleno ha considerado que las detalladas y elaboradas propuestas contenidas en
el programa de actuación de Pasqual del Riquelme –que llega a plantear un total
de 62 iniciativas- merecen una valoración extraordinariamente positiva frente a
las de Alonso Saura, escasas y genéricas.
El órgano de gobierno de los jueces destaca especialmente las aportaciones del
candidato elegido respecto de los que para el CGPJ son los retos más importantes
a los que se enfrenta en este momento la organización judicial: la implantación
de la nueva oficina judicial y su incidencia sobre el trabajo jurisdiccional,
las recientes reformas legislativas de desarrollo de la mediación intrajudicial
y la necesidad de incrementar los niveles de eficacia en la gestión,
transparencia y rendición de cuentas de la actividad gubernativa de los órganos
de gobierno del Poder Judicial.
Experiencia y participación en órganos de gobierno del Poder Judicial
El Pleno ha valorado la dilatada experiencia en este campo de Pasqual del
Riquelme, acreditada mediante su paso por decanatos, Salas de Gobierno y órganos
técnicos del CGPJ, superando en variedad de responsabilidades asumidas y
duplicando en duración la trayectoria de Alonso Saura.
Así, ambos son miembros de la Sala de Gobierno del TSJ de Murcia desde 2009,
pero Pasqual del Riquelme acumula una experiencia como juez decano de casi ocho
años frente a los menos de tres de Alonso Saura. Además, el candidato elegido
por el Pleno ha ejercido durante seis de esos ocho años como decano del partido
judicial de Murcia, con 54 unidades judiciales a su cargo, mientras que la
experiencia de Alonso Saura se limita a dos años en el de Lorca –con dos
Juzgados- y ocho meses en el de Vitoria –en una fecha en la que este partido
contaba con solo siete Juzgados-.
A ello se añaden los casi tres años que Pasqual del Riquelme se desempeñó como
letrado del CGPJ, llegando a ser jefe del Servicio de Relaciones
Internacionales, y su condición de miembro o exmiembro de la Comisión Jurídica
Asesora Nacional para la implantación de la Nueva Oficina Judicial o de la
Comisión Nacional de Jueces Decanos de España, entre otras responsabilidades.
Conocimiento de la situación de los órganos jurisdiccionales en el ámbito del
TSJ de Murcia
El Pleno ha considerado que, como miembros de la Sala de Gobierno del TSJ de
Murcia, los dos candidatos conocen la realidad judicial de la Comunidad
Autónoma, pero que el desempeño de Pasqual del Riquelme como juez decano de
Murcia durante los últimos seis años le otorga un conocimiento muy preciso y
concreto sobre el 47,7 por ciento de los órganos judiciales y el 64,5 por ciento
de los jueces y magistrados de la Región, que se concentran en ese partido
judicial.
Experiencia y aptitudes para la dirección, coordinación y gestión de los medios
humanos y materiales vinculados a la plaza
El Pleno ha valorado la amplia experiencia de Pasqual del Riquelme en este
campo, obtenida con ocasión de su labor en el Servicio de Relaciones
Internacionales del CGPJ –donde dirigió un equipo de doce personas-, por su
condición de encargado durante tres años de la Secretaría Permanente de la
Cumbre Judicial Iberoamericana –coordinando grupos de trabajo integrados por
representantes de los 22 Poderes Judiciales iberoamericanos- o como juez decano
de Murcia –dirigiendo un equipo de 17 personas y coordinando a 60 jueces y
magistrados-.
Frente a esta experiencia –complementada con formación académica específica como
la especialidad universitaria en Dirección Pública de Instituciones Políticas
Administrativas-, el único espacio de dirección, coordinación y gestión de
medios materiales y humanos que presenta Alonso Saura es su desempeño
jurisdiccional en las últimas dos décadas en una sección de Audiencia
Provincial.
Excelencia en el estricto ejercicio de la función jurisprudencial
El Pleno ha considerado que, partiendo de la mayor entidad de los méritos de
Alonso Saura en cuanto a su antigüedad en la Carrera Judicial, tiempo de
servicio en órganos colegiados, ejercicio en destinos de los órdenes
jurisdiccionales civil y penal y mayor número de sentencias dictadas, debe
constatarse también la acreditada excelencia profesional de Pasqual del Riquelme
en el ámbito estrictamente judicial, tanto por la calidad de las resoluciones
judiciales aportadas como por su amplia experiencia en la jurisdicción penal,
que se considera especialmente indicada para la Sala Civil y Penal del TSJ de un
territorio sin derecho civil foral o especial y que está llamada a asumir la
segunda instancia penal.
En cuanto a la antigüedad en la Carrera Judicial, el Pleno ha constatado que,
siendo superior la de Alonso Saura, la de Pasqual del Riquelme es de más de
veinticinco años y, por tanto, supera con creces la exigida para acceder a la
presidencia de un TSJ: un mínimo de quince años de pertenencia a la Carrera
Judicial y de diez años en la categoría de magistrado.
Presencia equilibrada de la mujer en cargos discrecionales
El Pleno hará constar en su acuerdo que tanto a lo largo del proceso selectivo
como en el momento de la deliberación y votación ha tenido en consideración los
principios rectores tendentes a asegurar la presencia equilibrada de la mujer en
cargos discrecionales, advirtiendo de que éstos no operan automáticamente cada
vez que una mujer concurra con candidatos varones a una plaza de nombramiento
discrecional, sino solo cuando se aprecie una igualdad sustancial de méritos
entre ellos.
Ello no ocurre en el presente caso, según el órgano de gobierno de los jueces,
que concluye que existe una diferencia de idoneidad a favor de Pasqual del
Riquelme en atención a la superior valoración de su currículo y de su programa
de actuación y a las mayores cotas de capacidad y mérito apreciadas para el
desempeño del cargo de presidente del TSJ de Murcia.
El acuerdo del Pleno también dejará constancia de que el criterio que prima el
aspecto gubernativo y la capacidad de gestión y dirección a la hora de nombrar a
los presidentes de TSJ, Salas y Audiencias Provinciales es el que han aplicado
anteriores Consejos y el que sigue aplicando el actual, lo que genera seguridad
jurídica.
Voto particular
Los vocales Roser Bach, Victoria Cinto, Enrique Lucas, Clara Martínez de Careaga
y Concepción Sáez han anunciado la formulación de un voto particular, al
considerar que, frente a los méritos y la capacidad, el Pleno ha primado las
promesas contenidas en el programa de actuación de Pasqual del Riquelme.
Los vocales discrepantes insisten en que en ocho de las nueve bases objetivables
del concurso, los méritos de Pilar Alonso son superiores a los del otro
aspirante, mientras que la superioridad de Pasqual del Riquelme en la novena –el
programa de actuación- es una apreciación subjetiva de la mayoría del Pleno.
Por ello, recuerdan que la Sala Tercera del Tribunal Supremo consideró
superiores los méritos objetivos de Pilar Alonso.