La entrada en
vigor el pasado 6 de diciembre de la Ley 41/2015, de modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para la agilización de la justicia penal y el
fortalecimiento de las garantías procesales se ha traducido en la Comunidad de
Madrid en el primer trimestre del año en una disminución del 49,5 % en la
entrada de asuntos en la jurisdicción penal, en sintonía con lo ocurrido en el
resto de España, donde la media ha sido del 42,7%.
La reforma
legal, que modificó el artículo 284.2 de la LECrim, de forma que los atestados
policiales en los que no exista autor conocido del delito denunciado ya no se
remiten a los Juzgados de Instrucción, ha tenido como consecuencia que, frente a
los 235.419 asuntos ingresados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2015, se
haya pasado a 118.847 asuntos en los tres primeros meses de este año.
Además, como
esos asuntos que han dejado de ingresar los Juzgados de Instrucción se resolvían
de forma inmediata –con un auto de archivo por falta de autor conocido-, se ha
producido un descenso similar en la resolución: de 242.261 asuntos resueltos se
ha pasado a 129.634.
Por último, el
número de asuntos penales en trámite al final del periodo era de 94.208, un 30,2
% menos que hace un año.
Baja
también la entrada de asuntos en el resto de las jurisdicciones
El informe
“Situación de los órganos judiciales en el primer trimestre de 2015” publicado
hoy por la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial revela
que la entrada de asuntos disminuyó en el primer trimestre del año también en el
resto de las jurisdicciones, resultando una bajada global del 39, 7 % respecto
del mismo periodo de 2015. En España, la bajada global es del 32,4 %.
Así, entre los
pasados 1 de enero y 31 de marzo, los asuntos de nuevo ingreso en el conjunto de
los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid –incluidos los penales- fueron
197.297, frente a los 321.796 del primer trimestre de 2015.
En este
periodo, los Juzgados y Tribunales madrileños resolvieron 231.688 asuntos –lo
que supone una disminución interanual del 32 %-; mientras que al final del mismo
quedaron en trámite 302.611, un 8,8 % menos que en la misma fecha del año
pasado.
Los datos por
jurisdicciones son los siguientes:
Jurisdicción civil
El número de
asuntos ingresados en el primer trimestre de 2016 fue de 62.672, lo que
representa un descenso interanual del 12,6 %. En esta jurisdicción se
resolvieron 79.468 asuntos y al final del trimestre quedaron en trámite 154.435
asuntos.
Jurisdicción contencioso-administrativa
En esta
jurisdicción se registraron 3.844 nuevos asuntos entre el 1 de enero y el 31 de
marzo, un 17,6 % menos que en el mismo periodo del año anterior. La cifra de
asuntos resueltos fue de 6.578 y la de asuntos en trámite al final del trimestre
de 19.217.
Jurisdicción social
Estos órganos
judiciales recibieron 11.934 nuevos asuntos en los tres primeros meses del año,
lo que representa una disminución interanual del 23,7 %. El número de asuntos
resueltos fue de 16.008 y el de asuntos en trámite al final del periodo de
34.751.
Madrid, en
el centro del mapa de España en litigiosidad
La tasa de
litigiosidad en el conjunto de España en el primer trimestre de 2016 ha sido de
32 asuntos por cada mil habitantes, frente a los 46,6 asuntos registrados en el
mismo periodo del año anterior. Esta bajada también obedece en parte a la
reforma de la LECrim.
En Madrid, la
tasa de litigiosidad se sitúa un poco por encima de la media de España, con 32,4
asuntos por cada mil habitantes. Las Comunidades Autónomas que han mostrado
también una tasa de litigiosidad superior a la media nacional han sido Canarias
(40,7), Andalucía (37,0), Murcia (34,2), la Comunidad Valenciana (33,4) y
Cantabria (33,2).
En el otro
extremo se sitúan las Comunidades Autónomas de La Rioja (22), el País Vasco
(22,5) y Navarra (24,3).
Proyección
al conjunto de 2016
Como en años
anteriores, y basándose en las series históricas trimestrales disponibles, la
Sección de Estadística del CGPJ ha realizado una previsión para el conjunto del
año del movimiento de asuntos en los Juzgados y Tribunales españoles.
En este caso,
sin embargo, la proyección debe ser tomada con mayor cautela debido a que las
reformas del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo,
por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, que entró en
vigor el 1 de julio del año pasado; y la ya citada de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal regulada en la Ley 41/2015, con entrada en vigor el 6 de diciembre de
2015, han producido una notable disminución en la entrada de asuntos en la
jurisdicción penal, con los consiguientes efectos en la resolución y pendencia.
Con estas
premisas, la previsión de cifras globales y de evolución respecto del año pasado
en España son las que se recogen en los siguientes cuadros:
Los datos por
Tribunales Superiores de Justicia y por provincias están disponibles en la
siguiente dirección:
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Estadistica-Judicial/Actividad-judicial-por-territorio