Expertos reclaman una regulación positiva del compliance como atenuante de la responsabilidad administrativa

Publicado el viernes, 31 marzo 2017

uao-COMPLIANCE

La Universitat Abat Oliba CEU, en colaboración con la Asociación de Profesionales de Cumplimiento Normativo (CUMPLEN), ha celebrado la jornada “El compliance, a debate”, diseñada para debatir cuestiones de actualidad en la práctica del compliance.

La primera de las dos mesas redondas previstas, que llevaba por título “Compliance y Administración Pública. De la contratación al proceso sancionador”, se ha abierto con una referencia directa al Proyecto de Ley de Contratación del Sector Público. Concretamente, se ha reflexionado sobre la parte de este texto legislativo en la que la presentación de un programa de compliance aparece como forma de evitar o alzar una prohibición de contratación derivada de haber incurrido en alguna de las causas previstas por la propia Ley. Una cuestión que, “no es baladí”, según ha expresado el socio de Tornos Abogados, Antonio Sala, y que, en sí misma, supone un “alzamiento” de la prohibición de contratar, ha matizado el abogado asociado de Molins & Pares y coordinador del curso de Especialización en Compliance de la UAO CEU, Daniel Benítez, que ha moderado el coloquio

Al hilo de la discusión, se ha planteado el asunto de si, de forma análoga a como sucede en el ámbito penal, la implantación efectiva de un programa de compliance podría ser considerada una circunstancia atenuante de la responsabilidad administrativa. Los expertos han reclamado una traslación de este principio a la regulación positiva, toda vez que en la actualidad no se contempla de forma expresa tal posibilidad. “Nos alegraría que se regulara de forma expresa”, ha subrayado la legal compliance de Abertis Infraestructuras, Anabel Casahuga. En esta línea, el propio Antonio Sala ha afirmado que, “si no está claramente regulada la atenuación, no cabe esperar que un  juez la aprecie por analogía”. Este abogado se ha mostrado optimista con la posibilidad de que se incorpore esta causa de atenuación, ya que este tipo de previsiones “no son cerradas y están abiertas a evolución”.

Otro de los temas que se ha abordado es el de si la existencia de programas de compliance se puede establecer como requisito para la licitación. Asunto que, a juicio del abogado asociado de Tornos Abogados, Francesc Valdivia, “plantea problemas”. Así, habría que tener “cuidado con no restringir la concurrencia”, determinar quién valora el programa de compliance y ponderar si las pequeñas empresas tienen estructura bastante para asumir el coste de un programa de compliance. Aspecto, este último, que también afecta a la relación del contratista con sus proveedores, según ha descrito la Iberia and LatAm Regional Compliance de Allianz, Carlota Balet: “como empresa privada, contratamos con muchos proveedores de diverso tamaño y riesgo”. A su juicio, “establecer la existencia de un programa de compliance como requisito previo plantea el problema de quién lo valorará”, especialmente en el caso de los proveedores.

En este último aspecto, el de la valoración, tanto Francesc Valdivia como Anabel Casahuga han coincidido en que lo idóneo sería limitarse a comprobar la existencia del programa en fase de licitación y entrar a hacer valoraciones materiales en caso de que surja algún problema durante la ejecución del contrato. En este punto, hay que tener en cuenta que “los requisitos documentales se están reduciendo y cada vez más son más frecuentes las declaraciones responsables”, ha apuntado Valdivia.

En la segunda mesa redonda, se ha tratado el tema “La responsabilidad del órgano de cumplimiento” y ha estado conducida por el managing partner de Fortuny Legal, Miquel Fortuny. En este coloquio, han participado el fiscal de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Barcelona, Óscar Serrano, el magistrado del Juzgado núm. 10 de lo Mercantil de Barcelona, Manuel Ruiz de Lara, y el socio de Molins&Parés y director del citado curso, Marc Molins.

La jornada ha servido también para presentar el nuevo curso de especialización en compliance que impartirá la UAO CEU a partir del próximo curso.

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