Las empresas afrontan multas de hasta el 4% de sus ventas por negligencia en la protección de datos personales

Publicado el viernes, 21 abril 2017

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El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) incrementará, desde el 25 de mayo de 2018, los riesgos que asume toda organización en el tratamiento de datos personales. En concreto, las organizaciones se enfrentan a tener que abonar multas por hasta 20 millones de euros, o en su caso, el 4% de sus ventas anuales mundiales en caso de negligencia. Así lo pusieron de manifiesto  Blanca Escribano y Blanca Cortés, socio y counsel de CMS Albiñana & Suárez de Lezo, respectivamente, en un desayuno organizado en la sede madrileña del despacho de abogados.

Las sanciones que fija la nueva normativa comunitaria pueden implicar también la prohibición del tratamiento de datos –lo que para algunos negocios puede conllevar el cese de su actividad-; o la suspensión de las transferencias internacionales de datos. De igual modo, las empresas, que tienen obligación de comunicar las brechas de seguridad que sufran, pueden ser objeto de demandas colectivas (“class actions”) por parte de los afectados.

“Los datos personales puede pasar, de ser un activo de gran valor económico, a convertirse en un activo tóxico para las organizaciones que no adopten las medidas apropiadas para mitigar los riesgos de incumplimiento de esta nueva normativa. El incremento del riesgo que se asume no deriva únicamente del giro del régimen sancionador, sino también de la adopción de un sistema de autoevaluación y de responsabilidad proactiva”, sostiene Blanca Escribano.

El nuevo reglamento comunitario busca un mayor control de los ciudadanos sobre sus datos; dotar al conjunto de países miembros de la Unión Europea de un marco más homogéneo; y adaptarse al nuevo contexto digital, entre otros objetivos.

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