Arriaga Asociados considera la oferta del Banco Santander para los accionistas y bonistas del Popular no indicada para minoristas

Publicado el lunes, 17 julio 2017

Jesús María Ruiz de Arriaga

Arriaga Asociados desaconseja la compensación ofrecida por el Banco Santander a una parte de los accionistas y bonistas del Popular con el canje de los «bonos de fidelización» por sus acciones y bonos.  La oferta que consiste en la entrega al cliente, de bonos que darán derecho a un cupón efectivo discrecional y no acumulativo a un tipo interés nominal anual del 1% durante los primeros 7 años, y posteriormente a un interés variable.

El producto ofrecido es un producto financiero hibrido, complejo, de riesgo y perpetuo. En pocas palabras un <bono de fidelización>, un COCO, un producto financiero hibrido, complejo, de riesgo y perpetuo. ¡Nuevamente a los minoristas! Pese a que las autoridades bancarias, los jueces y tribunales, y los especialistas como Arriaga Asociados han considerado en reiteradas ocasiones que estos productos no deben destinarse a minoristas.

Aunque la operación está sujeta al registro del folleto informativo en la CNMV y a la autorización por las autoridades de Defensa de la Competencia de la adquisición de Banco Popular, ya se ha anunciado que pagarán un cupón del 1% anual, abonando en cada trimestre el equivalente, durante los 7 primeros años, y a partir del 8º año un cupón variable cuyo índice de referencia es variable (el mid-swap rate a 5 años con un diferencial que no está todavía determinado). Así, se trata de obligaciones perpetuas contingentemente amortizables, es decir, que ante determinados eventos Banco Santander puede recomprarlas al valor nominal.

Hay que tener en cuenta también que como los bonos tienen un valor nominal de cada obligación/título de 100 euros, si bien se prevé que su valor razonable sea inferior al nominal, es decir, que cuando comience a cotizar en su mercado, AIAF, es más que probable que pierda valor. Lo que supone que si el accionista minorista quiere vender el producto para recuperar dinero líquido, sufrirá significativas pérdidas.

Condiciones para los minoristas

Solo a los inversores particulares que tengan depositadas las acciones o la deuda subordinada que compraron a través de Banco Santander, Banco Popular, Banco Pastor o Popular Banca Privada se les ofrecerán la compensación con “los bonos de fidelización”. Quedan excluidos totalmente de la oferta si las adquirieron desde BBVA, CaixaBank, Sabadell, Bankia o cualquier otra entidad.

Cualquier minorista interesado en aceptar la compensación a través del complejo producto, deberá renunciar para siempre a emprender cualquier acción legal contra el banco.

En función del importe invertido en acciones, se le ofrecerá un porcentaje a compensar, entre 100 y 100.000 euros se les compensará por el 100%, entre 100.001 y hasta 500.000 le realizarán una quita del 25% y si supera el millón de un 50 %.

Arriaga Asociados

Actualmente Arriaga Asociados representa a quienes adquirieron acciones de Banco Popular entre las fechas diciembre de 2012 y abril de 2017, a los titulares de Participaciones Preferentes, Obligaciones Subordinadas y Bonos Convertibles que han confiado en sus abogados especializados en derecho bancario y financiero para recuperar su dinero.

“Con este movimiento por parte de Banco Popular y Banco Santander vemos como tácitamente están asumiendo su responsabilidad con lo ocurrido entorno a Banco Popular y su resolución por las autoridades europeas”.

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