Condena al Banco Santander a devolver 3.656,25€ anulando una adquisición de acciones del Banco Popular

Publicado el jueves, 12 marzo 2020

Primera sentencia en Asturias en contra del criterio unificador de doctrina de la Audiencia Provincial de febrero de 2020 que impedía demandar a los afectados de acciones Banco Popular.

Banco Popular

El juzgado de primera instancia dicta una sentencia anulando la suscripción de acciones Banco Popular en contra del criterio unificador de doctrina de la Audiencia Provincial de Asturias de febrero de 2020 que impedía demandar a los afectados de acciones Banco Popular en Asturias.

El juez dice que “respecto de la nulidad por vicio de consentimiento, si bien existe otro acuerdo unificador de doctrina de la audiencia provincial de Asturias de 6/2/2020, en el que se fija el criterio de desestimar las demandas por vicio de consentimiento ampara en  la normativa antes descrita, no comparte este magistrado el criterio de los presidentes de sección de la AP de Asturias, ya que el actor no está ejercitando una acción por la amortización de los títulos de capital adquiridos sino anualidad del contrato suscrito con la demandada ( antes Banco Popular ) por vicio de consentimiento, por lo que el concepto por el que reclama el actor no está comprendido en la normativa antes descrita.

Entiende este magistrado que Banco Santander como entidad sucesora de Banco Popular debe asumir todas las relaciones y obligaciones contractuales de la entidad absorbida, incluidos los efectos de las nulidades o anulabilidad de los contratos, sean de adquisición del capital de banco popular o de otra naturaleza, asimismo si se declara que el contrato de adquisición de acciones fue nulo el mismo queda sin efecto a efectos prácticos y legales con los efectos del artículo 1301 del CC.”

Para Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados: “el juez es muy valiente porque actuando conforme al Principio de Inmediación dicta una brillante sentencia en contra del reciente criterio unificador de doctrina de la Audiencia Provincial de Asturias que impedía a todos los asturianos acudir a la justicia para reclamar sus ahorros, anulando los contratos de adquisición de Derechos y Acciones Banco Popular. A pesar de todas las dificultades que en Asturias estamos padeciendo aquellos que luchamos por los afectados por este fenómeno bancario, volvemos a conseguir recuperar los ahorros de otro accionista de Banco Popular, alcanzando a día de hoy más de treinta sentencias estimadas. Lejos de desistir de interponer demandas, lucharemos hasta el Tribunal Supremo para conseguir recuperar los ahorros perdidos de los miles de asturianos afectados”.


Vallverdú Abogados

 

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