Absuelta «la mayor trama de tráfico de cobre robado» de la zona de Levante

Publicado el lunes, 1 junio 2020

Tras varios avatares entre Juzgados de Murcia y Alicante, el abogado penalista Raúl Pardo Geijo Ruiz, logró tras la interposición de numerosos recursos, incluso ante el Tribunal Supremo, que el Juzgado de Instrucción de Murcia fuera el competente para investigar la mayor compra por una chatarrería de objetos presuntamente robados en la zona del Este, en la que se llegó a provocar incendios forestales para distraer la actuación de la policía y tener así facilidades para la sustracción, especialmente, de cobre. Así lo estableció el Tribunal Supremo que, acogiendo los argumentos de Raúl Pardo Geijo Ruiz, dijo que sería el Juzgado de Murcia el que deberá investigar este delito (rechazando el abogado penalista que Alicante fuera competente) que se extendería a todo el material adquirido por la empresa e, igualmente, debería asumir la instrucción referida a la comisión por la misma empresa de un delito de blanqueo de capitales, siendo el Juzgado de Caravaca de la Cruz (Murcia) el competente para investigar los robos cometidos en su partido judicial.

Pero de poco sirvió la cuestión de competencia. Cuando en septiembre de 2010 el Juzgado de Instrucción de Caravaca abrió unas diligencias por la comisión de un delito de incendio en montes de Calasparra donde, dentro de las investigaciones llevadas a cabo, la Guardia Civil descubrió indicios que hacían sospechar que el fuego había sido provocado para distraer la atención la Benemérita y poder así sus autores dedicarse con mayor impunidad al robo de cobre, se llegó a la conclusión de que en un almacén ubicado en la pedanía murciana, se estaba recibiendo material procedente de robo, entre ellos, cobre. Una cantidad ingente, la mayor trama vista en la zona de Alicante y Murcia. La actuación sobre sus cuatro responsables permitió también conocer que en estas instalaciones se cometía, presuntamente, otros delitos, en concreto, contra la Hacienda Pública, por el impago de los impuestos debidos, el de blanqueo de capitales y el de falsedad documental.

Después de casi nueve años de investigación entre Murcia y Alicante, el abogado penalista defendía que no existían indicios de receptación, fraude, organización, blanqueo y falsedad y el Juez compartió su criterio. Miles de folios acumulados en casi cuarenta tomos y nueve años de investigación judicial sobre la que fue considerada «la mayor trama de compraventa ilegal de cobre desmantelada en la Región», con 24 imputados, todos absueltos y diez toneladas de metal intervenidos, acaba de reducirse a la nada por el efecto de un auto por el que la juez ordena el sobreseimiento del asunto diciendo: «no existen motivos suficientes para dirigir la acusación contra persona determinada por un posible delito contra la hacienda pública, ni tampoco por el posible delito de receptación, dado el resultado de las pruebas practicadas».

La operación fue bautizada ‘Molino’. Más de 160 toneladas. La Guardia Civil, que impulsó la investigación conocida como ‘Operación Molino’ -en clara referencia a la Sierra del Molino, que sufrió un gravísimo incendio por la acción de los supuestos ladrones de material eléctrico-, sostuvo en su día que se trataba del mayor golpe asestado en la Región a las redes de tráfico ilegal de cobre. Los datos difundidos en aquel momento hablaban de metales adquiridos a más de un centenar de personas con antecedentes por robos y de la transacción de más de 160 toneladas de cobre solo a lo largo del año 2010. El material acababa en manos de grandes fundiciones y, seguidamente, se transportaba en barcos mercantes a países como China e India para su venta.

Reiterados recursos ante el Tribunal Supremo y los Juzgados de Murcia y Alicante. El abogado penalista de todos los implicados insistió desde un primer momento en que no había caso. Mediante la interposición numerosos recursos se dedicó a minar la causa sosteniendo que el registro ordenado en las instalaciones de Murcia vulneraba derechos fundamentales de varios de sus clientes y, por tanto, que cualquier prueba obtenida de la incautación de documentos y ordenadores era nula. Igualmente sostuvo que no existía el menor indicio sobre una posible falsedad documental y puso de relieve que todas las adquisiciones de cobre se habían registrado formalmente, lo que en absoluto casaba con la idea de una supuesta receptación de material robado. Tampoco existía constancia en la causa de que las presuntas sustracciones de cobre se hubieran traducido en sentencias firmes contra los autores. Con tales conclusiones, no existiendo esos delitos no podía haber delito frente a la Hacienda Pública pero tampoco Blanqueo de Capitales y, siendo eso así, tampoco la organización criminal que a todos ellos se les imputaba.

El desastre natural que también queda impune: sus autores han resultado absueltos. Los agentes del Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil dieron el 16 de septiembre oficialmente por extinguido. En esos nueve días había arrasado 579,85 hectáreas de pino y masa forestal en una zona de gran interés medioambiental, catalogada como Lugar de Interés Comunitario (LIC) y Zona Especial de Protección de las Aves (ZEPA). Un daño irreparable al bien común y de tremendo coste económico que habían supuesto las labores de extinción, ya que la Dirección General de Emergencias de la Comunidad Autónoma se había visto obligada a movilizar a 875 personas, 237 vehículos y todas sus aeronaves, a las que se sumaron, hasta llegar a las 17, otras de Castilla-La Mancha, Andalucía y del Ministerio de Medio Ambiente. Cuando la inspección ocular de los técnicos confirmó que el incendio había sido provocado intencionadamente, al igual que otro en la cercana Sierra del Puerto. Los agentes sospecharon. Habían comprobado que a lo largo de ese año 2010, Calasparra era el municipio con más incendios forestales y también con más incendios intencionados. Además, era el único municipio en el que habían registrado dos y hasta tres fuegos el mismo día y en horas coincidentes. Los agentes comenzaron a preguntarse por qué los sospechosos acudían hasta tan lejos a vender el cobre robado, teniendo otras chatarrerías mucho más cercanas a su pueblo. Cuando sondearon a alguna empresa del sector acerca de si sabían quién podía estar dedicándose a comprar material robado, y se les refirió el nombre de la empresa, los guardias civiles llegaron a la conclusión de que debían hacer otra visita al almacén con una orden de registro. Descubrieron que esta empresa de Murcia llevaba hasta una triple contabilidad y que solo una pequeñísima parte del cobre que recibían era facturado y declarado oficialmente. Hasta el punto de comprobar que solo en 2010, la chatarrería había vendido hasta 160.000 kilos de cobre a otras empresas del sector, por importe de más de 670.000 euros. El nombre de muchos de sus proveedores (en buena parte de los casos, ladrones) era ocultado con el supuesto fin de protegerlos. El análisis de la documentación intervenida en la empresa dejó patente que, por tratarse presuntamente «del mayor centro de compraventa ilegal de cobre la zona de levante», como lo definió la propia Guardia Civil, por allí pasaban infinidad de delincuentes que se ganaban la vida robando cobre. Hasta 104 de los vendedores de material tenían antecedentes delictivos. Sólo una presunción.

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    Jose Martin 1 junio, 2020 a las 21:48 - Reply

    Pues efectivamente, si no se puede demostrar donde y cuando ha sido robado el cobre, no se puede condenar aunque se sospeche el origen ilícito del mismo.

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