Vallverdú Abogados.
Acaban de cumplirse tres años de la intervención del Banco Popular por la Junta Única de Resolución. En este tiempo se han planteado numerosas acciones civiles, penales y recursos administrativos para tratar de recuperar la inversión de los afectados.
Los afectados tenían hasta el 7 de junio de 2020 para reclamar, pero el plazo se ha extendido hasta el 28 de agosto de 2020 como consecuencia de la suspensión de todos los plazos de prescripción y caducidad por la COVID 19 recogida en el Real Decreto del 14 de marzo.
Prácticamente toda la jurisprudencia a excepción del criterio de la Audiencia Provincial de Oviedo entiende que el Banco Popular no reflejó su imagen fiel con anterioridad a la ampliación de capital de 2016, con lo que la justicia está dando la razón a quienes demandan al banco.
Según el despacho Vallverdú Abogados, “hemos recibido numerosas consultas en relación con este plazo y entendemos que la mejor opción para los afectados es emprender acciones civiles para recuperar el capital invertido antes de los tres años mediante una acción de daños y perjuicios tal como establece el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores”.
PLAZOS Y CLAVES PARA RECLAMAR
Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados nos da algunas claves fundamentales para llevar a cabo esta reclamación.
Según el letrado, la vía que está obteniendo mejores resultados es la civil. Para poder impugnar los contratos de adquisición de valores hay que acudir a los tribunales civiles acreditando que Banco Popular maquilló sus cuentas aportando una prolija documentación y un informe pericial.
Sin embargo, hay que tener en cuenta los distintos plazos según el tipo de producto financiero por el que se presenta la demanda:
- Hasta el próximo 28 de agosto de 2020 sería la fecha límite para impugnar acciones de Banco Popular adquiridas anteriormente a la ampliación de capital del 2016 mediante daños y perjuicios por la responsabilidad del folleto de emisión que recogen el artículo 38 y 124 del TRLMV
- Hasta el 7 de junio de 2021 sería la fecha límite para impugnar Obligaciones Subordinadas y acciones Banco Popular adquiridas en la ampliación de capital del 2016 mediante la acción de anulabilidad por vicios en el consentimiento.
- Hasta el 25 de noviembre de 2020 los titulares de Bonos Subordinados Convertibles pueden reclamar ejerciendo una acción de resarcimiento de daños y perjuicios (que prescribe a los cinco años).
En cualquier caso, el mejor escenario para los afectados es emprender acciones legales antes del próximo 28 de agosto de 2020.
Vallverdú Abogados ha impulsado numerosos procedimientos y ha recuperado en muchas ocasiones el dinero de los inversores, en algunos casos llegando ya hasta el Tribunal Supremo.