Declaran la nulidad del IRPH y de la cláusula suelo de una hipoteca del Banco Popular

Publicado el jueves, 11 junio 2020

IRPH

Es la tercera Sentencia favorable a la nulidad del IRPH en la provincia de Alicante.

El Juzgado de 1ª Instancia nº1 de Torrevieja ha declarado la nulidad del IRPH y de la cláusula suelo de una hipoteca, condenando a la entidad demandada a la devolución con carácter retroactivo de las cantidades que se hubieran cobrado de más.

Dice la Sentencia que resulta fácil deducir que la redacción de la cláusula suelo y del IRPH no es más que la traducción contractual de una condición impuesta por el banco, es decir, exigida por el banco, no negociada individualmente sino impuesta y formando parte de un todo contractual redactado por el banco, por lo que se puede exigir la transparencia en la forma de colocación de estas cláusulas.

Para la Letrada Sra. Magdalena Rico Palao, que ha llevado los intereses del consumidor, el Banco incumplió la obligación de entregar la información precontractual: folleto informativo y oferta vinculante, existiendo serias dudas de que este índice hipotecario se colocara con transparencia y claridad a los consumidores, razón por la que se ha conseguido un fallo favorable a los clientes hipotecados.

Según informa la citada letrada, tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el IRPH, las posturas judiciales han sido diversas para las hipotecas comercializados bajo este indice, que puede suponer un daño patrimonial al cliente bancario entre 30.000 y 50.000 euros por una hipoteca media. La justicia europea solo ratificó que este indice podía ser opaco y por tanto, nulo, pero dejó la decisión para que los tribunales españoles decidieran sobre esta falta de transparencia en la comercialización de las hipotecas IRPH, caso por caso.

Desde la fecha del fallo europeo, han habido diferentes sentencias sobre hipotecas IRPH, y mayoritariamente dan la razón al cliente (dos terceras partes son favorables al cliente bancario).

En Alicante, hay disparidad de posturas, pues mientras los Juzgados de Orihuela, Torrevieja y alguno de Alicante capital entienden que el IRPH es nulo por falta de transparencia, la A.P. de Alicante, sección octava, opina que no puede darse esta clase de nulidad.

Los bancos que colocaron estos productos «tóxicos» estan intentando rebajar sus riesgos y su exposición a una posible sentencia del Tribunal Supremo sobre nulidad de IRPH que ya está admitiendo a trámite recursos de Casación. Los Bancos están intentando que los clientes firmen pactos privados para eliminar el IRPH, sin dar cantidad alguna como compensación por el daño patrimonial sufrido. La letrada Sra. Rico Palao aconseja que no se firmen esta clase de documentos, que sólo benefician a la banca y que conllevan una renuncia a poder demandar a la entidad y a recuperar los excesos pagados. Son muchos consumidores de buena fe firman estos documentos confundidos sobre sus consecuencias y sin conocer esta renuncia que les llevará a no poder reclamar cantidad alguna por IRPH.

Sobre el autor
Redacción

La redacción de Lawyerpress NOTICIAS la componen periodistas de reconocido prestigio y experiencia profesional. Encabezado por Hans A. Böck como Editor y codirigido por Núria Ribas. Nos puede contactar en redaccion@lawyerpress.com y seguirnos en Twitter en @newsjuridicas

1 Comentario sobre este articulo. Comenta tu primero.

  1. Avatar
    Jose R. Gil Marcos 9 julio, 2020 a las 12:18 - Reply

    Todas éstas sentencias están muy bien, pero cuando9 lleguen a la AUDIENCIA PROVINCIAL de Alicante, ésta les dará la razón a la BANCA. ¿LLEGARÁN VDES. HASTA EL TS? ¿COMO SE PRONUNCIARÁ ÉSTE? ¿ESTÁ OBLIGADO A SEGUIR LA DIRECTIVA DEL TJUE?. La verdad es que todo9 ésto es un verdadero GALIMATIAS.

Comenta el articulo