Rubén Cueto, Socio Director de Vallverdú Abogados: “Vallverdú Abogados es un despacho especializado en derecho bancario.”

Publicado el lunes, 22 junio 2020
Arancha Balbuena y Rubén Cueto

Arancha Balbuena y Rubén Cueto

La banca española desde el año 2006 colocó en masa numerosos productos de inversión no adecuados para el perfil de sus clientes, como las preferentes y cláusulas abusivas en la concesión de préstamos, como las cláusulas suelo, y en eso somos especialistas, ya que durante estos últimos años hemos resuelto favorablemente el 98% de los casos de nuestros clientes.

Los casos de abusos bancarios son los más frecuentes, especialmente los que tienen que ver con el fenómeno Banco Popular, en el que ya hemos obtenido más de cuarenta sentencias de todo tipo de productos financieros desde la intervención de la entidad (Obligaciones Subordinadas, Convertibles, Acciones, Bonos BPE Financiaciones 6,873 % o Depósitos Estructurados de Popular Banca Privada).

Desde el año 2012 hemos impugnado todo tipo de contratos colocados por el Banco Popular, S.A, como los IRS (Permutas Financieras), Estructurados Popular Banca Privada y Obligaciones Convertibles, y hemos ganado el 100% de las sentencias.

– ¿Cómo abordan este tipo de casos?

-Ante la prolija casuística bancaria, existen diferentes acciones legales para la impugnación de contratos financieros o cláusulas abusivas, como la nulidad de condiciones generales de contratación, la anulabilidad por vicios en el consentimiento o daños y perjuicios por falta de información. Solemos emprender la acción legal más adecuada al caso con una estrategia personalizada, porque cada caso es diferente.

-¿Cómo es la doctrina que está estableciendo el Supremo en este sentido?

-Depende de cada asunto. Con carácter general, nuestro Alto Tribunal requiere que se acredite el incumplimiento de las obligaciones de información por las entidades financieras, valorar la mala praxis bancaria, que el perfil inversor del cliente no sea el adecuado como en los productos complejos o que la información pública facilitada por las entidades bancarias no refleje la veracidad de sus cuentas, como, por ejemplo, en el caso del Banco Popular. Frecuentemente nos vemos abocados a acudir al Tribunal Supremo en interés de nuestros clientes.

– ¿Es posible recuperar la inversión perdida de Acciones Banco Popular?

Entendemos que sí es viable, pero es un tema muy complejo. Es fundamental la práctica de la prueba aportando toda la documentación oportuna y un informe pericial detallado, acreditando que el Banco Popular no reflejó su imagen fiel desde el 2007. Acudimos todas las semanas al juzgado desde la intervención del banco y hemos ido superando todas las excepciones procesales alegadas por el Banco Santander, así como los cambios de criterio como en la Audiencia Provincial de Asturias que ya hemos recurrido ante el Tribunal Supremo.

– ¿Hasta cuándo es posible perseguir judicialmente esta causa la causa del Popular?

-Se estima que la resolución del Banco Popular arruinó a más de 300.000 personas. Desde la intervención del banco en 2017 hemos presentado demandas prácticamente a diario, evidenciando que la entidad desde el año 2007 ocultó la veracidad de sus cuentas. A pesar de ello, creemos que, por diferentes motivos, no han demandado aún más del 20% de los afectados. Afortunadamente todavía están a tiempo de hacerlo hasta el próximo 28 de agosto, ya que se han suspendidos los plazos de prescripción y caducidad por el decreto del estado de alarma como consecuencia del coronavirus.

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