Raúl Pardo-Geijo, abogado penalista: “Hasta el folio más aparentemente inservible puede ser determinante para una condena”

Publicado el jueves, 23 julio 2020

El abogado penalista de Murcia Raúl Pardo-Geijo es uno de los abogados más laureados y reconocidos por los rankings nacionales e internacionales. Las numerosas absoluciones conseguidas a la vista de la dificultad del caso (Gurtel, Púnica, Malaya, Tosca, Opera, Acal, Umbra, Chase, Zaigest, Ghost, Novo Cartago, Ninette, entre otras) junto a otras destacadas actuaciones han sido reconocidos por el Client Choice 2020 (mejor abogado penalista de España), Global 100 año 2020 (mejor abogado en delitos económicos), Best Lawyers 2020 (Mejor abogado penalista de Murcia, Alicante y Valencia), Global Law Experts (mejor abogado de España en delitos de guante blanco), Leaders in Law 2020 (mejor abogado penalista de España), European Legal Awards 2020 (mejor abogado penalista de España a nivel europeo) y otros tantos internacionales como mejor abogado penalista de España en 2020 como el de Law Awards, Global Business magazine, Corporate Love Wire, Global Excellence Awards o Corporate INTL.

 

Hans A. Böck / @LP_Hans

Pregunta (P): Sr. Pardo-Geijo, Usted es uno de los más laureados profesionales del derecho penal en España. ¿Qué significan los premios para un abogado y su reputación?

Respuesta (R): Como siempre he dicho, todo abogado penalista –en sentido estricto– es merecedor de un premio por la dificultosa labor que esta concreta materia conlleva en todas sus distintas vertientes. En cuanto a su significación, siempre es un honor que instituciones jurídicas se fijen en mi trabajo, lo examinen y lo evalúen.

P: Su especialidad es especialmente compleja porque el defendido se enfrenta generalmente a penas de privación de libertad. ¿Cómo afronta sus casos?

R: Es quizá por ello –por esa posible pérdida de libertad- por lo que el Derecho Penal es una materia distinta a las demás; no más difícil sino diferente. El cliente no sólo se juega su patrimonio o ciertos derechos, como sucede en otras ramas jurídicas sino que está en liza el derecho más sagrado después de la vida: la libertad. En cuanto a cómo afronto los asuntos, lo hago con el máximo rigor que me es exigible (o, al menos, me exijo yo) y, desde luego, siempre con la mayor cautela posible: nunca nada está ganado, pero tampoco perdido.

P: ¿Cómo se prepara y que detalles hay que tener muy bien cuidados en un juicio penal?

R: En lo relativo a la preparación, hasta el folio más aparentemente inservible puede ser determinante para una condena, pero también para una absolución. Incluso casos –y no pocos- se han ganado por detalles tan aparentemente banales como la ausencia de comunicación de un acto al Ministerio Fiscal (que suele poner un “visto” detrás del folio que acuerda, por ejemplo, una intervención telefónica; si, por cualquier casual, el procurador únicamente te da fotocopia del anverso del foliado, nunca repararás en ese detalle) o, simplemente, por transcurrir un plazo legal (un recurso, un decreto de complejidad) o faltar un requisito de perseguibilidad (denuncia –en forma- del agraviado). Son tan sólo unos ejemplos de la multiplicidad existente y hay que  estar muy atento para denunciarlo de inmediato y poder, así, abortar con éxito un proceso en contra o viceversa, esto es, impedir que se derruya.

P: También ha participado en muchos casos muy mediáticos. ¿Cuál ha sido el caso más complejo de entre muchos?

R: Pues, nuevamente, como siempre digo, todos los casos suelen tener el mismo valor para mí. Más allá de la complejidad de unos u otros, lo que verdaderamente importa es abordarlos con el adecuado enfoque que permita lograr la absolución o, en su caso, si se ejerce de Acusación, la condena.

P: Y ¿Cómo se maneja la presión de los medios en estos casos?

R: Me es indiferente la presencia de los medios. El Tribunal o el Jurado debe aislarse de opiniones paralelas y si, por cualquier razón, se ven influenciados por éstas, es que realmente no se ha logrado imponer, “convenciendo”, el criterio fáctico-jurídico empleado.

P: Cuándo fija una estrategia de defensa, ¿cuáles son los puntos principales que tiene en cuenta?

R: Como cada caso es diferente, la respuesta no puede ser unitaria, pero en definitiva, hay que pensar como “pensarías” tú si te encontrases en la otra posición. Obviamente, al margen de una línea básica o principal pero siempre férrea, todos los detalles deben ser objeto de concienzuda consideración.

P: En múltiples diarios nacionales y, en concreto, en Lawyerpress hemos publicado algunos de sus casos ganados. ¿Es la absolución del cliente la máxima recompensa de un abogado penalista?

R: Es de agradecer el hecho de que se publiquen tanto los “éxitos” como los “fracasos” pues, ciertamente, a la mayoría de la prensa nacional únicamente le interesa el desarrollo del procedimiento y nunca su resultado; salvo que exista condena. La mayoría de las absoluciones que he logrado (por decir alguna reciente: varios cargos políticos en la operación Púnica) apenas se publican pero, por el contrario, hasta que se llega a ese resultado, el acusado ha salido en prensa frecuentemente. A mí me es indiferente, pero el cliente no se lo merece.

P: El derecho penal es una de las ramas más interesantes del derecho. ¿Qué aconsejaría uno de los abogados más laureados a un joven estudiante de Derecho que quiere especializarse en Derecho Penal?

R: Que se olviden de casi todo lo que han estudiado en la Universidad porque, por desgracia, no les va a servir para su desarrollo profesional en este campo. Lo que se enseña es pura “doctrina”, el cómo deberían ser en teoría las cosas –y si fuera así, sería preciosa esta rama- pero la cruda realidad es que lo que impera es el criterio seguido por el Alto Tribunal que, a veces de forma acertada (otras no) ha roto todos los esquemas clásicos. Por ejemplo, cuando en un hecho típico (delito) no sé da el llamado “dolo eventual” (básicamente, actuar previendo como posible un resultado derivado tal acción pero no querer que suceda) ya no se aplica, de forma automática, la “culpa consciente” (que es parte de la categoría de la imprudencia, con mucha menos pena de prisión, cuando no atípica) sino una figura llamada “ignorancia deliberada” que se adentra en ese dolo eventual que, por cierto, tiene idéntica consecuencia penológica que un “dolo directo”, es decir: conocer y querer.

P: Usted es aún joven, pero ha llegado ya a un muy alto nivel. ¿Cuáles son los retos a futuro para Raúl Pardo-Geijo?

R: Seguir trabajando como lo hago pero en vez de 12 o 14 horas al día, alguna menos. Para eso es preciso una unificación de criterios jurisiprudenciales porque, entre los miles de supuestos fácticos habidos, cada día se sigue un criterio distinto -¡este mismo mes el Tribunal Supremo ha dado un giro enorme dos categorías de delitos!- y ello crea una enorme inseguridad jurídica no sólo al ciudadano o justiciable sino al propio letrado que, si no está absolutamente al día de todo lo que jurisprudencialmente acontece, puede cometer un error tan garrafal que termine arruinando el procedimiento de su cliente.

Sobre el autor
Hans A. Boeck

Editor y Director de Lawyerpress. Fundador del grupo Lawyerpress. Periodista con más de 30 años de experiencia en medios nacionales e internacionales. Idiomas: Español, alemán, inglés. Correo electónico: hab@lawyerpress.com y Twitter @LP_hans

2 Comentarios sobre este articulo. Comenta tu primero.

  1. Avatar
    Domingo 23 octubre, 2021 a las 11:01 - Reply

    Necesito ayuda urgente. Puedo entrar en prisión y ya es la tercera vez siendo inocente.. Y no lo voy a soportar.. Prefiero morir

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