El juzgado de La Bañeza anula la adquisición de acciones de Banco Popular provenientes del Banco Pastor

Publicado el jueves, 14 enero 2021

Banco Pastor

El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de La Bañeza ha dictado una sentencia estimando la nulidad por vicios en el consentimiento de acciones de Banco Popular suscritas el 11 de febrero de 2012, provenientes del Banco Pastor, 4 de diciembre de 2012 de la ampliación del 2.012 y el 20 de junio de 2016 de la ampliación de capital del 2.016, condenando al Banco Santander a devolver la cantidad de 8.156,80 €.

La juez entiende que en virtud de la prueba practicada ha quedado acreditado que:

“La información facilitada hizo confiar en la seguridad del valor comercializado y fue determinante de la adquisición; ya que, si bien es conocido que el valor de las acciones es variable y sometido a diversas circunstancias que condicionan la evolución de los mercados, también es una máxima de experiencia que dicha fluctuación depende en gran medida de la solvencia y posición económica del emisor, siendo éste uno de los aspectos que determinan la contratación de unos determinados valores y no de otros, así como que la variabilidad general de los valores de empresas consolidadas oscila en rangos muy inferiores al sufrido por los accionistas del Banco Popular en el supuesto litigioso, con anulación y pérdida total de la inversión.

Por otro lado, y teniendo en cuenta los hechos acaecidos con posterioridad a la ampliación de capital, considero que Banco Popular no sólo tenía un problema de liquidez, que es indudable que la retirada masiva de fondos le pudo originar, sino que tenía un grave problema de solvencia que dio lugar a su resolución y la simbólica venta del Banco por un euro. De haberse tratado solamente de una crisis de liquidez, no se justifica que los accionistas perdieran toda su inversión, ni que el Banco fuera adquirido por un euro y el adquirente tuviera que acordar una ampliación de capital de 7.000 millones para sanear los activos tóxicos de Banco Popular”

Para Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados: “Es una sentencia muy importante porque anula adquisiciones de acciones mediante canje de valores del Banco Pastor entendiendo que ya en aquella operación de fusión, Banco Popular no reflejaba su imagen fiel.

De igual modo, la juzgadora con buen criterio entiende que Banco Popular atesoraba un importante problema de solvencia, criterio que ya está siendo consolidado en cada fallo judicial y que Vallverdú Abogados sostiene desde 2.017.

Empezamos el año 2.021 con buen pie obteniendo una sentencia estimatoria importante en el caso Banco Popular.”


Vallverdú Abogados

Sobre el autor
Redacción

La redacción de Lawyerpress NOTICIAS la componen periodistas de reconocido prestigio y experiencia profesional. Encabezado por Hans A. Böck como Editor y codirigido por Núria Ribas. Nos puede contactar en redaccion@lawyerpress.com y seguirnos en Twitter en @newsjuridicas

Comenta el articulo