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Hasta 600.000 Euros de multa por cometer actos vandálicos en la calle

Los altercados en la vía pública son incidentes que se repiten a lo largo de los años por diversas motivaciones y objetivos, como llevar a cabo protestas. Si bien la mayoría de las personas que acuden a protestas o manifestaciones lo hace de manera completamente pacífica, en ocasiones, una minoría acude cometiendo actos vandálicos, como destrozar el mobiliario urbano o perpetrar daños y robos en tiendas.

Cada comunidad autónoma tiene competencia para dictar su normativa y sanciones por daños en las calles, pintadas, o destrozos, pero a nivel estatal existen asimismo una serie de sanciones según la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

¿Qué tipo de acciones pueden ser objeto de sanción administrativa por vandalismo?

Se consideran infracciones muy graves del Art. 35 de la Ley de Seguridad Ciudadana las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad o en sus inmediaciones, así como la intrusión en los recintos de éstas, incluido su sobrevuelo, cuando, en cualquiera de estos supuestos, se haya generado un riesgo para la vida o la integridad física de las personas.

Así mismo constituye también una infracción muy grave La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.

En ambos casos serán responsables los organizadores o promotores, pudiendo ser sancionadas estas conductas con multas de entre 30.000 euros y 600.000.

Infracciones graves por altercados o actos vandálicos

Por otro lado, son varias los actos que de manera habitual suelen darse en este tipo de altercados que están tipificados por el Artículo 36 de la mentada Ley como infracciones graves por la Ley de Seguridad Ciudadana, cuya comisión se sancionaría con multas de entre 601 hasta 30.000 euros, conductas tales como:

Infracciones leves por altercados o actos vandálicos

En el Artículo 37 de la Ley de Seguridad ciudadana, se recogen, por último, hechos que, aunque se consideran como infracción leve, pueden llevar aparejadas sanciones desde los 100 a los 600 euros. Así, dentro de estas posibles conductas sancionables, nos encontramos con que se sanciona como infracción leve: