Los equipos psicosociales a examen

Publicado el miércoles, 5 enero 2022

Jaime Sanz Fernández-Soto, Abogado especialista en familia., socio de Safe Abogados y asociado de AMAFI.

Jaime Sanz

Bajo el titulo los equipos psicosociales a examen, tuvo el pasado día 9 de diciembre  de 2021 la webinar organizada por la Asociación madrileña de abogados de familia (AMAFI) (www.somosamafi.es)  con la intervención del ex magistrado de familia y ahora abogado de familia Don Francisco Ruiz Jarabo y el Psicólogo forense Don Antonio Valbuena que fue moderado por la abogada de familia y socia Doña Maria Rosa Pérez-Villar.

En dicha ponencia, a la que tuve el honor de acudir, quedo muy claro algo que todos los abogados de familia sabemos, y es que lo que diga el equipo psicosocial es determinante a la hora de otorgar la custodia  de los hijos exclusiva o compartida, aunque el informe psicosocial no es vinculante, pues a ambos ponentes con una dilatada carrera profesional, pocos casos habían conocido en que alguno de los asuntos jurídicos en los que habían participado, hubiese dictado el juez una sentencia contradictoria a lo recomendado por el equipo psicosocial, aunque admitieron que pocas veces les habían aportado pruebas nuevas después de realizado el informe en un sentido u otro, que les pudiera hacer cambiar de opinión.

El compañero y ex magistrado de familia hablo sobre varias cosas que debemos tener en cuenta:

  • Ratificación del equipo psicosocial. Indicó que el informe psicosocial es una prueba y como tal ha de practicarse en el acto del juicio porque esta sometida al principio de contradicción y por ello hay que solicitar siempre la ratificación del equipo psicosocial.
  • Indicó la posibilidad de hacer preguntas después de haber hecho nuestro interrogatorio después del interrogatorio del ministerio fiscal en virtud del articulo 306.1 de la Ley de enjuiciamiento civil que dice “1.Una vez respondidas las preguntas formuladas por el abogado de quien solicitó la prueba, los abogados de las demás partes y el de aquella que declarare podrán, por este orden, formular al declarante nuevas preguntas que reputen conducentes para determinar los hechos. El tribunal deberá repeler las preguntas que sean impertinentes o inútiles.
  • Impugnación de un informe psicosocial. Señaló que depende de la fase procesal en la que nos encontremos se hará de una manera o de otra.
  • Sobre la posibilidad de llevar al juicio un psicólogo o trabajador social privado para realizar un careo con el equipo, indicó que un juzgado lo más probable seria que se negaría.

Por su parte el psicólogo Antonio Valbuena expuso una serie de realidades que afectan a su trabajo.

  • Regulación. Indicó que la comunidad de Madrid carece de regulación sobre el modus operandi en su trabajo.
  • Metodología para la elaborar el informe. Al no haber regulación, cada equipo sigue su propio método, pero en todos los casos la rigurosidad es la que preside siempre la elaboración.
  • Diferencias Madrid capital y provincia de Madrid. Indicó que los juzgados de familia de Madrid capital tienen asignados equipos fijos y los de la provincia son rotatorios.
  • Régimen de custodia aconsejado. Indicó como ellos no tienen la obligación de aconsejar un régimen de custodia u otro, pero lo hacen ya automáticamente, porque si no lo hacen el juzgado les indica que se pronuncien.
  • Información que cuenta para elaborar el informe. Toda la que consta en autos y si necesitan mas información del colegio, servicios sociales etc. la solicitan.
  • Integración en el instituto de medicina legal. En Madrid desde el mes de septiembre 2021 los equipos psicosociales están integrados.

Ambos coincidieron en mostrarse contrarios a grabar los informes psicosociales por varias razones:

  1. El progenitor que no obtenga lo que quiere, tomará represalias contra sus hijos de manera directa o indirecta.
  2. No ayuda a resolver el problema. En la entrevista, muchas veces se dan informaciones por ambos progenitores que no ayudan a resolver el problema.

Y para acabar se pusieron sobre la mesa nuevos términos jurídicos que están surgiendo como la custodia repartida o gatekeeping o filtro parental que utilizan los psicosociales en Cataluña, los cuales ninguno de los asistentes a excepción de quien realizo la pregunta habían escuchado, pero que seguro pronto escucharemos como en su día ocurrió con el plan de parentalidad.


Jaime Sanz. Es Abogado y Socio de Safe Abogados. Master en Asesoría jurídica de empresas por el instituto de empresa y MBA por el San Pablo Ceu. Licenciado en derecho por la universidad de Valladolid y autor de libro “ Soy Abogado, estoy solo y ahora que”. Además es socio de Amafi, Aeafa, habiendo cursado parte de sus estudios en Bari y Lecce( Italia).


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