La Comisión de Protección de los Derechos de los Animales y Lex Ànima solicitan al juzgado que suspenda cautelarmente el experimento del Parc Científic de la UB y Vivotecnia con 38 cachorros Beagle

Publicado el jueves, 17 febrero 2022

La Comisión de Protección de los Derechos de los Animales (CPDA) del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) junto con la Asociación Lex Ànima han presentado en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona una petición de medidas cautelares para la suspensión de la ejecución del contrato público entre la Fundación Parc Científic de Barcelona y la empresa Vivotecnia Reseach SL para un estudio de toxicidad con 38 cachorros de perros de la raza Beagle. La CPDA y la entidad animalista solicitan en el juzgado la adopción de “medidas cautelarísimas urgentes dada la gravedad y urgencia del asunto”, instando a la suspensión del experimento “hasta que se resuelva el procedimiento abierto en vía administrativa y el recurso contencioso que pueda interponerse”.

La CPDA y Lex Ànima alegan que el objeto del contrato es ilícito y adjuntan a la demanda un informe científico según el cual existen alternativas a la experimentación con animales para poder testar la toxicidad del nuevo fármaco, a la vez que recuerdan que el artículo 12 de la Ley 5/1995 de 21 de junio, de protección de los animales utilizados para experimentación, establece la prohibición de experimentar con animales si existe un método alternativo. Además, denuncian la vulneración de la normativa en la tramitación administrativa, como que previamente a la licitación no se ha convocado la Comisión de Experimentación Animal ni se ha emitido por parte de la misma el informe perceptivo que el Decreto 214 /1997 de 30 de julio impone, precisamente para valorar si existen métodos alternativos o si el protocolo del experimento cumple con la legalidad. Tampoco se ha emitido la correspondiente autorización previa a la licitación.

Contratar una empresa investigada por maltrato animal

El pasado mes de mayo de 2021 el portal web de la Generalitat de Catalunya publicaba un concurso público, con un presupuesto de 217.800 euros, para hacer ingerir por vía endovenosa y oral dosis de toxicidad repetidas a 38 cachorros de 8 meses de edad de la raza Beagle, durante 28 días, previendo que los animales puedan sufrir todo tipo de daños por intoxicación, hasta causar su muerte. Pero fue declarado desierto. Unos meses más tarde, en julio de 2021, volvió a publicarse un nuevo concurso, con un presupuesto modificado de 255.648,80 euros. Esta licitación se resolvió el pasado 12 de septiembre de 2021 con la contratación de la empresa Vivotecnia Research SL.

Desde la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales se recuerda que en abril del 2021 se hizo público un vídeo grabado en los laboratorios de Vivotecnia por una ex trabajadora, con imágenes de torturas infringidas de forma gratuita e intencionada a los animales de estos laboratorios, entre ellos perros de la raza Beagle. A raíz de estas imágenes, la empresa está siendo objeto de una investigación judicial por presunto maltrato animal, hechos que han creado una alarma social y el rechazo absoluto desde todos los sectores.

A consecuencia de la denuncia, se le retiró cautelarmente la licencia, pero dos meses después la Comunidad de Madrid levantó la suspensión y desde entonces la empresa opera con normalidad. Sin embargo, la vía administrativa que se inició de oficio ha derivado en una multa de 37.000 euros por maltrato animal a este laboratorio. Mientras, la investigación judicial por la vía penal continúa.

Para los abogados del ICAB y Lex Ànima la contratación de esta misma empresa -imputada por maltrato animal hace menos de un año, sancionada administrativamente, suspendida y repudiada por la Confederación de Sociedades Científicas de España- con el objetivo de volver a realizar experimentos con esta raza de perro, y ante el evidente interés público que ha generado la licitación, requiere que se actúe con mayor control del contrato y, por tanto, actuar de forma cautelar adoptando las medidas necesarias para proteger a los perros Beagle con los que se pretende experimentar hasta la muerte.

En este sentido, el escrito presentado por la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales y Lex Ànima pone de manifiesto una serie de graves irregularidades en el protocolo previsto en el contrato, como que Vivotecnia queda exenta de aplicar las Buenas Prácticas de Laboratorio en el experimento y otros requisitos formales de la licitación, entre los cuales:

Que la ‘Conselleria’ de Agricultura y Acción Climática de la Generalitat de Catalunya ha manifestado públicamente que no ha recibido ninguna solicitud para autorizar el experimento. Teniendo en cuenta que se trata de un proyecto experimental tipo II, se requiere obligatoriamente una autorización que es otorgada por la Dirección General de Política Ambiental del de la Generalitat de Catalunya, según el Decreto de la Generalitat de Catalunya 214/1997.

Que durante el proceso no se ha creado la Comisión de Experimentación Animal, una figura obligatoria según la Ley 5/1995, de 21 de junio, de protección de los animales utilizados para la experimentación y otros fines científicos. Y por tanto, falta el informe vinculante de esta Comisión que resulta obligatoria por el Decreto 214/1997 para asegurar, entre otras cuestiones, que en el experimento no es posible utilizar medios alternativos.

Teniendo en cuenta que la Fundación Parc Científic tiene como patronos principales  la Universitat de Barcelona, el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya, la falta de convocatoria de la Comisión de Experimentación Catalana adquiere una gravedad relevante por el evidente conflicto de intereses de la Administración autonómica en el doble papel de patrón del organismo que suscribe el contrato y como administración que debe realizar el control de la legalidad del mismo contrato. Partiendo de la base de que el ámbito territorial de la licitación es Catalunya, es un mandato imperativo -previamente a la licitación- aplicar los requisitos formales de la Ley Catalana 5/1995, de 21 de junio, de los animales utilizados para experimentar.

Los juristas también hacen referencia al espíritu de la nueva ley de protección de los animales del Estado español, que determina que son “seres sintientes” es decir, dotados de sensibilidad, “una consideración que debe presidir la interpretación de todo ordenamiento jurídico”, para añadir que “a la luz de este nuevo estatus jurídico y de las limitaciones que la ley impone respecto a los experimentos en animales y su reemplazo por medios alternativos, siempre y cuando sea posible, el control de la legalidad ha de ser especialmente garantista”, argumentan en el escrito presentado en el juzgado.

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