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La Abogacía Catalana reclama que la nueva Ley Concursal contemple asistencia letrada preceptiva, para evitar situaciones de indefensión

El Consell de l’Advocacia Catalana reclama que el proyecto de reforma de la Ley Concursal aprobado por el Gobierno español contemple asistencia letrada preceptiva en todos los concursos de acreedores. Esta medida no queda recogida en la nueva norma, que excluye la intervención del abogado en procedimientos para microempresas, circunstancia que puede provocar indefensión a pequeños empresarios que hayan incurrido en deudas que no pueden afrontar y se ven abocadas a un concurso de acreedores.

El presidente del Consell de l’Advocacia Catalana, Joan Ramon Puig, alerta de que “el pequeño empresario que se ve inmerso en un concurso de acreedores no puede asumir solo la complejidad de un proceso concursal, y si la ley no contempla la asistencia letrada preceptiva, puede encontrarse en una situación de indefensión”. El proyecto de reforma de la nueva Ley concursal no contempla la intervención de abogado en todos los concursos de acreedores, de modo que los colectivos más vulnerables, como autónomos o deudores sin recursos, no tendrían derecho a Justicia Gratuita. «Esta circunstancia pone en riesgo su derecho de defensa», ha advertido Puig.

Puig ha hecho estas declaraciones durante la presentación del webinar celebrado por el Consell de l’Advocacia Catalana que, bajo el título «La reestructuración empresarial en la reforma concursal: Nuevos retos profesionales» ha analizado el proyecto de reforma de Ley Concursal aprobado por el Govern el pasado 21 de diciembre, que tiene como objetivo la transposición de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia.

Abocar al deudor a la economía sumergida

Durante el webinar, moderado por la decana del Colegio de la Abogacía de Tortosa, Marta Martínez, también se ha puesto de manifiesto la necesidad de no excluir los créditos públicos en los procesos de Segunda Oportunidad, tal y como contempla el proyecto de la futura norma. La Abogacía Catalana considera que los deudores de buena fe insolventes o sobreendeudados deben poder disfrutar de la plena exoneración de sus deudas, incluidos los créditos públicos.

Para la abogacía institucional la exclusión de la deuda pública del sistema de exoneración previsto en el proyecto de Ley tiene un propósito sancionador que acabará perjudicando a la propia Administración Pública, ya que la imposibilidad de hacer frente al pago puede abocar al deudor en la economía sumergida.

También se cuestionan las previsiones retroactivas del régimen transitorio del proyecto, que afectan al deudor que haya iniciado el procedimiento antes de la entrada en vigor de la nueva ley, al tiempo que se advierte que la previsión del procedimiento especial para las microempresas no tiene en cuenta la definición establecida por la normativa europea por este tipo de entidades.

La Abogacía Catalana, a través de la Comisión de Normativa ICAB-Consell de l’Advocacia Catalana ha hecho llegar todas estas consideraciones en forma de enmiendas al gobierno español para que la reforma de la Ley Concursal se lleve a cabo salvaguardando los derechos de la ciudadanía, potenciando el mecanismo de la Segunda Oportunidad y adecuando la legislación española a la directiva europea.