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El REAF publica la edición 2022 de «Declaración de Renta y Patrimonio»

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) –órgano especializado en asesoramiento fiscal del Consejo General de Economistas de España– ha elaborado por trigésimo tercer año consecutivo el documento técnico titulado Declaración de Renta y Patrimonio en el que se analizan las novedades estatales y autonómicas de esta campaña de 2021, las novedades para 2022 y los criterios novedosos de doctrina y jurisprudencia que pueden tener que aplicarse. También han recopilado todas las normas especiales que se refieren a los mayores de 65 años o las personas que les tengan a cargo, y han hecho unos números sobre la deflactación de las tarifas y la indexación de algunos parámetros del Impuesto sobre la Renta.

Asimismo, en la presentación han desgranado una parte de las 90 Recomendaciones de cara a la presentación de las autoliquidaciones de Renta y Patrimonio, resaltando aspectos novedosos, cuestiones que no se pueden olvidar o posibilidades para pagar solo lo que corresponde y no más.

Según el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, “es razonable tener en cuenta la subida nominal de rentas y la inflación en un impuesto progresivo como el Impuesto sobre la Renta”. El presidente de los economistas considera, no obstante, que “la adaptación de nuestro IRPF –en lo que concierne a las tarifas y a otros parámetros– al nuevo escenario inflacionista es una decisión que ha de tomarse teniendo en cuenta que, tarde o temprano, habrá que embridar el déficit de las cuentas públicas, sobre todo cuando es previsible que la financiación de la deuda pública se vaya encareciendo por la política más estricta que anuncian los bancos centrales”.

Por su parte, Agustín Fernández, presidente del REAF, remarcó que “en una sociedad tan envejecida como la nuestra es inevitable tener en cuenta a los mayores a la hora de considerar las circunstancias personales y familiares de los contribuyentes del IRPF, que es un impuesto personal y subjetivo”.

Durante la comparecencia telemática se resaltaron las novedades de esta campaña, que consisten, entre otras, en que las tarifas, tanto la general como la del ahorro, han incrementado los marginales máximos a partir de 300.000 y 200.000 euros, en dos y tres puntos porcentuales, respectivamente.

Como secuelas de la Covid-19 en esta declaración se permite a los arrendadores que hayan consentido rebajar la renta a inquilinos empresarios, que desarrollen actividades económicas especialmente afectadas por la pandemia en el inmueble arrendado, deducir un extra de gastos. También se vuelve a rebajar, como en 2020, el plazo para deducir los saldos de dudoso cobro de los rendimientos del capital inmobiliario. Por último, entre las novedades normativas cabe destacar los nuevos límites aplicables a la reducción por aportaciones a sistemas de previsión social que, en general, pasa de un máximo absoluto de 8.000 a 2.000 euros, aunque la norma sea más generosa en caso de que se produzcan contribuciones empresariales al plan de empleo.

Respecto a los cálculos sobre deflactación de las tarifas y sobre la indexación de algunos parámetros utilizados para llegar a la cuota a ingresar, los economistas consideran que tiene más efecto económico lo segundo que lo primero, sobre todo porque la deflactación debería hacerse al tipo en que se incrementen las rentas, mientras que la indexación de parámetros como los mínimos personales y familiares o de los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo debería seguir el IPC.

De entre las 90 recomendaciones que hace el REAF para elaborar la declaración, se resaltan las siguientes: