¿Qué medidas pueden tomar las empresas y los colaboradores a puertas del Mundial 2022?

Publicado el lunes, 14 noviembre 2022

Dentons Perú

copa del mundo Qatar 2022

La copa del mundo Qatar 2022, la fiesta del fútbol más grande, está próxima a iniciarse (20 de noviembre), y aunque Perú no será parte del evento, muchos seguidores y amantes del deporte se preparan para disfrutar de los partidos de las selecciones participantes. Sin embargo, algunos horarios se cruzarán con las horas laborables, lo que puede generar ausentismo laboral o incluso distracciones que repercuten en el normal desarrollo de las labores. En ese escenario, las empresas deben estar preparadas para mitigar dichas situaciones.

Dentons Perú, desde su área laboral, brinda ciertas recomendaciones como medidas que los empleadores pueden tomar en cuenta y llevar a cabo dentro de su organización.

“Durante los mundiales hay mucho ausentismo en los centros de trabajo, y en todos los niveles, no solo aquí en Perú, eso se da en todo el mundo. Frente a esta situación, es importante que las empresas prevean aplicar ciertas estrategias y establecer acuerdos con sus empleados para reducir esas ausencias”, explica Jaime Zegarra, Asociado Senior de Dentons Perú.

Por ejemplo, implementar un sistema de bolsa de trabajo que permita garantizar y agilizar un sistema de compensación de horas de trabajo. Ello supone que en tanto las funciones del trabajador lo permitan, el empleador pueda dar licencias para que los trabajadores se ausenten temporalmente durante algunos de los partidos, con cargo a que posteriormente el empleador pueda determinar la oportunidad en la que se deberá compensar el tiempo de licencia. “El trabajador debería registrar una solicitud a través de correo electrónico, aplicativo o el medio que la empresa considere pertinente. De esa manera, el empleador tiene la data de la hora solicitada, el tiempo de permiso y con ello, el sustento para una posterior compensación”, explica el abogado.

Entonces, si las ausencias que la copa del mundo genere cuentan con un sistema de compensación, las partes tendrán claras las condiciones de dichas ausencias sin que genere perjuicio a ninguna de las partes. Sin embargo, si la empresa considera que no resulta posible otorgar ningún tipo de licencia con ocasión a dicho evento deportivo, y pese a ello, el trabajador se ausenta, la empresa podrá: i) Descontar la parte proporcional de la remuneración respecto a dicha ausencia; y, ii) Aplicar las medidas correctivas o sancionadoras que considere necesario.

Otra forma de evitar el ausentismo, es evaluar la posibilidad de que los partidos puedan ser vistos dentro de la empresa, ya sea implementando proyectores o televisores en zonas comunes, lo que permitiría que los trabajadores puedan participar de los partidos sin tener que abandonar temporalmente el centro de trabajo. Este tipo de medidas suelen ser muy valoradas por los trabajadores y tiene un impacto directo en el clima laboral, fidelizando a la fuerza productiva con la empresa.

Como se ve, el mencionado evento deportivo resulta ser una oportunidad que puede ser aprovechada por los empleadores y las organizaciones para la mejora del clima laboral.

“El promover espacios de integración para ver los partidos dentro de la misma empresa es una manera también de fidelizar al trabajador, quien se sentirá agradecido y valorado dentro de la organización”, asegura Zegarra.

A tener en cuenta

Dentro del marco legal, las ausencias injustificadas al centro de labores, suponen una infracción objetiva, y cuando son consecutivas y/o acumulativas, se convierten en causal de despido. Siendo discreción de la empresa cuáles serán las medidas correctivas que implementará en caso se incurra en dichas faltas laborales.

Si un colaborador no llega a trabajar por más de tres días consecutivos, se considera abandono de trabajo. Si tiene ausencias sin justificar por más de cinco días en un periodo de 30 días calendario o más de quince días en un período de 180, eventos que nuestra legislación considera como faltas graves; pueden ser sancionadas hasta con el despedido del trabajador infractor.

“Es sano para la relación laboral que los empleadores notifiquen oportunamente sobre las consecuencias de las inasistencias, las tardanzas y cualquier otro motivo que pueda ser causal de despido, y sobre todo, tener un registro por escrito y evidencias de lo pactado”, finaliza el especialista de Dentons Perú.

Sobre el autor
Redacción

La redacción de Lawyerpress NOTICIAS la componen periodistas de reconocido prestigio y experiencia profesional. Encabezado por Hans A. Böck como Editor y codirigido por Núria Ribas. Nos puede contactar en redaccion@lawyerpress.com y seguirnos en Twitter en @newsjuridicas

Comenta el articulo