Las vistas en el proceso de familia

Publicado el martes, 14 febrero 2023

Cristina Cabezas Givica. Articulista y Abogada de Familia y Socia de AMAFI.

El pasado 18 de octubre la Asociación Madrileña de Abogados de Familia e Infancia AMAFI  (www.somosamafi.es) organizó un interesantísimo seminario en materia de Familia en el salón de actos del Consejo de la Abogacía en el que intervinieron, entre otros, el prestigioso Don Ángel Luis Campos, una de las voces más autorizadas en materia de Familia, Magistrado de la sección de familia de la Audiencia Provincial de Madrid, colaborador de muchísimas publicaciones, para ilustrarnos sobre el desarrollo de las vistas, de una manera cercana y eminentemente práctica. Dicho acto fue moderado por Don Francisco Sánchez Grande, abogado especialista en Derecho Inmobiliario, Banca y socio de AMAFI.

Desde el ejercicio de la reflexión compartida, Don Ángel lanzó en su presentación muchos interrogantes a los asistentes presentes y online que invitaban a realizar un pensamiento crítico y constructivo, desde el análisis de lo que implica la vista para los abogados y cómo actúan en la misma, cómo podrían mejorar su quehacer y cómo evitar los errores más comunes que desde su experiencia y perspectiva observa en los letrados, ofreciendo para ello consejos y proponiendo además soluciones para resolver las dificultades con las que el abogado de familia se encuentra, que redundarían en suma, en una mejor justicia.

Cuestiones como:

¿Sala de vistas lugar de encuentro o debate?

El magistrado incidía en que se debe potenciar el diálogo y buscar soluciones alternativas al proceso. Según él, “todo es mejorable, pero para conseguirlo hay que colaborar, cambiar el chip, y hablar, pues no se habla ni la mitad de lo que se debería. Más del 70% de abogados se ven en la puerta antes de entrar a la vista”.

¿Son enemigos los jueces y letrados?, ¿Es el letrado contrario de su compañero?

Considera que es fundamental sentir que todos vamos en el mismo barco, jueces y letrados, remando en la misma dirección para alcanzar una buena Administración de Justicia. El letrado no es enemigo de su compañero, pero desde su práctica, el ponente sí relataba haber visto batallas a nivel personal, cuando “el pleito es de los clientes y no hay que personalizarlo”.

¿Es posible que una de las partes tenga el 100% de razón?, ¿Es suficiente tener razón?

No, no sólo se debe tener razón, hay que saber convencer al juez y colaborar todos los operadores jurídicos para que esa resolución judicial sea óptima y así conseguir que los ciudadanos que llegan al juzgado con un problema salgan sin él o al menos con medio problema, evitando la cronificación de los problemas.

¿Debe el juez examinar el caso a fondo antes de la vista o debe acudir a ciegas?

En numerosas ocasiones, consecuencia precisamente de ese estudio por parte del juez, es el intento de que las partes lleguen a un acuerdo (pues ya de antemano conoce sus pretensiones). Considera Don Ángel que esa tentativa de acuerdo no se debe grabar, pues si así fuera “podría ser usada”.

El juez no prejuzga, se debe buscar entre todos la verdad material no la formal para que ciertamente se solvente el conflicto y se haga justicia. No se trata de que un cliente u otro gane a toda costa, sino que se acabe definitivamente el problema.

¿Qué es necesario para que se desarrolle una buena vista?

Según él, “la base de una buena vista es una buena fase escrita”, es decir, con la lectura de los escritos de demanda y contestación, el juez debe poder obtener una visión clara de lo que se pide, de lo que quiere cada parte. Se debe facilitar la tarea del juez, presentar documentos legibles, conocer las cuestiones que no son debatidas por los tribunales, la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Por ejemplo, en materia de custodia compartida, retirada de la patria potestad (el requisito esencial es que la misma suponga un beneficio para el menor), etc.

El ponente puso además de relieve los pilares fundamentales de la vista:

  • Propuesta de acuerdo.
  • Reglas de cortesía, vestimenta y comportamiento. Es primordial dignificar el sitio en el que estamos.
  • El trato. El cliente debe dirigirse a los letrados de usted y al Juez y al Fiscal, de Señoría. Las formas sí son importantes.
  • Comunicación letrado-cliente. Si es necesario se puede solicitar un receso para hablar con el cliente.
  • Preparación de las cuestiones debatidas.
  • Conocer los hábitos o manías del juez.
  • No confundir alegaciones iniciales con conclusiones. Las primeras son para ratificarse, concretar mínimamente o hacer una pequeña aclaración, no una modificación en sí, no se pueden alterar las pretensiones. Las segundas, son un resumen de la prueba practicada sin que su duración pueda exceder de lo razonable, con lo que lo lógico, no es traerlas previamente escritas y leerlas en Sala, aunque sí se pueden usar unas notas.
  • Usar los mecanismos electrónicos en la vista (Tablet, ordenador) para facilitar responder más rápido a las preguntas o cuestiones que se planteen en la vista.
  • Recurrir o quejarse con firmeza, pero con respeto, así como realizar reposición y protesta si fuere oportuno de cara a hacerla valer en segunda instancia.
  • Saber leer entre líneas las advertencias o comentarios del Juez.
  • Las preguntas a los testigos deben ser abiertas y no contestadas por el letrado.
  • El letrado nunca debe interrumpir al juez.

¿Qué molesta a los letrados del Juez?

  • Falta de puntualidad. En este punto insta a que se actúe por parte del Colegio de Abogados.
  • Falta de atención. Para evitarlo es fundamental el tono que emplee el letrado en su exposición, la claridad de ideas, así como que el juez pueda escuchar nítidamente al letrado, haciendo éste un uso adecuado del micrófono habilitado al efecto.
  • No admitir fotocopias de documentos públicos. Sin embargo, el Magistrado recuerda que conforme establece el artículo 267 LEC cualquier documento público puede presentarse en fotocopia. Si el contrario lo impugna, deberá hacerse el cotejo con el original.

¿Qué es una exploración de menores?

Respecto de la exploración de menores, el ponente explicaba que su objeto es el derecho del menor a opinar sobre las medidas que se pueden adoptar en el juicio que le afecta, por tanto, se puede renunciar, no es imperativo oírlo si el menor no quiere ser oído.

Igualmente, el propio menor puede expresar su opinión a través de terceras personas, según la Ley orgánica de protección jurídica del menor.

Asimismo, recuerda a los asistentes que la exploración no es una prueba, no es un interrogatorio, sólo interviene el menor y el juez, en consecuencia, no debe estar tampoco el psicólogo (en dicho caso, se trataría a priori de una pericial).

Una vez fraguada la exploración hay que dar noticia a las partes, sin tratar por ello que sea literal, sólo se trata de dar traslado a aquéllas de su contenido para que puedan defenderse y eso, no vulnera ni la intimidad del menor ni el derecho de defensa de los padres.

En su práctica judicial, el magistrado refirió que antes de practicar la exploración del menor, “llama” a los progenitores y les ofrece a ambos conjuntamente una sala o despacho a solas para que conversen los dos con el hijo, pero no por separado como suele ser lo habitual que hagan padre/madre antes de que acuda el hijo en común a sede judicial, sino todos juntos, padres e hijo.

Según su experiencia, la mayoría de los padres aceptan esta propuesta de diálogo familiar y, mediante este mecanismo, en el 50% de los casos, se llega a acuerdo terminándose el pleito.

Vistas telemáticas

Respecto de esta tipología de vistas expuso su opinión, siendo crítico con el uso de las vistas telemáticas pues señala que: “Muchas veces no se escucha bien, no hay suficientes garantías en los interrogatorios, se admite menos prueba, son más rápidas, no hay formación, no hay programas fáciles, no hay equipos adecuados …”.

Como cierre -tras dar una visión global y buenos consejos a los letrados sobre la práctica y desarrollo de las vistas- Don Ángel ultima que éstas no son tan importantes, siendo más transcendental redactar una buena demanda y contestación con los documentos y pruebas adecuadas, así como la información concreta.

Entiende que optimizando los medios de los que se dispone se tendría un 25% de pleitos.

El ponente es firme defensor del uso de las alternativas al conflicto judicial. Según sus propias palabras: “Hay que fomentar que los padres dialoguen, no que se enfrenten”.

Finalizó su brillante exposición con una sabia máxima: “la mentira es un arma de destrucción masiva que el ignorante disfruta en difundir y el sabio en combatir”, todos debemos colaborar para que la verdad material salga a la luz.

Con ello, se clausuró la jornada, dando las gracias a AMAFI por la significativa labor formativa y de conocimiento que promueve acorde con los principios y fines de la asociación.

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