Lawyerpress NEWS

Lefebvre recopila las principales cuestiones a tener en cuenta para poder percibir la pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una prestación económica que pueden tramitar aquellas personas cuyo cónyuge (o pareja de hecho) haya fallecido. Esta ayuda se solicita a la Seguridad Social con el objetivo de evitar una desprotección del beneficiario tras la muerte de la persona, sobre todo, si esta generaba gran parte de los ingresos. Lefebvre, compañía proveedora de software y contenido jurídico líder en España información jurídica, ha recopilado los requisitos más importantes despejando las principales dudas para facilitar que el cónyuge o pareja de hecho pueda acceder a la pensión de viudedad. En primer lugar, es necesario que el causante cumpla los siguientes requisitos:

Si el fallecimiento es derivado de enfermedad común anterior al matrimonio, el cónyuge superviviente deberá acreditar uno de estas obligaciones:

Si no es posible acreditar estos requisitos, se puede acceder a una prestación temporal de viudedad (2 años), siempre que se reúna el resto de los exigidos.

Pareja de hecho. Cuando se trata de pareja de hecho, habrá que acreditar una convivencia estable e ininterrumpida durante el período de los cinco años anteriores al fallecimiento. Este requisito no será exigible si existen hijos comunes. Y, en cuanto a fallecimientos posteriores a 31 de diciembre de 2021, la inscripción de la pareja de hecho debe haberse realizado con una antelación mínima de 2 años con respecto a la fecha del fallecimiento del causante.

Separación o divorcio. Los divorcios o separaciones cuentan con diferentes condiciones:

  1. No haber contraído nuevas nupcias, ni ser constituida pareja de hecho.
  2. Ser acreedor de pensión compensatoria, fijada por haber producido desequilibrio económico y que dicha pensión se extinga por el fallecimiento del causante.
  3. Acreditar un período de convivencia matrimonial por un mínimo de dos años, a pesar de computarse a estos efectos tanto la convivencia acumulada como pareja de hecho no formalizada y como matrimonio según previsión legal que así lo autoriza.

Si la separación judicial o divorcio son anteriores al 1 de enero de 2008, la pensión no quedará condicionada a que la persona divorciada o separada judicialmente sea acreedora de pensión compensatoria siempre que:

Cuantía de la pensión de viudedad

De forma general, el 52% de la base reguladora pasa a ser el 70% cuando existan cargas familiares o ausencia de otros ingresos.

De forma excepcional, el 60% de la base reguladora a favor de los pensionistas con 65 años o más que no perciban otra pensión pública, ni ingresos por trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.

Viudedad Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)

Desde el 1 de enero de 2023, el importe de las pensiones SOVI ascienden a: