AEDAF pide a las administraciones que no hagan tributar a los contribuyentes afectados por la DANA por las ayudas recibidas

Publicado el jueves, 28 noviembre 2024

DANA

La Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, ha remitido sendas cartas al secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón y a la directora general de Tributos y Juego de la Comunidad Valenciana, Inmaculada Domínguez Calomarde, en relación con las medidas adoptadas por ambos organismos y publicadas en los respectivos Boletines Oficiales. En dichas misivas, Bernardo Bande, presidente de AEDAF, advierte de las posibles consecuencias fiscales derivadas de las medidas tomadas por las instituciones para ayudar a los contribuyentes afectados por la DANA en la Comunidad Valenciana y otros territorios.

Por un lado, Bande, en nombre de la Asociación que preside, insta a Gascón a garantizar que “las cantidades donadas por personas y entidades pertenecientes al sector privado lleguen de forma íntegra a sus destinatarios y no se vean mermadas por la posible tributación en los diferentes impuestos”.

Así, en su escrito, propone al secretario de Estado de Hacienda la adopción de las siguientes medidas:

  • Declarar exentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las ayudas económicas otorgadas por los empleadores a sus trabajadores para hacer frente a los daños sufridos por la DANA.
  • Exonerar de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas percibidas del sector privado que no estén sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y que tendría como consecuencia la tributación en el primero.
  • Exonerar de tributación en el Impuesto sobre Sociedades las ayudas percibidas del sector privado por personas jurídicas cuya actividad haya sido afectada por la DANA.

En palabras de Bande, “entendemos que las ayudas a los damnificados por una catástrofe de esta índole, en ningún caso ponen de manifiesto una capacidad económica susceptible de imposición, por lo que ningún sentido tendría que una parte de esas ayudas fueran finalmente percibidas por las Administraciones tributarias”.

Además, AEDAF propone también:

  • Ampliación de la exención en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de los bienes afectados durante dos años, 2024 y 2025.
  • Aprobación de un Plan Renove para la adquisición de vehículos nuevos y usados por titulares de vehículos declarados siniestro total por el Consorcio de Seguros. Mejora en la fiscalidad por la compra de vehículo a los titulares de vehículos declarados siniestro total por el Consorcio de Seguros, consistente en: Exención total en el Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte (Impuesto de Matriculación).
  • Exención total en el Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
  • Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades de las Ayudas del Plan Renove que se apruebe.
  • Aprobación de un Plan Renove para la adquisición de electrodomésticos con una fiscalidad reducida.

En el ámbito de la actividad empresarial, se sugieren las siguientes medidas:

  • Aprobar una deducción en base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades con un tratamiento similar al de la RIC para materializar inversiones en adquisición y reparación de inmovilizado, vinculada al mantenimiento de empleo.
  • Exención en el IBI para los inmuebles ubicados en zonas dañadas afectos a actividad económica extendiéndose también para el ejercicio 2025.

Por lo que se refiere a los tributos de carácter autonómico, el presidente de AEDAF, en su carta a la general directora general de Tributos y Juego de la Conselleria de Hacienda, solicita la bonificación del 75% tanto de la cuota gradual de AJD como de la cuota de TPO del ITPAJD por los actos o contratos relacionados con la adquisición de solares e inmuebles afectados por la DANA para su reconstrucción. Esta medida complementaría la ya aprobada por la Consellería de Hacienda, que bonifica el 100% de la cuota gradual de AJD y de la cuota de TPO del ITPAJD, exigible por actos o contratos relacionados con la adquisición de bienes inmuebles destinados a reemplazar a otros destruidos o gravemente dañados por el temporal.

Por último, AEDAF pide a ambos organismos la suspensión temporal de plazos y obligaciones tributarias para los contribuyentes de las zonas afectadas y que sea garantista con sus derechos. El presidente hace referencia a las dificultades para los desplazamientos, las conexiones telemáticas, el desabastecimiento de los suministros básicos, las posibles pérdidas de documentación y otros aspectos que puedan afectar al desarrollo de la actividad de los colaboradores sociales.

Según Bande, dicha medida debería permitir a los afectados y a los profesionales fiscales disponer del tiempo y los recursos necesarios para restablecer las condiciones que les permitan cumplir con sus deberes fiscales.

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