El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante ha dictado un auto que marca un punto de inflexión en la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad en materia de deuda pública. La resolución permite una reducción muy superior a la habitual en deudas con Hacienda, al no aplicar el límite de 10.000 euros que tradicionalmente se viene utilizando en estos procedimientos.
El caso corresponde a un particular que acumulaba una deuda de 60.000 euros con la Agencia Tributaria. Frente a una aplicación automática del límite legal, que habría supuesto una reducción muy limitada, el juzgado ha adoptado un criterio distinto que ha permitido cancelar un total de 32.500 euros, reduciendo la deuda a poco más de la mitad.
En la práctica, la resolución implica que el afectado solo tendrá que afrontar el pago de 27.500 euros, cuando en escenarios similares habría tenido que seguir pagando alrededor de 50.000 euros, una diferencia que resulta determinante para la viabilidad económica del deudor.
La Ley de la Segunda Oportunidad está diseñada para ofrecer una salida legal a personas que no pueden hacer frente a sus deudas de buena fe. No obstante, la deuda pública, especialmente la contraída con Hacienda o la Seguridad Social, ha sido tradicionalmente uno de los principales obstáculos para quienes se plantean acogerse a este mecanismo.
En este asunto, el procedimiento fue tramitado por el Bufete Sanz & Abogados, que planteó una estrategia orientada a lograr una reducción efectiva de la deuda pública, defendiendo una interpretación más acorde con la finalidad real del mecanismo. El planteamiento ha sido finalmente respaldado por el juzgado.
Desde el despacho señalan que este tipo de resoluciones ponen de manifiesto que la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser una herramienta útil incluso cuando la mayor parte de la deuda es pública, siempre que el caso se analice de forma individual y se plantee de forma adecuada.