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España alcanza un récord histórico con más de 775.000 testamentos autorizados en 2025

La cifra supera en más de un 20% los registros anteriores a la pandemia. El Consejo General del Notariado aprovecha estos datos para poner en marcha #NoEsComoCrees, una iniciativa divulgativa que comienza explicando los límites legales a la libertad de testar.

Marta Mulet

Los españoles otorgaron 775.162 testamentos durante 2025, la cifra más alta de toda la serie histórica, según los datos del Centro de Información Estadística del Notariado. El número supone además un incremento superior al 20% respecto a 2019, último año completo anterior a la pandemia.

Los datos confirman el peso que mantiene el testamento como instrumento jurídico para ordenar la sucesión y establecer el destino del patrimonio. Sin embargo, testar no significa necesariamente disponer con absoluta libertad de todos los bienes, ya que la capacidad de decisión está condicionada por la legislación civil aplicable en cada caso.

Una de las principales limitaciones es la legítima, es decir, la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares.

Precisamente esta cuestión ha sido elegida por el Consejo General del Notariado para inaugurar #NoEsComoCrees, una nueva iniciativa divulgativa con la que pretende aclarar dudas jurídicas frecuentes y combatir algunas creencias extendidas entre los ciudadanos sobre cuestiones relacionadas con la actividad notarial.

La legítima no funciona igual en toda España

En el Derecho civil común existen determinados familiares considerados legitimarios a los que la legislación reserva una parte de la herencia. La posibilidad de decidir quién recibirá el patrimonio depende, por tanto, tanto de las circunstancias personales como del Derecho civil aplicable.

«No siempre podemos dejar nuestra herencia a quien queramos. En el derecho civil común español y en varios derechos especiales o forales existe la legítima», explica Marta Mulet, notaria de Mallorca y portavoz de la primera entrega de #NoEsComoCrees.

También la desheredación está sometida a condiciones legales. No basta con expresar la voluntad de excluir a un legitimario de la herencia, sino que deben concurrir alguno de los supuestos expresamente contemplados por la ley.

«Solo en casos muy concretos y expresamente previstos por la ley se puede desheredar a un legitimario, incluso privarle de su legítima», señala Mulet.

La regulación tampoco es uniforme en todo el territorio. En comunidades y territorios con Derecho civil propio las reglas sucesorias pueden ser diferentes. La nota del Consejo General del Notariado señala específicamente los casos de Navarra y Tierra de Ayala, en Álava, donde existe una mayor libertad para disponer de los bienes mediante testamento.

#NoEsComoCrees contará con tres piezas audiovisuales destinadas a explicar de forma accesible diferentes cuestiones jurídicas y dudas habituales de los ciudadanos.

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España registró 775.162 testamentos en 2025, máximo histórico. El Notariado explica la legítima y los límites legales a la libertad de testar.