La sentencia, que ya es firme, reconoce los daños físicos, el tiempo de recuperación y las secuelas estéticas sufridas por la víctima. El despacho Oulego Abogados y Consultores, que ha representado a la afectada, destaca la responsabilidad del poseedor del animal prevista en el Código Civil.
El perro Black, que fue abandonado y busca hogar, es la imagen del I Congreso Derecho y Animales. Foto: Elena Rivière
El Tribunal de Instancia de Santiago de Compostela ha condenado al propietario de un perro y a su compañía aseguradora a indemnizar con 8.347,08 euros, más los intereses correspondientes, a una mujer que sufrió lesiones en el hombro y el brazo izquierdo como consecuencia de las mordeduras del animal.
La resolución, dictada en septiembre de 2026 y que ya es firme, reconoce el derecho de la afectada a recibir una compensación económica tanto por las lesiones físicas como por el periodo de recuperación y el perjuicio estético derivado del ataque.
La mujer ha estado representada en el procedimiento judicial por el despacho Oulego Abogados y Consultores, dirigido por el abogado José Ramón Oulego.
Las lesiones requirieron atención hospitalaria y cirugía plástica
Los hechos se remontan a 2023, cuando la mujer fue atacada por un perro en Santiago de Compostela. Las mordeduras le provocaron heridas en el hombro y el brazo izquierdo que hicieron necesaria la asistencia sanitaria y la intervención del servicio de Cirugía Plástica del Hospital Provincial de Santiago.
Además del tratamiento médico, las lesiones ocasionaron un proceso de recuperación y dejaron cicatrices que fueron consideradas indemnizables por el tribunal.
La sentencia contempla así distintos conceptos de responsabilidad civil derivados del ataque, incluyendo los daños personales y las consecuencias estéticas que permanecieron después de la recuperación.
La responsabilidad civil por los daños causados por animales
El caso pone de relieve la aplicación del artículo 1905 del Código Civil, que establece la responsabilidad del poseedor de un animal, o de quien se sirve de él, por los perjuicios que cause, incluso cuando el animal se escape o extravíe.
Esta responsabilidad solo cesa en los supuestos legalmente previstos, como la concurrencia de fuerza mayor o la culpa de la persona que haya sufrido el daño.
José Ramón Oulego, socio director de Oulego Abogados y Consultores, recuerda que las víctimas de ataques de animales pueden reclamar una compensación que no se limite a los gastos médicos inmediatos.
«Es importante que las personas que sufren este tipo de ataques sepan que pueden reclamar no solamente por las lesiones físicas, sino también por los días de recuperación, las secuelas y los perjuicios estéticos. Además, cuando existe cobertura aseguradora, pueden concurrir las obligaciones indemnizatorias de la compañía de seguros», explica el abogado.
La resolución del tribunal compostelano reconoce precisamente estos distintos conceptos indemnizatorios y establece la obligación del propietario del perro y de su aseguradora de abonar la cantidad fijada.
El fallo recuerda la importancia de la responsabilidad civil en los daños ocasionados por animales y de la posibilidad de reclamar judicialmente una indemnización por las consecuencias físicas y estéticas de este tipo de ataques.