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Serrano Alberca analiza el futuro de la Corona en su toma posesión como Académico Correspondiente en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
MADRID, 12 de JUNIO de 2013 - LAWYERPRESS
 

En un análisis certero como actual sobre el futuro de la Corona el pasado martes 11 de junio, el abogado y letrado de las Cortes Generales, José Manuel Serrano Alberca, impartió una conferencia titulada: “Orden de sucesión a la Corona; abdicación y renuncia” con motivo de su toma de posesión como Académico Correspondiente en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
Las cuestiones que el conferenciante abordó en su discurso resultaron de un gran interés y actualidad. Entre ellas las de la legitimidad y continuidad de la Corona, conceptos ambos que contribuyen decisivamente a que la Jefatura del Estado monárquica dé estabilidad al sistema político español, por encima de los avatares y de los intereses de los Partidos y las Comunidades que integran la nación española.
La idea central de esta conferencia es la de que no hay asunto más vital y consustancial con la monarquía que el principio hereditario en la sucesión del Trono. El reconocimiento en la Constitución de 1978 de D. Juan Carlos I de Borbón como legítimo heredero de la dinastía histórica, reconoce ese principio hereditario de legitimidad tradicional hacia el pasado y garantiza la continuidad de la institución monárquica hacia el futuro precisamente a través del régimen sucesorio y, todo ello, da estabilidad a nuestro régimen político por encima de los avatares de la política diaria.
De los temas que fueron tratados podemos señalar que el ponente prestó especial atención a :

Sucesión de la Corona de España
La Constitución de 1978 no determina expresamente quiénes son los sucesores de D. Juan Carlos I, como hacían todas las Constituciones del Siglo XIX. Habrá, por tanto, que partir de la dinastía histórica reconocida en la Constitución de 1876, que establecía un orden sucesorio de la Corona,
A lo largo de su exposición, José Manuel Serrano Alberca llegó a la conclusión de que el concepto de sucesores no es, en principio, idéntico al de descendientes. Tampoco se identifican los sucesores con la Familia Real o la familia del Rey y que, por aplicación de los principios provenientes de las normas de la dinastía histórica y del Código Civil, en el día de hoy el orden sucesorio estaría compuesto exclusivamente por los descendientes del Rey D. Juan Carlos I, es decir, por los hijos e hijas del Rey y por sus descendientes. Los demás parientes del Rey constituirían la estirpe de los Borbones, pero no son sucesores del Rey.

Abdicación y Renuncia
Sobre esta supuesta situación explicó que se trata de la decisión voluntaria, personal e irrevocable del Rey de dejar de serlo y, por tanto, de perder sus facultades y sus privilegios. Por el contrario, la renuncia no es un acto del Rey, sino de los sucesores que al ejercitarlo pierden los derechos a la sucesión del Trono.
Las Constituciones Españolas han establecido la exigencia de que la abdicación deba de ser autorizada por una ley, como consecuencia de la abdicación que se produjo por Carlos IV y Fernando VII a favor de Napoleón, sin el consentimiento de la nación. Por ello, la Constitución de 1978 remite la resolución de estas cuestiones a una ley orgánica.
La conferencia abordó además, la extinción de las “líneas llamadas en Derecho”, de la incapacidad e inhabilitación del Príncipe heredero, de la exclusión por matrimonio o exclusión por incapacidad o indignidad de los sucesores. De todas estas cuestiones planteó y resolvió dudas e indicó los vacíos legales que es preciso completar.
El problema, según José Manuel Serrano Alberca, estriba en determinar si cada una de estas cuestiones tienen que regularse por una ley orgánica específica o bastaría una ley orgánica general que determinara cuál es el procedimiento de resolución de las dudas y resolviera las cuestiones relativas a las abdicaciones y renuncias.
El conferenciante se inclinó por la teoría de que la solución estaría en una ley orgánica general que regulara todas estas cuestiones.
 


 
 

 

 


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