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Jornada en Valencia sobre el papel de los profesionales y el blanqueo de capitales
MADRID, 05 de MARZO de 2014 - LAWYERPRESS
 

Evento con participación de INBLAC, Instituto de Expertos en Prevención del Blanqueo de Capitales y FT

El Colegio de Economistas de Valencia organizó el pasado 25 de marzo en el Auditorio de Cajamar una jornada que bajo el título “Los profesionales frente al blanqueo de capitales”, analizó las novedades judiciales y legislativas que se han producido recientemente en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. La jornada contó con la participación activa de INBLAC, el Instituto de Expertos en Prevención del Blanqueo de Capitales y FT.

En una primera ponencia Gregorio Labatut, Profesor de la Universidad de Valencia y Presidente de Honor de INBLAC analizó el proyecto de Reglamento de la Ley 10/2010, que probablemente se aprobará el próximo mes de abril. El Reglamento gradúa las obligaciones de los sujetos obligados mediante un sistema de umbrales que los divide en dos grupos estableciendo el límite en diez personas ocupadas y los 2 millones de volumen de negocio o balance general anual. Insistió en el hecho que dichos umbrales no liberan a ninguno de los sujetos obligados de las obligaciones establecidas en la Ley 10/2010, si bien liberan a los Sujetos Obligados más pequeños de los estrictos requisitos formales que venían hasta ahora establecidos en la Normativa Antilavado.
Respecto a economistas y auditores los umbrales suponen un cambio importante habida cuenta la gran cantidad de profesionales que a causa de su menor tamaño se verán incorporados al nuevo grupo de sujetos obligados “pequeños”. Advirtió el profesor Labatut que la relajación de los requisitos formales no supone inexistencia de obligaciones, pasando a continuación a explicar los cuatro pilares de la diligencia debida (principalmente la política de KYC- conoce a tu cliente) y el deber de comunicación, insistiendo en la importancia de efectuar un análisis de riesgos adecuados que nos ayude a aplicar medidas sin por ello colapsar nuestros despachos profesionales.
Entre las novedades legislativas destacó la reciente introducción de las Personas con Responsabilidad Política nacionales como sujetos de medidas de prevención. Explicó las implicaciones que ello tendrá, al afectar también a los cónyuges, parientes y socios habituales de los PRP’s entre los que se incluyen regidores municipales de capitales de provincia y ciudades con más de 50.000 habitantes.
En una segunda ponencia Francisco Bonatti, abogado penalista y Secretario de INBLAC analizó la sentencia del Tribunal 974/2012 (Caso Ballena Blanca) y el reconocimiento que hace del fraude fiscal como delito antecedente del Blanqueo de Capitales. Una de las características diferenciadoras del delito de blanqueo de capitales es que el exige una perfecta identificación de los bienes que constituyen el objeto de blanqueo, que además deben provenir de una actividad delictiva.
La dificultad que plantea el fraude fiscal reside precisamente en el hecho que los bienes están en posesión del sujeto antes de cometer el delito. La Sentencia del Tribunal Supremo resuelve la cuestión mediante el reconocimiento de la cuota tributaria defraudada como objeto del delito de blanqueo. Sin embargo, Francisco Bonatti apuntó que existen supuestos en que ello no es posible, por ejemplo cuando el hecho cometido consiste en cobrar bienes o servicios sin IVA. En este caso tan siquiera tendríamos en nuestra posesión la cuota defraudada.
En el debate posterior se analizó el papel de los auditores de cuentas en la lucha contra la prevención del blanqueo, también se destacó la importancia del enfoque basado en el riesgo y el análisis especial de operaciones como instrumentos básicos para cumplir las obligaciones derivadas de la diligencia debida.
Uno de los temas de mayor interés se suscitó a raíz de la actual situación de la lucha contra el blanqueo, y las cada vez más frecuentes intervenciones policiales y judiciales en despachos profesionales. Francisco Bonatti expuso la necesidad de complementar los programas de prevención de blanqueo con programas adecuados de cumplimiento penal que eviten en todo caso los riesgos derivados de las acusaciones de delito imprudente de blanqueo o de “ignorancia deliberada”. Las directrices impuestas por la Comunidad Europea y su adaptación a nuestra normativa interna nos adentran en una nueva era del Derecho Penal Corporativo. Según palabras de Francisco Bonatti “ el Compliance ha venido para quedarse y nos guste o no deberemos adaptarnos a sus ventajas e inconvenientes”.
El éxito de la jornada organizada por el COEV, con más de 100 colegiados inscritos, hizo necesario trasladar el evento al Auditorio de Caja Rural-Cajamar ante la imposibilidad de acogerlo en las dependencias del Colegio.

 

 

 

 

 

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