En un informe
de
fiscalización
recomienda
dar
mayores
facilidades
de
acceso
a
financiación
en
el
futuro
a
las
Entidades
Locales
que
cumplan
con
sus
obligaciones
de
pago
y
sean
más
transparentes.
Autónomos
y
Pymes
entre
los
proveedores
más
perjudicados
por
la
demora
en
el
pago
de
las
facturas.
El Pleno
del
Tribunal
de
Cuentas
presidido
por
Ramón
Álvarez
de
Miranda
( en
la
foto)
ha
aprobado
hace
unos
días
su
“Informe
de
fiscalización
sobre
la
efectividad
de
las
medidas
que
contempla
el
Real
Decreto
Ley
8/2011,
para
el
cumplimiento
por
las
Entidades
Locales
de
sus
obligaciones
comerciales”.
Este
análisis
se
realiza
en
el
marco
de
la
evaluación
de
las
medidas
extraordinarias
adoptadas
por
el
Gobierno
contra
la
crisis
económica,
respondiendo
también
con
ella
a la
solicitud
que,
en
relación
con
esta
cuestión,
se
realizó
a
esta
Institución
desde
el
Parlamento.
Esta fiscalización
se
ha
llevado
a
cabo
con
un
triple
objetivo:
verificar
si
las
actuaciones
de
las
Entidades
Locales
para
concertar
el
endeudamiento
se
han
sometido
a la
normativa
aplicable;
analizar
los
impagos
por
dichas
entidades
de
los
vencimientos
de
los
préstamos
en
periodo
voluntario;
y,
por
último,
examinar
la
eficacia
de
esta
medida.
En
este
último
punto,
el
Tribunal
de
Cuentas
ha
valorado
el
grado
de
reducción
o de
eliminación
de
las
deudas
de
las
Entidades,
así
como
los
efectos
que
esta
medida
ha
tenido
sobre
la
estabilidad
presupuestaria.
En este sentido,
una
de
las
conclusiones
que
arroja
el
informe
del
Tribunal
de
Cuentas
es
que
esta
medida
no
ha
sido
suficiente
para
generar
la
liquidez
necesaria
a
los
proveedores
de
las
Entidades
Locales,
especialmente
en
los
autónomos
y
las
Pymes,
para
los
que
la
demora
en
el
cobro
generaba
mayores
dificultades.
El Real Decreto
Ley
autorizó
al
Instituto
de
Crédito
Oficial
(ICO)
a
poner
en
marcha
una
línea
financiera
a la
que
podían
acogerse
las
Entidades
Locales
que
tuvieran
obligaciones
de
pagos
con
empresas
y
autónomos
vencidas,
líquidas
y
exigibles,
con
motivo
de
suministros,
obras
o
servicios
entregados
antes
del
30
de
abril
de
2011.
Sin embargo,
como
apunta
el
Informe
en
otra
de
sus
conclusiones,
aun
cuando
esta
medida
contribuía
a
solucionar
ciertas
tensiones
de
tesorería
a
corto
plazo,
también
exigía
asumir
una
serie
de
compromisos
de
difícil
cumplimiento
en
el
medio
plazo,
lo
que
influyó
en
que
la
medida
tuviera
una
acogida
limitada.
Por
otra
parte,
las
condiciones
de
financiación
tampoco
fomentaron
la
acogida
de
las
Entidades
a la
medida.
Un número
relevante
de
las
Entidades
que
optaron
por
hacer
uso
de
esta
línea
de
financiación
la
dedicaron
a
pagos
a
entidades
financieras
endosatarias
de
los
derechos
de
cobro,
no
ofreciéndose
en
este
caso
directamente
a
los
proveedores
mayor
liquidez
como
consecuencia
de
la
cancelación
de
las
deudas.
Por
otra
parte,
al
no
precisarse
la
aprobación
de
un
plan
de
saneamiento
a
las
Entidades
que
se
acogieran
al
endeudamiento,
no
quedaron
éstas
sujetas
a
mecanismos
adicionales
que
les
obligaran
a
una
mayor
disciplina
presupuestaria
y
que
las
llevara
a
recuperar
el
equilibrio
financiero.
El
informe
del
Tribunal
de
Cuentas
pone
de
manifiesto
que
con
estas
medidas
se
han
reducido
muy
escasamente
los
índices
de
obligaciones
pendientes
de
pago
y no
se
ha
reequilibrado
la
situación
deficitaria
de
las
Entidades
Locales
en
su
conjunto.
Tras las conclusiones,
el
Tribunal
de
Cuentas
formula
una
serie
de
recomendaciones
que
se
dirigen
a:
fortalecer
la
sostenibilidad
financiera
y el
equilibrio
presupuestario
en
la
gestión
de
estas
Entidades;
a
mejorar
la
contabilización
de
sus
gastos
y
deudas
así
como
de
la
información
económica
que
ofrecen
sus
cuentas
generales,
y a
proponer
acciones
que
ayuden
a
potenciar
la
efectividad
de
futuras
medidas
que
puedan
ser
aprobadas
por
el
Gobierno
similares
a
las
contempladas
en
este
Real
Decreto
Ley.
Garantizar
contabilidad
financiera
de
los
gastos
Entre las
recomendaciones,
el
Tribunal
propone
que
las
Entidades
Locales
establezcan
procedimientos
que
garanticen
la
anotación
en
la
contabilidad
financiera
de
los
gastos
y
deudas
con
los
proveedores
íntegramente
desde
el
momento
en
que
se
realizan,
mejorándose
así
la
imagen
fiel
de
los
estados
financieros
y
asegurándose
la
fiabilidad
de
las
cuentas.
Asimismo, el
Tribunal
recomienda
que
se
den
mayores
facilidades
de
acceso
a
las
medidas
de
ayuda
a
aquellas
Entidades
Locales
que
aprueben
regularmente
sus
cuentas
generales
y
que
las
rindan
en
plazo
al
Tribunal
de
Cuentas
y a
los
Órganos
de
Control
Externo
de
las
Comunidades
Autónomas,
así
como
a
las
que
publiquen
los
datos
esenciales
de
su
gestión,
puesto
que
de
este
modo
se
contribuiría
a
fomentar
la
transparencia.
La Institución
propone
que,
en
las
medidas
extraordinarias
que
se
adopten
por
el
Gobierno
para
promover
el
pago
de
sus
obligaciones
por
las
Entidades,
se
fijen
condiciones
que
favorezcan
que
se
consiga
este
objetivo,
así
como
que
se
establezcan
penalizaciones
o
restricciones
a
imponer
a
aquellas
entidades
que
no
realicen
los
pagos
de
los
préstamos
a su
vencimiento,
con
lo
que
se
estimularía
el
pago
en
plazo
y se
disuadiría
el
incumplimiento.
El
contenido
de
este
informe
se
puede
consultar
en
www.tcu.es |