Juristas convocados
por
Economía
y
Justicia
ven
en
la
preconcursalidad
y
los
acuerdos
de
refinanciación
una
salida
a la
liquidación
de
las
empresas.
Jornada de
trabajo
donde
se
han
hermanado
el
Ministerio
de
Economía
y
Competitividad
de
Luis
de
Guindos
y el
de
Justicia
de
Rafael
Catalá
para
explicar
a
juristas,
medios
de
comunicación
y
expertos
en
derecho
concursal
el
devenir
de
nuestras
reformas
en
esta
materia,
clave
para
el
desarrollo
de
la
empresa
como
motor
de
nuestra
economía.
En
esta
oportunidad
se
trataba
de
conocer
mejor
la
evolución
de
la
reforma
preconcursal
establecida
en
el
Real
Decreto
Ley
4/2014,
de 7
de
marzo,
por
el
que
se
adoptan
medidas
urgentes
en
materia
de
refinanciación
y
reestructuración
de
deuda
empresarial
y la
más
inmediata
concursal
cristalizada
en
el
Real
Decreto
1172014
de 5
de
septiembre,
http://goo.gl/9UL1pu.
Todas
las
intervenciones
valoraron
la
buena
dirección
de
los
cambios
legislativos
propuestos
aunque
observaron
que
la
aplicación
práctica
no
será
sencilla.
En
la
clausura
de
esta
jornada,
el
propio
Ministro
Catalá
recordó
que
el
derecho
concursal
es
una
de
sus
prioridades
en
la
hoja
de
ruta
que
se
ha
propuesto
para
este
fin
de
legislatura.
Entre
esos
ajustes
que
serán
fruto
de
las
conversaciones
con
los
operadores
jurídicos
se
ha
sabido
que
cuestiones
como
A
que
los
acuerdos
de
refinanciación
como
los
acuerdos
extrajudiciales
de
pagos
superen
los
obstáculos
e
incertidumbres
que
padecen;
el
simplificar
y
agilizar
los
procedimientos
así
como
la
mejora
de
la
administración
concursal,
serán
algunos
de
los
ejes
de
ese
derecho
concursal
que
se
quiere
consolidar
desde
Justicia.
“No
es
lógico
que
tengamos
50.000
administradores
concursales
cuando
solo
una
décima
parte
se
encarga
de
estos
procedimientos”,
apuntó
el
propio
Ministro.
En pocas ocasiones
este
periodista
ha
tenido
la
oportunidad
de
acudir
a un
evento
que
coorganizan
dos
Ministerios.
En
esta
ocasión
es
evidente
que
la
magnitud
de
la
reforma
concursal
ha
hecho
que
Justicia
y
Economía
hayan
unido
sus
fuerzas
para
explicar
a
los
expertos
que
tendrán
que
aplicarla,
jueces,
abogados
y
administradores
concursales
cuáles
son
las
claves
de
la
misma.
Así
el
propio
Ministro
de
Economía
y
Competitividad,
Luis
de
Guindos,
explicaba
la
cronología
de
la
misma
y su
importancia
“queremos
que
las
empresas
viables
puedan
ayudar
a la
expansión
de
nuestra
economía”,
apuntó.
En
estos
momentos
la
mortandad
de
nuestras
empresas
que
se
acercan
al
concurso
alcanza
el
95
por
ciento,
muy
por
encima
de
países
como
Francia
o
Reino
Unido.
Por
su
parte,
Miguel
Temboury,
Subsecretario
de
Economía
y
alma
máter
de
estas
reformas
confesaba
que
“hemos
buscado
una
normativa
equilibrada
a la
vez
que
respetuosa
con
la
actividad
económica
desde
un
marco
jurídico
estable”.
Sin embargo,
algunas
de
las
intervenciones
de
los
asistentes
cuestionaron
parte
de
este
discurso
oficial.
Para
Angel
Rojo,
Vocal
de
la
Comisión
General
de
Codificación
y
Catedrático
de
Derecho
Mercantil
“las
reformas
no
son
de
un
Ministerio
sino
que
tienen
que
asumirlas
todo
el
Gobierno.
Que
en
diez
años
haya
habido
tantos
cambios
normativos
no
es
bueno
porque
menoscaba
el
corpus
de
jurisprudencia
que
se
pueda
ir
creando”,
comentó.
A su
juicio
la
técnica
legislativa
de
estos
Reales
Decretos
es
mejorable
y
avisa
que
el
llamado
derecho
libre,
abierto
a
muchas
interpretaciones
no
es
bueno
y
tiene
un
coste
económico
elevado
para
todos.
Cuestiones
como
la
ampliación
de
créditos
ordinarios;
la
composición
del
convenio
sin
la
flexibilidad
que
requiere
son
datos
que
destaca.
En
opinión
del
magistrado
de
lo
mercantil,
Santiago
Senén
era
bueno
ver
la
evolución
de
las
últimas
reformas
concursales
que
han
generado
muchos
cambios.
“Creo
que
estos
últimos
cambios
no
abordan
la
problemática
de
la
pequeña
y
mediana
empresa,
ahora
el
riesgo
que
existe
es
que
el
concursado
no
sepa
el
contenido
del
convenio
que
se
aprueba”,
apuntó.
Para este
juez,
habituado
a
los
concursos
mercantiles
todavía
el
proceso
concursal
es
muy
judicializado
“lo
que
genera
muchos
cuellos
de
botella
y
que
el
procedimiento
sea
muy
rígido.
En
otros
países
la
intervención
del
juez
se
limita
a
determinados
temas”
También
recordó
la
necesidad
de
dotar
de
medios
materiales
a
los
juzgados
para
que
los
juzgados
realmente
puedan
afrontar
los
concursos
con
garantías.
“ Es
muy
importante
que
en
estos
cambios
normativos
de
calado,
la
voz
de
los
jueces,
que
estamos
cerca
del
concurso,
se
nos
oiga
con
claridad”
recordó.
Apostar
por
la
preconcursalidad
Otro de los
expertos
que
acudió
a
esta
foro
es
Antonio
Fernández,
experto
en
reestructuraciones
de
Garrigues,
quien
comentó
que
cualquier
reforma
concursal
que
se
haga
oscila
entre
la
protección
de
los
deudores
y el
salvamento
de
la
empresa
con
problemas.
Valoró
de
forma
muy
notable
el
cambio
normativo
del
2009
para
señalar
la
importancia
del
RD
4/2014
de 7
de
marzo
que
“da
la
mayoría
de
edad
a la
preconcursalidad
y a
los
acuerdos
de
refinanciación,
elementos
a
los
que
debe
llegar
la
empresa
para
evitar
el
concurso
y
así
su
liquidación”,
señaló.
En
su
turno
de
palabra,
Francisco
Herrero,
uno
de
los
administradores
concursales
más
conocidos
del
sector,
recordó
el
escaso
papel
proactivo
del
administrador
concursal
en
el
proceso
del
concurso.
“El
85
por
cien
de
los
concursos
está
por
debajo
de
600.000
euros;
solo
un
10
por
cien
de
los
50.000
administradores
concursales
realmente
gestionan
concursos.
Solo
unos
650
han
llevado
cinco
concursos
en
ocho
años
mientras
que
lo
normal
es
haber
gestionado
un
concurso
habitualmente”,
destacó
cuando
dio
cifras
del
sector.
Desde
esta
perspectiva
pidió
un
mejor
aprovechamiento
de
la
figura
del
administrador
concursal
“es
fundamental
mayor
actividad
y
que
tenga
dotes
de
management
y de
gestión
de
personas”,
concluyó. |