MARKETING

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

DIRECTORIO

PORTADA

Noticias de Despachos

Operaciones

Vida Colegial Comunidad Legal Sistema Judicial Internacional
Arbitraje Mediación TIC Abogados Jóvenes Entrevistas Colaboraciones/Opinión Reportajes Agenda BLOGS LP emprende

DESPACHOS

 
La Audiencia provincial anula el swap colocado por el Santander a un anciano de 80 años
MADRID, 29 de OCTUBRE de 2014 - LAWYERPRESS
 

El swap estaba ligado a una hipoteca sobre una nave industrial. El Santander deberá devolver 41.719,35 euros cobrados ilegítimamente

Nuevo golpe judicial a nuestros bancos por un producto financiero complejo. En este caso ha sido la Audiencia Provincial de Barcelona que  ha confirmado la sentencia de primera instancia de los juzgados de Hospitalet del Llobregat por la que se declara nulo el swap colocado a un anciano de 80 años ligado a la hipoteca de una nave industrial. Ambos contratos fueron firmados el mismo día en “unidad de acto” sin que hubiera tiempo para conocer, estudiar y valorar las condiciones. “Una mala praxis desgraciadamente muy común” apunta Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha llevado a cabo la defensa.

La sentencia de primera instancia consideró probado que hubo vicio en el consentimiento por error no vencible y condena al Santander a devolver los 41.719,35 euros cobrados ilegítimamente. La Audiencia Provincial de Barcelona confirma el fallo considerando que la entidad no respetó el principio de buena fe contractual e incumplió la Ley de Mercado de Valores y la directiva 2004/39/CE.

Como en muchas ocasiones, el swap fue colocado como un seguro gratuíto frente a posibles alzas en los tipos de interés. El tema saltó cuando el afectado trató de amortizar anticipadamente la hipoteca para vender la nave libre de cargas. Entonces le informaron que la cancelación anticipada del swap ligado ascendía a 28.000€. “Ni le informaron de los riesgos ni por supuesto de los elevadísimos costes de una eventual cancelación anticipada”, señala Navas.

El fallo concluye que el afectado “firmó lo que ni sabía ni quería” habida cuenta de sus limitaciones físicas y culturales. El cliente era un comerciante acostumbrado al tráfico mercantil, pero no era conocedor de productos financieros “complejos atípicos y especulativo” como califica la sentencia a la swaps.”La permuta financiera es un contrato muy complejo sólo apto para clientes muy profesionales y muy conocedores del mundo financiero, no para clientes comunes por muy comerciantes que sean”, apunta Navas.

Además, el intento del Banco Santander de responsabilizar al hijo fue rechazado en el juicio puesto que quedó demostrado que el ni el hijo ni la esposa del hijo tenían relación mercantil con el cliente afectado. Por todo ello declara nulo el contrato de swap y condena al Santander a devolver los 41.719,35€ indebidamente cobrados. “Los swaps se están convirtiendo -como las preferentes- en un escándalo mayúsculo ante una mala praxis generalizada; afortunadamente en la mayoría de los casos, hay reproche judicial”, concluye Navas.

Acceso al texto de la sentencia

 

 

 

Suscribirse a nuestro Boletín semanal

Grupo Paradell

 

 

 

Nosotros  /  Contacto  / MARKETING  / COMUNICACIÓN  / INTERNET  / DIRECTORIO DE BUFETES  / 

copyright, 2014 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain -  Tel.: + 34 91 858 75 55  -  Fax: + 34 91 858 56 97   -   info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal