El
Consejo
Valenciano
de
Colegios
de
Abogados
(CVCA),
a
través
de
los
Decanos
de
los
colegios
de
abogados
de
la
Comunidad
Valenciana,
solicita
al
Ministerio
de
Interior
la
inmediata
aplicación
de
la
Directiva
2013/48
del
Parlamento
Europeo,
sobre
el
derecho
a la
asistencia
de
letrado
en
los
procesos
penales
y en
los
procedimientos
relativos
a la
orden
de
detención
europea.
La
Directiva
institucionaliza
en
toda
la
Unión
Europea
la
participación
del
abogado
desde
el
primer
momento
de
privación
de
libertad
y a
lo
largo
de
todo
el
proceso
y
garantizará
la
confidencialidad
de
sus
comunicaciones
con
las
personas
acusadas.
El
plazo
de
transposición
de
esta
Directiva
al
ordenamiento
jurídico
nacional
expirará
el
27
de
noviembre
de
2016.
Se
calcula
que
tras
su
entrada
en
vigor,
la
nueva
ley
se
aplicará
a
unos
ocho
millones
de
procesos
penales
al
año
en
los
Estados
miembros.
Según
explican
los
Decanos
de
los
8
colegios
de
abogados
de
la
Comunidad
Valenciana,
“el
Ministerio
de
Interior
debe
aplicar
ya
este
novedoso
texto
legislativo,
porque
supone
un
avance
para
las
garantías
en
la
Unión
Europea
y
para
que
el
derecho
de
asistencia
letrada
sea
reconocido
y
aplicado
por
igual,
en
todas
las
jurisdicciones
europeas”.
En
opinión
de
los
Decanos,
integrados
en
la
Comisión
Permanente
del
Consejo
Valenciano,
sería
necesaria
la
aplicación
inmediata
de
la
Directiva,
sin
esperar
a su
trasposición
al
ordenamiento
interno.
“Para
ello
bastaría
que
el
Ministerio
remitiera
la
oportuna
circular
a
los
Centros
de
Detención
y
Cuerpos
y
Fuerzas
de
Seguridad”.
Este
reciente
texto
legislativo
se
perfila
como
una
de
las
Directivas
de
la
Unión
Europea
más
relevante
hasta
el
momento,
respecto
al
Derecho
de
Defensa
de
los
ciudadanos
europeos
y de
sus
derechos
fundamentales.
Cabe
recordar
que
la
medida
se
aprobó
en
el
marco
de
la
Hoja
de
Ruta
sobre
garantías
procesales
del
Programa
Estocolmo
que
fija
las
prioridades
en
materia
de
Justicia
en
la
UE
para
el
periodo
2010-2014,
ya
en
su
recta
final.
Otro
antecedente
es
una
Directiva
anterior,
2012/13
cuyo
plazo
de
trasposición
ya
ha
vencido
(el
2 de
junio
de
2014)
y
que
avanza
el
contenido
de
la
actual,
ya
que
permite
la
posibilidad
de
aconsejar
al
detenido
sobre
su
derecho
a
permanecer
en
silencio.
En
el
Anexo
I
puede
leerse:
“Derecho
a
permanecer
en
silencio.
Cuando
le
interrogue
la
policía
u
otras
autoridades
competentes,
no
está
obligado
a
responder
a
preguntas
sobre
el
supuesto
delito.
Su
abogado
puede
ayudarle
a
decidir
sobre
esta
cuestión”.
Según
portavoces
del
CVCA,
“el
derecho
a la
asistencia
letrada
es
esencial
para
fomentar
la
confianza
en
el
espacio
único
de
justicia
de
la
Unión
Europea,
y el
derecho
de
defensa
de
toda
persona
a la
que
se
imputa
un
delito
es
generalmente
considerado
uno
de
los
elementos
básicos
de
un
juicio
justo”.
Y
añaden:
“Por
ello,
el
estado
español
debe
transponer
a
tiempo
la
directiva
europea
a su
legislación,
ya
que
es
de
obligado
cumplimiento”.
El Consejo
Valenciano
de
Colegios
de
Abogados
(1992)
–
que
agrupa
a
los
Colegios
de
Abogados
de
Alcoy,
Alicante,
Alzira,
Castellón,
Elche,
Orihuela,
Sueca
y
Valencia-,
es
el
órgano
representativo
y
coordinador
de
los
colegios
de
abogados
existentes
en
la
Comunidad
Valenciana.
La
entidad
representa
a la
abogacía
valenciana
en
cuestiones
de
ámbito
autonómico
y a
los
colegios
profesionales
ante
la
Generalitat
y
ante
la
administración
de
Justicia.
También
es
la
entidad
responsable
de
velar
por
el
cumplimiento
de
las
normas
deontológicas
y
éticas
y
defender
el
prestigio
de
la
profesión
de
abogado.
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